CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Pestflash Beauty SpA

CVE 1997306
Fecha instrumento
12 de agosto de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
12 de agosto de 2021
Notario
GIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO
Oficio
Titular de la Décima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
Indefinida

Objeto social

cualesquiera de las actuaciones siguientes, tanto en Chile como en el exterior: a) La compraventa, distribución, importación, exportación, consignación y otras actuaciones relativas a las actividades de peluquería, depilación, maquillaje, tratamientos faciales y corporales, manicura, pedicura, tratamientos de dermatología, rayos uva, tratamientos médico estéticos, y todo lo a fin o derivado del rubro de la belleza b) el comercio al por mayor y al por menor de artículos de estética y belleza, como champo para cabello y pestañas, enjuagues para cabellos y pestañas, tintes, pigmentos de cejas, pegamento de pestañas y todo lo que resulte y)o sea derivado del rubro de estilista, peluquería y belleza, existentes y por existir.-c) la impartición de talleres, workshops y)o cursos referentes al rubro de la belleza y peluquería de manera remunerada d) La construcción, instalación, explotación, administración, manejo, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de comercio y almacenes; e) La exportación, importación, producción, compra, venta, transporte, embalaje, almacenamiento, distribución y comercialización de toda clase bienes corporales muebles; f) La exportación, importación, producción, compra, venta, transporte, embalaje, almacenamiento, distribución y comercialización de toda clase bienes corporales muebles; g) La ejecución de todo tipo de actos de comercio, tales como compraventa, exportación e importación de todo tipo de bienes, así como la ejecución de toda clase de gestiones, negocios y trámites de comercio exterior por cuenta propia o ajena; h) Hacer gestiones aduaneras, bancarias, de embarque, transporte y corretaje de todo tipo; i) todo lo relacionado, de cualquier manera, en la actualidad o en el futuro, con lo indicado en las letras anteriores y en general, la realización de todas las actividades relacionadas con los fines sociales; j) Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, que los socios acuerden. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otra u otras sociedades en las que participe o forme al efecto, en Chile o en el extranjero, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de s ocia gestora

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO, Abogado, Notario Público Suplente de la Titular de la Décima Notaría de Santiago, VALERIA RONCHERA FLORES, con oficio en calle Agustinas número mil doscientos treinta y cinco, segundo piso certifico: que por escritura pública de fecha 12/08/2021, ante mí, JESÚS ALBERTO DUQUE DUQUE, venezolano, empresario, soltero, cédula nacional de identidad para extranjeros número veintiseis millones cuatrocientos noventa y un mil doscientos cincuenta y siete mil guion uno, pasaporte de la República Bolivariana de Venezuela número uno cero cuatro seis ocho nueve ocho cinco siete; domiciliado para estos efectos en calle coronel souper 4060, estación central, Santiago, el compareciente mayor de edad, constituyó una Sociedad por Acciones. RAZÓN SOCIAL: “PESTFLASH Beauty SpA”, pudiendo actuar, inclusive ante los bancos, municipalidades y el Servicio de Impuestos Internos, con los nombres de fantasía “PESTFLASH Beauty SpA”. DOMICILIO: ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de establecer sucursales, agencias, representaciones o delegaciones, tanto en el país como en el extranjero. DURACIÓN: Indefinida. OBJETO: cualesquiera de las actuaciones siguientes, tanto en Chile como en el exterior: a) La compraventa, distribución, importación, exportación, consignación y otras actuaciones relativas a las actividades de peluquería, depilación, maquillaje, tratamientos faciales y corporales, manicura, pedicura, tratamientos de dermatología, rayos uva, tratamientos médico estéticos, y todo lo a fin o derivado del rubro de la belleza b) el comercio al por mayor y al por menor de artículos de estética y belleza, como champo para cabello y pestañas, enjuagues para cabellos y pestañas, tintes, pigmentos de cejas, pegamento de pestañas y todo lo que resulte y/o sea derivado del rubro de estilista, peluquería y belleza, existentes y por existir.-c) la impartición de talleres, workshops y/o cursos referentes al rubro de la belleza y peluquería de manera remunerada d) La construcción, instalación, explotación, administración, manejo, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de comercio y almacenes; e) La exportación, importación, producción, compra, venta, transporte, embalaje, almacenamiento, distribución y comercialización de toda clase bienes corporales muebles; f) La exportación, importación, producción, compra, venta, transporte, embalaje, almacenamiento, distribución y comercialización de toda clase bienes corporales muebles; g) La ejecución de todo tipo de actos de comercio, tales como compraventa, exportación e importación de todo tipo de bienes, así como la ejecución de toda clase de gestiones, negocios y trámites de comercio exterior por cuenta propia o ajena; h) Hacer gestiones aduaneras, bancarias, de embarque, transporte y corretaje de todo tipo; i) todo lo relacionado, de cualquier manera, en la actualidad o en el futuro, con lo indicado en las letras anteriores y en general, la realización de todas las actividades relacionadas con los fines sociales; j) Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, que los socios acuerden. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otra u otras sociedades en las que participe o forme al efecto, en Chile o en el extranjero, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de s ocia gestora. CAPITAL: El capital social de trescientos mil pesos, dividido en cien mil acciones ordinarias y nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, se suscribe y paga por el accionista fundador señor JESUS ALBERTO DUQUE DUQUE al valor inicial de un peso cada acción, según las reglas siguientes: a) El capital se suscribe íntegramente en este acto por el accionista fundador compareciente en este instrumento, tomando cien mil acciones; b) El capital se pagará a medida que las necesidades sociales lo requieran, en un plazo máximo de cinco años. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 13 de agosto de 2021.