M.G. CONSULTORES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de agosto de 2021
- Repertorio
- 8831-2021
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPAULINA CONSTANZA ESTAY CALZADILLA, abogado, Notario Suplente de la Titular de la Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1161, entrepiso, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 13 de agosto de 2021, Repertorio N° 8.831- 2021, otorgada ante Notario Titular MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, don MARCELO GEJMAN FRANK, cédula de identidad número 5.714.615-K; doña PAULINA MARÍA INÉS INFANTE ROGERS, cédula de identidad número 7.812.640-6; doña JAVIERA ELVIRA EMALDIA INFANTE, cédula de identidad número 16.136.240-9; y don MARTIN IGNACIO GEJMAN INFANTE, cédula de identidad número 20.430.638-9, todos domiciliados para estos efectos en Alcántara N°1371, Comuna de Las Condes, modificaron la sociedad “M.G. CONSULTORES LIMITADA”, inscrita a fojas 783 número 645 del Registro de Comercio de Santiago del año 2001, capital estatutario a esta fecha de $2.000.000 pesos (la “Sociedad”), en el siguiente sentido: (i) Don MARCELO GEJMAN FRANK vende, cede y transfiere a don MARTIN IGNACIO GEJMAN INFANTE el 5% de los derechos sociales en que se divide el capital de la Sociedad; (ii) Doña PAULINA MARÍA INÉS INFANTE ROGERS vende, cede y transfiere a don MARTIN IGNACIO GEJMAN INFANTE el 5% de los derechos sociales en que se divide el capital de la Sociedad. Quedan como únicos socios de la Sociedad, MARCELO GEJMAN FRANK, con el 44% de los derechos sociales; doña PAULINA MARÍA INÉS INFANTE ROGERS, con el 44% de los derechos sociales; doña JAVIERA ELVIRA EMALDIA INFANTE, con el 2% de los derechos sociales y don MARTIN IGNACIO GEJMAN INFANTE, con el 10% de los derechos sociales. En función de lo anterior, se modificó el artículo quinto de los estatutos sociales. El precio y su forma de pago constan en la escritura extractada. En lo no modificado se mantienen vigentes las demás estipulaciones del pacto social, en especial la limitación de responsabilidad de los socios al monto de sus respectivos aportes. Otras estipulaciones en escritura extractada. Se facultó al portador del presente extracto para su legalización. Santiago, 17 de agosto de 2021.