MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Asesorías e Inversiones Rupanco Limitada

RUT 89762100-2 CVE 1997466
Capital
$963.547.485 CLP
Fecha instrumento
2 de agosto de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
2 de agosto de 2021
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$963.547.485 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36º Notaría de Santiago, La Concepción Nº 65, piso 2, comuna de Providencia, certifica que por escritura pública de fecha 2 de agosto de 2021, repertorio número 16.829/2021, otorgada ante mí, Jaime Andrés García Rioseco y Cristóbal Jaime García Vial, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Américo Vespucio Norte 2.900, oficina 902, comuna de Vitacura, Santiago; en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad de responsabilidad limitada ASESORÍAS E INVERSIONES RUPANCO LIMITADA, inscrita a fojas 17.089 número 9.405 del Registro de Comercio de Santiago del año 1983, en adelante la “Sociedad”, y Alejandra Isidora García Vial, Federico Andrés García Vial, Valentina Florencia García Vial y Constanza Elena García Vial, acordaron lo siguiente: Uno/ Cristóbal Jaime García Vial, vende, cede y transfiere a Alejandra Isidora García Vial, quien, compra, adquiere y acepta para sí, el 1,8435% del total del capital e interés de la Sociedad; Dos/ Cristóbal Jaime García Vial, vende, cede y transfiere a Federico Andrés García Vial, quien, compra, adquiere y acepta para sí, el 1,8435% del total del capital e interés de la Sociedad; Tres/ Cristóbal Jaime García Vial, vende, cede y transfiere a Valentina Florencia García Vial, quien, compra, adquiere y acepta para sí, el 1,8435% del total del capital e interés de la Sociedad; Cuatro/ Cristóbal Jaime García Vial, vende, cede y transfiere a Constanza Elena García Vial, quien, compra, adquiere y acepta para sí, el 1,8435% del total del capital e interés de la Sociedad. Con motivo de cesiones de derechos sociales, Cristóbal Jaime García Vial se retira de la Sociedad, y quedan como únicos y actuales socios de la Sociedad, los señores: Jaime Andrés García Rioseco, con el 92,6260% de los derechos sociales; Alejandra Isidora García Vial, con el 1,8435% de los derechos sociales; Federico Andrés García Vial, con el 1,8435% de los derechos sociales; Valentina Florencia García Vial, con el 1,8435% de los derechos sociales; y Constanza Elena García Vial, con el 1,8435% de los derechos sociales. Los señores Jaime Andrés García Rioseco, Alejandra Isidora García Vial, Federico Andrés García Vial, Valentina Florencia García Vial y Constanza Elena García Vial, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Américo Vespucio 2.900, oficina 902, comuna de Vitacura, Santiago, en su calidad de únicos y actuales socios de la Sociedad, acuerdan reemplazar el Artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de $963.547.485, que los socios han aportado y pagado en dinero en las siguientes proporciones: en i) don Jaime Andrés García Rioseco, con la suma de $892.498.196, equivalente a un 92,6260% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados en dinero con anterioridad a esta fecha; ii) doña Alejandra Isidora García Vial, con la suma de $17.762.322,25 equivalentes a un 1,8435% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados en dinero con anterioridad a esta fecha; iii) Don Federico Andrés García Vial, con la suma de $17.762.322,25 equivalentes a un 1,8435% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados en dinero con anterioridad a esta fecha; iv) Doña Valentina Florencia García Vial, con la suma de $17.762.322,25 equivalentes a un 1,8435% del capital y derechos sociales íntegramente pagados en dinero con anterioridad a esta fecha; v) Doña Constanza Elena García Vial, con la suma de $17.762.322,25 equivalentes a un 1,8435% del capital y derechos sociales”. En todo lo no modificado siguen vigentes los estatutos de la Sociedad, en especial la responsabilidad de los socios limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador de este extracto para legalización. Santiago, 16 de agosto de 2021.