Instrumento
- Fecha
- 16 de agosto de 2021
- Repertorio
- 60574-2021
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $100.000.000 CLP
- Domicilio
- La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por
Administración
La sociedad será administrada y representada por uno o más administradores designados mediante escritura pública por el o los accionistas titulares de, a lo menos, la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto. Los comparecientes, en su calidad de únicos accionistas, vienen en designar como administradores de la sociedad a don ANUAR ROBERTO KHALILIYEH KHAMIS y a doña MARIA FRANCISCA KHALILIYE YARUR, quienes actuando indistinta y separadamente contaran con todas las facultades establecidas en la cláusula decimosegunda de los estatutos sociales. Quien administre y use la razón social representará a la sociedad con las más amplias facultades. Responsabilidad de los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDoña Maria Soledad Lascar Merino, Abogado, Notario Titular de la 38° Notaria de Santiago, con oficio en calle Miraflores 178 piso 5, comuna de Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 16 de agosto de 2021, número de repertorio 60574-2021, ante mí, Don ANUAR ROBERTO KHALILIYEH KHAMIS, cédula nacional de identidad número 6.595.277-7; con domicilio en calle Cerro el Altar N°11.298, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, y doña MARIA FRANCISCA KHALILIYE YARUR, cédula nacional de identidad número 19.639.295-5; con domicilio en Cerro El Altar N°11.298, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, vienen en constituir una sociedad por acciones bajo la razón social, “MONARCA SpA.”. Capital. El capital social es la suma de $100.000.000, dividido en cien mil acciones nominativas de una misma y única serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito, el cual deberá pagarse en un plazo no superior a cinco años. Administración. La sociedad será administrada y representada por uno o más administradores designados mediante escritura pública por el o los accionistas titulares de, a lo menos, la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto. Los comparecientes, en su calidad de únicos accionistas, vienen en designar como administradores de la sociedad a don ANUAR ROBERTO KHALILIYEH KHAMIS y a doña MARIA FRANCISCA KHALILIYE YARUR, quienes actuando indistinta y separadamente contaran con todas las facultades establecidas en la cláusula decimosegunda de los estatutos sociales. Quien administre y use la razón social representará a la sociedad con las más amplias facultades. Responsabilidad de los accionistas. Responsabilidad personal de los socios limitase a respectivos aportes. Objeto. La sociedad tendrá por objeto: A) La inversión, en Chile o en el extranjero, en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, debentures, títulos, efectos de comercio y cualesquiera otros valores o documentos mercantiles, sean ellos de oferta pública o privada, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, limitadas o colectivas, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; B) el desarrollo, en Chile o en el extranjero, de proyectos de inversión en sus formas más amplias, en especial en adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, rústicos o urbanos, construir en ellos, arrendarlos o en general, explotarlos a cualquier título, todo ello por cuenta propia o de terceros; C) La inversión sobre toda clase de bienes inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo la formación y la participación en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo y objeto, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas y realizar todo otro tipo de negocios y/o actividades de carácter civil permitidas por la legislación chilena, sean o no complementarios entre sí, que los socios puedan acordar. D) La prestación de servicios de corredor de propiedades, consistentes en la mediación remunerada entre contratantes para facilitar la conclusión de operaciones sobre inmuebles, establecimientos comerciales o industriales, tales como compraventa, permuta, arriendos y tasaciones, pudiendo administrar inmuebles ajenos y en general ejecutar cualquier acto o contrato vinculado directa o indirectamente al corretaje de bienes raíces; E) Prestación de todo tipo de asesorías inmobiliarias, ya sean comerciales, financieras o jurídicas, que permitan facilitar la celebración de contratos y acuerdos comerciales, la evaluación y desarrollo de proyectos inmobiliarios, estudios de títulos, revisión y confección de contratos y todo tipo de gestiones ligadas directa o indirectamente al corretaje de propiedades y a la gestión inmobiliaria; F) Administrar las inversiones, proyectos y actividades anteriores y percibir sus frutos o rentas. G) La compra y venta, al por mayor o por menor, distribución, adquisición, enajenación, exportación, importación, comercialización, permuta, confección y fabricación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes muebles. H) En general, realizar toda actividad o negocios relacionados con las anteriores y que fijen los socios de común acuerdo. La sociedad podrá desarrollar estas actividades directamente, o por medio de otra u otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto, en las que podrá incluso tener la calidad de socia gestora, pudiendo siempre intervenir por cuenta propia o ajena. Duración. La sociedad comenzará a regir con esta fecha y tendrá una duración indefinida. Domicilio. La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Santiago, Región Metropolitana. Otras estipulaciones escritura extractada. Santiago, 17 de Agosto de 2021.