CONSTRUCTORA G Y C LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 10 de octubre de 2013
- Notario
- IVAN TAMARGO BARROS
- Oficio
- 51. Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- La empresa tendrá como domicilio la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley N° 19.857
Objeto social
El objeto de la empresa será: El diseño, estudio, desarrollo y ejecución de todo tipo de obras y proyectos de ingeniería, arquitectura y construcción, pudiendo actuar como contratista o subcontratista; la comercialización, importación y exportación de todo tipo de materiales e implementos de construcciones y áridos, elaborar y ejecutar proyectos de loteo, urbanización, pavimentación, obras viales, sanitarias y eléctricas; prestación de servicios de asesorías, estudios y gestión en el área inmobiliaria, habitacional, en el campo de la arquitectura, de la ingeniería, del diseño, la construcción de obras de todo tipo; inspección técnica de obras y procesos industriales, y todo tipo de obras civiles; la instalación, mantención y reparación de obras eléctricas; la ejecución, preparación de terrenos, excavaciones, movimiento de tierra, construcción, demolición y derribo de edificios, viviendas y estructuras en general, en todo o parte y alquiler de equipos para tales fines, construcción e instalación de matrices, acondicionamientos de edificios, obras menores de construcción, contratista y subcontratista en construcción; compra, venta, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otras formas de explotación de loteo, subdivisiones, construcciones y urbanización de bienes raíces urbanos y rurales, alquiler de equipos y maquinarias de ingeniería civil, instalación de evacuación y tratamiento de rieles y aguas servidas y en general todo tipo de obras civiles y servicios relacionados con el giro de construcción; la elaboración, producción, instalación, mantención, reparación y comercialización de afiches, carteles, letreros, señaléticas de seguridad y publicitarias; la facilitación de personal, calificado o no para la realización de obras civiles, realizar transporte terrestre de mercaderías en general, fletes, acarreos, encomiendas y su distribución; mediante la explotación de vehículos propios o ajenos o de terceros, y; en general, celebrar todos los actos, contratos y desarrollar toda otra actividad y negocio que tenga relación directa en la actualidad o en el futuro con el
Administración
La administración, representación y uso del nombre de la empresa, corresponderá al titular ANDRES MATIAS GANDARA GODOY, quien actuando por la empresa y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades que constan en escritura que extracto
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVAN TAMARGO BARROS, Abogado, Notario Público, Titular 51. Notaría Santiago, Avenida Nueva Providencia N° 2635, Comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública de hoy ante mí; ANDRES MATIAS GÁNDARA GODOY, Chileno, Casado y Separado Totalmente de Bienes, Empresario, 40 años de edad, CNI y RUT N°13.910.551-6, domiciliado en ésta ciudad, calle San Camilo N° 862, Comuna de Maipú, Santiago, Región Metropolitana, y; ELIZABETH EVELYN GANDARA GODOY, Chilena, Divorciada, Contador, 45 años de edad, CNI y RUT N° 13.035.782-2, domiciliada en ésta ciudad, calle Alihuen Interior N° 147, Comuna de Maipú, Región Metropolitana, modifican sociedad de responsabilidad limitada “CONSTRUCTORA G Y C LIMITADA”, nombre de fantasía “G Y C LTDA.”, RUT N° 76.337.093-3, constituida por escritura pública de fecha 10-10-2013, ante mí, la que en extracto se inscribió a fjs. 79.750 N° 52.480 Registro Comercio CBR Santiago, año 2013, publicado D.O. Electrónico de la República de Chile de fecha 23-10-2013, en su Edición N° 40.689, cve: 700168, en la forma siguiente: CESION DE DERECHOS: Se retira de la sociedad ELIZABETH EVELYN GÁNDARA GODOY, quien con el consentimiento expreso de su consocio vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos sociales, equivalente a un 1% del total del haber social a ANDRES MATIAS GANDARA GODOY, quien compra, acepta y adquiere para sí, en la suma única y total de $100.000, que cesionario paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo a cedente, quien declara