SOCIEDAD MÉDICA TEJÍAS Y TEJÍAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de julio de 2021
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $200.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con domicilio en Huérfanos N°941, local 302, Pasaje Mate, comuna y ciudad de Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 28 de Julio de 2021, Rep.N°14476, ante mí, don RENÉ ANTONIO TEJÍAS RAMÍREZ; don FELIPE GUILLERMO TEJÍAS OLGUÍN; don RENÉ PABLO TEJÍAS OLGUÍN; y doña FRANCISCA ANTONIA TEJÍAS OLGUÍN, todos domiciliados en calle Las Perdices Nº 845, casa Y, comuna de La Reina, Región Metropolitana, modificaron Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada “SOCIEDAD MÉDICA TEJÍAS Y TEJÍAS LIMITADA”, constituida el 02/04/1998, ante Notario titular de Santiago don Hernán Felipe Cornejo Loyola, extracto inscrito a fojas 7.843, Nº 6.456, año 1998, Registro de Comercio CBR Santiago, capital social: 1.000.000.-, en el siguiente sentido: I) Cesión de derechos societarios: Se retira socio FELIPE GUILLERMO TEJÍAS OLGUÍN, dueño del 70% haber social, quien vende el 20% del haber social a don RENÉ ANTONIO TEJÍAS RAMÍREZ, quien lo compra, en la suma de $200.000.-, efectivo, este acto; vende el 25% del haber social a don RENÉ PABLO TEJÍAS OLGUÍN, quien lo compra, en la suma de $250.000.-, efectivo, este acto; y vende el 25% del haber social a doña FRANCISCA ANTONIA TEJÍAS OLGUÍN, quien lo compra, en la suma de $250.000.-, efectivo, este acto. Consecuencia cesión quedan como socios: RENÉ ANTONIO TEJÍAS RAMÍREZ, dueño 50% de los haberes y derechos sociales sobre el capital social de la sociedad; RENÉ PABLO TEJÍAS OLGUÍN, dueño 25% de los haberes y derechos sociales sobre el capital social de la sociedad; y FRANCISCA ANTONIA TEJÍAS OLGUÍN, dueño del 25% de los haberes y derechos sociales sobre el capital social de la sociedad; II) Modificación Clausula Segunda del pacto social, referida al objeto de la sociedad, quedando como sigue: “El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios profesionales de las diversas ramas o especialidades de la medicina, especialmente la neonatología y pediatría a través de la consulta medica, procedimientos o exámenes de diagnóstico y tratamientos terapéuticos, cirugía mayor y menor y la realización de cualquier otra actividad profesional derivada de la principal. b) Del mismo modo, la sociedad podrá prestar todo tipo de asesorías médicas y la realización de cualquier otro tipo de actividades relacionadas con los objetivos anteriores que los socios convengan al efecto, pudiendo incluso asociarse a otras sociedades o constituir nuevas; c) Inversiones de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, por cuenta propia o de terceros; adquirir activos, pasivos, patrimonios o partes de estos, acciones, valores, bonos y toda clase de bienes y especies valoradas o valorables; la administración y explotación de dichas inversiones y la percepción de sus frutos; d) La compra, venta y arriendo de bienes raíces propios o de terceros; y e) Cualquier otro negocio que acordaren los socios relacionado con sus profesiones y/o al giro de la sociedad.“; y III) Modificación Clausula Tercera referida a la razón social, reemplazándola al efecto por la siguiente: La razón social será “SOCIEDAD DE PRESTACIONES MÉDICAS E INVERSIONES TEJÍAS LIMITADA”. Demás estipulaciones, escritura extractada.- Santiago, 05 de Agosto de 2021.- Luis Ignacio Manquehual Mery. Notario Titular.-