MODIFICACIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL ERWIN ALEXIS AHUMADA CESPEDES E.I.R.L.

RUT 76483582-4 CVE 1997303
Capital
$600.000 CLP
Fecha instrumento
1 de junio de 2015

Instrumento

Fecha
1 de junio de 2015
Notario
JUAN MIGUEL CORTES MICHEA
Domicilio
San Felipe

Sociedad

N. fantasía
"NACHA E.I.R.L.", celebrada con fecha 01 de Junio de 2015, otorgada en esta Notaría ante el Notario Titular don Alex Pérez de Tudela Vega, publicada en extracto en el Diario Oficial de fecha 05 de Junio de 2015, Edición Nº41.175.- El capital inicial de la sociedad de $600.000.- El extracto no se inscribió oportunamente dentro de plazo establecido en el Registro de Comercio competente, por lo que de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 19.499, procede en la escritura que se extracta, a sanear el mencionado vicio, para todos los efectos legales.- San Felipe, 09 de Agosto de 2021
Capital
$600.000 CLP
Ley aplicable
Ley 19.499

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Prov. de San Felipe socio 16089511-K

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN MIGUEL CORTES MICHEA, Notario Público de San Felipe, Suplente del Titular don Alex Pérez de Tudela Vega, con oficio en calle Prat 106, certifica: Por escritura de hoy, ante mí, ERWIN ALEXIS AHUMADA CESPEDES, chileno, soltero, comerciante, domiciliado en calle Raggio Nº26A, Comuna de Catemu, Prov. de San Felipe, CNI Nº16.089.511-K, de 34 años de edad, procede al saneamiento de la constitución de sociedad de responsabilidad limitada denominada "COMERCIAL ERWIN ALEXIS AHUMADA CESPEDES E.I.R.L.".- Nombre de Fantasía: "NACHA E.I.R.L.", celebrada con fecha 01 de Junio de 2015, otorgada en esta Notaría ante el Notario Titular don Alex Pérez de Tudela Vega, publicada en extracto en el Diario Oficial de fecha 05 de Junio de 2015, Edición Nº41.175.- El capital inicial de la sociedad de $600.000.- El extracto no se inscribió oportunamente dentro de plazo establecido en el Registro de Comercio competente, por lo que de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 19.499, procede en la escritura que se extracta, a sanear el mencionado vicio, para todos los efectos legales.- San Felipe, 09 de Agosto de 2021.-