Inversiones Vidal Tagle Limitada
Instrumento
- Fecha
- 10 de agosto de 2021
- Notario
- Humberto Quezada Moreno
- Oficio
- 26° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHumberto Quezada Moreno, Abogado, Notario Público, Titular de la 26° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo 3196, comuna de Las Condes, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 10 de agosto de 2021, Rep. N°6.122, ante mí, don José Vidal García Huidobro, doña Verónica Del Carmen Vidal Tagle, doña María Virginia Vidal Tagle, don José Ignacio Vidal Tagle, y don Álvaro Andrés Vidal Tagle; todos con domicilio en Cruz del Sur 133, oficina 303, comuna de Las Condes, Santiago; constituyeron la sociedad de responsabilidad limitada denominada Inversiones Vidal Tagle Limitada, y cuyo objeto es a) la adquisición de bienes raíces, muebles, valores mobiliarios, participaciones sociales y cualesquiera otros bienes y la conservación y administración de los mismos, con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles; b) la prestación de toda clase de asesorías a empresas o personas, naturales o jurídicas, y la asistencia, asesoría e información gerencial, económica, administrativa, financiera o de cualquier otro tipo, y en general, la realización de cualesquiera otras actividades afines, conexas o complementarias con el giro; c) la explotación inmobiliaria de cualquiera clase de bienes raíces; y, d) la ejecución por cuenta propia o ajena de toda clase de obras de edificación, subdivisión de terrenos, urbanización y construcción en general, la ejecución de todo tipo de obras civiles, de montajes e instalaciones. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas o sociedades de cualquier tipo y objeto, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponden a don José Vidal García Huidobro actuando individualmente, o bien, a tres cualesquiera señores doña Verónica del Carmen, don José Ignacio, don Álvaro Andrés y doña María Virginia, todos apellidados Vidal Tagle. Esta designación no es esencial ni entraba el otorgamiento de mandatos o poderes generales o especiales a favor de uno o más de los socios o terceros. El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, totalmente enterado en dinero en efectivo, y que corresponde a los socios como sigue: a) a don José Vidal García Huidobro, la suma de $40.000; b) a doña Verónica del Carmen Vidal Tagle, la suma de $240.000; c) a don José Ignacio Vidal Tagle, la suma de $240.000; d) a don Álvaro Andrés Vidal Tagle, la suma de $240.000; y, e) a doña María Virginia Vidal Tagle, la suma de $240.000. La sociedad rige desde esta fecha y durará hasta el 31 de diciembre del año 2060, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que al menos 3 de sus socios manifiesten conjuntamente su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la matriz de la escritura pública de constitución de la sociedad con no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por ellos. Santiago, 18 de agosto de 2021. HQM. Not. Pub.