íntegra y totalmente pagado precio pactado y otorga cancelación respectiva. Hubo amplio finiquito y renuncia de acciones. Como consecuencia de cesión de derechos y retiro, queda como único y exclusivo dueño del total de los haberes, derechos, acciones e intereses y cualquier otro valor que le corresponda en la sociedad “CONSTRUCTORA G Y C LIMITADA”, ANDRES MATIAS GANDARA GODOY, derechos sociales equivalente al 100%, esto es $10.000.000. TRANSFORMACION: Por el presente acto e instrumento ANDRES MATIAS GANDARA GODOY, ya individualizado, en su calidad de único y exclusivo dueño del total de los derechos, haberes, activos y pasivos y cualquier otro valor que le corresponda en la sociedad “CONSTRUCTORA G Y C LIMITADA”, viene en transformarla en una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, la que se regirá por las estipulaciones de sus estatutos en virtud de la Ley N° 19.857 que a continuación extracto: NOMBRE: El nombre de la empresa será: “CONSTRUCTORA G Y C ANDRES MATIAS GANDARA GODOY EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, nombre de fantasía “CONSTRUCTORA G Y C E.I.R.L.”. DOMICILIO: La empresa tendrá como domicilio la ciudad de Santiago, sin perjuicio de poder abrir agencias o sucursales en otros lugares del país o en el extranjero. DURACIÓN: La duración de la empresa será indefinida. OBJETO: El objeto de la empresa será: El diseño, estudio, desarrollo y ejecución de todo tipo de obras y proyectos de ingeniería, arquitectura y construcción, pudiendo actuar como contratista o subcontratista; la comercialización, importación y exportación de todo tipo de materiales e implementos de construcciones y áridos, elaborar y ejecutar proyectos de loteo, urbanización, pavimentación, obras viales, sanitarias y eléctricas; prestación de servicios de asesorías, estudios y gestión en el área inmobiliaria, habitacional, en el campo de la arquitectura, de la ingeniería, del diseño, la construcción de obras de todo tipo; inspección técnica de obras y procesos industriales, y todo tipo de obras civiles; la instalación, mantención y reparación de obras eléctricas; la ejecución, preparación de terrenos, excavaciones, movimiento de tierra, construcción, demolición y derribo de edificios, viviendas y estructuras en general, en todo o parte y alquiler de equipos para tales fines, construcción e instalación de matrices, acondicionamientos de edificios, obras menores de construcción, contratista y subcontratista en construcción; compra, venta, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otras formas de explotación de loteo, subdivisiones, construcciones y urbanización de bienes raíces urbanos y rurales, alquiler de equipos y maquinarias de ingeniería civil, instalación de evacuación y tratamiento de rieles y aguas servidas y en general todo tipo de obras civiles y servicios relacionados con el giro de construcción; la elaboración, producción, instalación, mantención, reparación y comercialización de afiches, carteles, letreros, señaléticas de seguridad y publicitarias; la facilitación de personal, calificado o no para la realización de obras civiles, realizar transporte terrestre de mercaderías en general, fletes, acarreos, encomiendas y su distribución; mediante la explotación de vehículos propios o ajenos o de terceros, y; en general, celebrar todos los actos, contratos y desarrollar toda otra actividad y negocio que tenga relación directa en la actualidad o en el futuro con el objeto social. ADMINISTRACION: La administración, representación y uso del nombre de la empresa, corresponderá al titular ANDRES MATIAS GANDARA GODOY, quien actuando por la empresa y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades que constan en escritura que extracto. CAPITAL: El capital de la empresa es la suma de $10.000.000, que el titular, paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo que ingresan a la caja social, con el porcentaje de mantenía en los derechos y haber social de la sociedad de responsabilidad limitada que por este acto se transforma en empresa individual de responsabilidad limitada. La responsabilidad del constituyente queda limitada hasta la concurrencia del monto de su aporte. Demás estipulaciones escritura extractada. SANTIAGO, 09 de Julio de 2021.-