SERVICIOS DE TURISMO KALLFUTUR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de agosto de 2021
- Notario
- JORGE ELIAS TADRES HALES
- Domicilio
- Temuco
- Comuna
- Temuco de don Jorge Elías Tadres Hales
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha veintinueve de Julio de dos mil veintiuno, ante mí, don RAUL ENRIQUE LEIVA ROJAS, chileno, ingeniero comercial, casado y separado totalmente de bienes, domiciliado, para estos efectos, en la ciudad y comuna de Temuco, calle General Carrera número seiscientos cincuenta y uno, departamento quinientos once, cédula nacional de identidad número siete millones trescientos veintidós mil quinientos setenta y dos guion ocho; doña GINA ALEJANDRA LEIVA ROCHA, chilena, abogado, casada y separada totalmente de bienes, domiciliada, para estos efectos, en la ciudad y comuna de Pucón, kilometro siete, camino Villarrica Pucón, sin número y de paso por ésta, cédula nacional de identidad número dieciséis millones quinientos treinta y un mil quinientos ochenta y seis guion tres; doña GINA ELIZABETH ROCHA DURÁN, chilena, educadora de párvulos, casada y separada totalmente de bienes, domiciliada, para estos efectos, en la comuna de Temuco, calle Paula Jaraquemada número cero dos mil setecientos veinte, cédula nacional de identidad número nueve millones doscientos un mil seiscientos setenta y dos guion dos; y don FELIPE ANDRÉS LEIVA ROCHA, chileno, ingeniero civil, soltero, domiciliado, para estos efectos, en la ciudad y comuna de Temuco, calle Los Estudiantes número cero dos mil trescientos veinte, cédula nacional de identidad número quince millones quinientos cuarenta y nueve mil ochocientos treinta y cinco guion ocho, expusieron que: por escritura pública de fecha siete de noviembre del año dos mil trece otorgada en la Notaria de Temuco de don Jorge Elías Tadres Hales, anotada en su repertorio bajo el número siete mil novecientos ochenta y cuatro del año dos mil trece, don RAUL ENRIQUE LEIVA ROJAS, doña GINA ALEJANDRA LEIVA ROCHA y doña GINA ELIZABETH ROCHA DURÁN, todos ya individualizados, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada denominada "SERVICIOS DE TURISMO KALLFUTUR LIMITADA", siendo su nombre de fantasía el de "TURISMO KALLFUTUR LTDA.”, rol único tributario número setenta y seis millones trescientos once mil cuatrocientos ochenta y ocho guion cero, sociedad cuyo extracto fue inscrito a fojas dos mil quinientos veintisiete vuelta con el número mil novecientos cincuenta y uno en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil trece, y publicado en la edición del Diario oficial número cuarenta mil setecientos siete, de fecha quince de noviembre del año dos mil trece, con domicilio en la ciudad de Temuco, y bajo las condiciones y estipulaciones que en dicho pacto social se establecieron.- PRESENTE MODIFICACION: don RAUL ENRIQUE LEIVA ROJAS, con expreso consentimiento de los otros socios, vende, cede y transfiere el cien por ciento de su interés social, equivalentes al treinta y tres coma trescientos treinta tres por ciento de los derechos sociales a don FELIPE ANDRÉS LEIVA ROCHA, ya individualizado, quien los compra y adquiere para sí, en el precio de un millon doscientos cincuenta mil pesos, que se pagan al contado y en dinero en efectivo y que don RAUL ENRIQUE LEIVA ROJAS, declara recibir a su entera satisfacción. Para los efectos del capital social, éste no sufre modificaciones.- Que, de acuerdo a lo señalado precedentemente, conforman la sociedad como únicos socios doña GINA ALEJANDRA LEIVA ROCHA, correspondiéndole el treinta y tres coma trescientos treinta tres por ciento de los derechos sociales; doña GINA ELIZABETH ROCHA DURÁN, correspondiéndole el treinta y tres coma trescientos treinta tres por ciento de los derechos sociales; y don FELIPE ANDRÉS LEIVA ROCHA, correspondiéndole el treinta y tres coma trescientos treinta tres por ciento de los derechos sociales.- En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 17 de Agosto de 2021.-