CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

VINOS OSORIO Y MARIN LIMITADA

CVE 1995690
Capital
$20.000.000 CLP
Fecha instrumento
12 de agosto de 2021

Instrumento

Fecha
12 de agosto de 2021
Notario
GASTÓN ARIEL SANTIBÁÑEZ TORRES
Domicilio
y Conservador de Minas Titular de Talcahuano

Sociedad

Capital
$20.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GASTÓN ARIEL SANTIBÁÑEZ TORRES, Notario Público y Conservador de Minas Titular de Talcahuano, con oficio en Avenida Jorge Alessandri N° 3177, Local G 103, Boulevard Mall Plaza del Trébol, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 12 de Agosto de 2021, ante mí; GONZALO RODRIGO OSORIO JARA domiciliado en calle Ramón Carrasco, número 239, casa número 240, Concepción, y CRISTIAN ALEJANDRO MARIN MONTERO, domiciliado en Parcela 8, Fundo la Esmeralda, Quillón, vienen en constituir una sociedad de responsabilidad limitada la cual se denominará “VINOS OSORIO Y MARIN LIMITADA” cuyo estatutos extractos: 1) LA DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL será “VINOS OSORIO Y MARIN LIMITADA” pudiendo usar ante toda persona natural, jurídica, privada, fiscal, semifiscal, autónoma, impuestos internos y tesorería, pudiendo abreviar en ambos casos la palabra Limitada por Ltda.- 2) DOMICILIO de la sociedad será CONCEPCIÓN.- 3) EL OBJETO SOCIAL SERÁ: la importación, exportación, construcción, arrendamiento, administración de industrias, vitivinícolas; la producción, compraventa, exportación, importación, mejoramiento, representación, intermediación de cepas, uvas, vinos, licores, alcoholes y otros relacionados con éstos; el almacenamiento y envase de los licores; todo lo que, en la actualidad o en el futuro, de cualquiera manera, tenga que ver con la agricultura y la industria del vino y sus derivados, y cualquier otro negocio que acordaren los socios.- 4) EL CAPITAL SOCIAL es la suma de $20.000.000, los que son aportados por los socios de la siguiente forma, a) GONZALO RODRIGO OSORIO JARA, aporta la suma de $10.000.000, equivalente al 50% del total del capital, que se entera y paga en este acto, en dinero efectivo, ya ingresado a la caja social.- b) CRISTIAN ALEJANDRO MARIN MONTERO, aporta la suma de $10.000.000, equivalente al 50% del total del capital, que se entera y paga en este acto, en dinero efectivo, ya ingresado a la caja social..- 5) La sociedad rige a contar de la fecha de esta escritura y durará 10 años, período que será prorrogable tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término, mediante declaración que haga en escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con una anticipación de a lo menos 6 meses antes del respectivo vencimiento o de sus prórrogas 6) La administración y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a los socios, don GONZALO RODRIGO OSORIO JARA y don CRISTIAN ALEJANDRO MARIN MONTERO, salvo las limitaciones indicadas en el numeral treinta y cinco.- Se faculto para inscribir.- Demás disposiciones en escritura extractada.- Talcahuano, 17 de Agosto de 2021.-