Instrumento
- Fecha
- 12 de agosto de 2021
- Notario
- IVÁN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
- Domicilio
- - Su domicilio estatutario será en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero y
- Duración
- Indefinida
Objeto social
- El objeto de la sociedad será la prestación de asesorías profesionales de carácter económico, financiero, gerencial, administrativo, y en general, todas aquellas asesorías que se enmarquen en el ámbito de sus conocimientos profesionales, para personas jurídicas y naturales. v
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33º Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 979, Of. 501, comuna de Santiago, certifica que: por escritura pública extendida con fecha 12 de Agosto de 2021 ante mí, don AURELIO ALFONSO PIQUÉ LIRA, Cédula de Identidad Número 7.887.131-8, con domicilio para estos efectos en Las Hortensias N°2710, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, constituyó una Sociedad por Acciones, que se regirá por los siguientes estatutos: i. Razón Social: Por este acto se constituye una Sociedad por Acciones con el nombre de PANGUIPULLI SpA.- ii. Domicilio. - Su domicilio estatutario será en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero y sin perjuicio de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. iii. Duración. - La duración de la Sociedad será indefinida. iv. Objeto. - El objeto de la sociedad será la prestación de asesorías profesionales de carácter económico, financiero, gerencial, administrativo, y en general, todas aquellas asesorías que se enmarquen en el ámbito de sus conocimientos profesionales, para personas jurídicas y naturales. v. Capital Social. - El capital social asciende a la suma de $500.000.- dividido en 500 acciones, todas nominativas, de igual valor cada una de ellas, de una misma y única serie, y sin valor nominal, las que se suscriben y pagan en la forma establecida en el artículo primero transitorio de estos estatutos. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago de Chile, a 12 de Agosto de 2021.