Instrumento
- Fecha
- 12 de agosto de 2021
- Notario
- GLADYS HERNÁNDEZ MANZANO
- Domicilio
- doña GLORIA DEL PILAR JACOME SEPULVEDA
Sociedad
- Capital
- $20.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago y comuna de Puente Alto, en la dirección calle Los Ingleses Oriente mil doscientos veintiséis
- Duración
- Indefinida
Objeto social
Desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: (a) Consultoría, Prestación de Servicios y Asesorías Profesionales a empresas, personas naturales o jurídicas, privadas o públicas, nacionales o extranjeras y (b) Capacitación y Formación de personas naturales o jurídicas, privadas o públicas, nacionales o extranjeras
Administración
Será administrada por un Directorio, sin perjuicio de las facultades que correspondan a la Junta de Accionistas, de tres directores titulares y tres suplentes, además de un Gerente General nominado en los Estatutos Sociales, con facultad de revocación por la Junta de Directores. El Directorio Provisorio quedó compuesto por los señores Carlos Andrés Mayr Garcés, Daniela Paz Allende Canto y Alberto Ignacio Allende Canto, como directores titulares, y los señores Camila Fernanda Salvo Torres, Francisca Ximena Wilkins de la Fuente y Carlos Andrés Toro Ascuy, como sus respectivos suplentes. El Gerente General nominado por los accionistas es Carlos Andrés Mayr Garcés, quien podrá actuar por la Sociedad según facultades que se señalan en escritura
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Carlos Andrés Mayr Garcés | socio | 15931251-8 | — | — | |
| Región Metropolitana y Daniela Paz Allende Canto | socio | 15791206-2 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGLADYS HERNÁNDEZ MANZANO, Notario Público Suplente de doña GLORIA DEL PILAR JACOME SEPULVEDA, Notario Público Titular de Puente Alto, con asiento en Pirque y oficio en camino el Llano N°10, locales 13 y 14 comuna de Pirque, CERTIFICO, que por escritura pública de fecha 12 de agosto de 2021, ante mí, comparecieron: Carlos Andrés Mayr Garcés, RUT 15.931.251-8, chileno, empresario, casado, domiciliado en Los Sauces Parcela Cinco Lote Tres, comuna de Pirque, Región Metropolitana y Daniela Paz Allende Canto, RUT 15.791.206-2, chilena, empresaria, casada, domiciliada en Los Sauces Parcela Cinco Lote Tres, comuna de Pirque, Región Metropolitana, constituyeron sociedad por acciones: Nombre: “Sociedad de Inversiones DANCAR SpA“. Domicilio: Ciudad de Santiago y comuna de Puente Alto, en la dirección calle Los Ingleses Oriente mil doscientos veintiséis. Objeto Social: Desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: (a) Consultoría, Prestación de Servicios y Asesorías Profesionales a empresas, personas naturales o jurídicas, privadas o públicas, nacionales o extranjeras y (b) Capacitación y Formación de personas naturales o jurídicas, privadas o públicas, nacionales o extranjeras. Capital: $20.000.000 (veinte millones de pesos), dividido y representado en cien acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, que ha quedado íntegramente suscrito y pagado en la fecha de constitución de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Duración: Indefinida. Administración: Será administrada por un Directorio, sin perjuicio de las facultades que correspondan a la Junta de Accionistas, de tres directores titulares y tres suplentes, además de un Gerente General nominado en los Estatutos Sociales, con facultad de revocación por la Junta de Directores. El Directorio Provisorio quedó compuesto por los señores Carlos Andrés Mayr Garcés, Daniela Paz Allende Canto y Alberto Ignacio Allende Canto, como directores titulares, y los señores Camila Fernanda Salvo Torres, Francisca Ximena Wilkins de la Fuente y Carlos Andrés Toro Ascuy, como sus respectivos suplentes. El Gerente General nominado por los accionistas es Carlos Andrés Mayr Garcés, quien podrá actuar por la Sociedad según facultades que se señalan en escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Pirque, 19 de agosto de 2021. REP 559/2021.-DOY FE.