MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS GENERALES, INDUSTRIALES Y DE TRANSPORTES ARAMIS LIMITADA

RUT 77479920-6 CVE 1996161
Capital
$50.000.000 CLP
Fecha instrumento
12 de agosto de 2021

Instrumento

Fecha
12 de agosto de 2021
Notario
LIDIA MARIA CHAHUAN ISSA
Domicilio
las comunas de La Calera

Sociedad

Capital
$50.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LIDIA MARIA CHAHUAN ISSA, Abogado Notario Público Titular de las comuna de La Calera, Nogales e Hijuelas, certifica, por escritura pública de fecha 12 de agosto de 2021, repertorio numero 2.284-2021, ante mi suplente don Bryan Argandoña Montiel, doña SOFÍA XIMENA OSORIO REYES, cédula de identidad número 17.322.428-1, domiciliada en Edmundo Eluchans 2145, Viña del Mar, en representación según se acreditará de doña MARIA ISABEL ALICIA VARGAS ARCOS, domicilio avenida Santa Cruz número doscientos noventa y uno, casa treinta y seis, La Cruz, región de Valparaíso, y, doña VERÓNICA GRACIELA VARGAS ARCOS, domiciliada en calle Lautaro número novecientos cuarenta y cinco, La Calera, región de Valparaíso, y, doña LORETO VICTORIA VARGAS ARCOS, domiciliada en Santa Rosa número trescientos diecisiete, sector Huertos Obreros, La Calera, región de Valparaíso, y, doña VICTORIA ELIZABETH ARCOS OLIVARES, domiciliada en calle Santa Rosa trescientos veintitrés b, sector Huertos Obreros, La Calera, región de Valparaíso; rectificó y complementó la escritura pública de Cesión de derechos y Modificación de la sociedad sobre las materias: CAPITAL, DOMICILIO Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL, ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN LEGAL, RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS, de la sociedad SERVICIOS GENERALES, INDUSTRIALES Y DE TRANSPORTES ARAMIS LIMITADA, nombre de fantasía ARAMIS LTDS., celebrada con fecha 27 de julio de 2021, repertorio número 2.087, otorgada ante mí, LIDIA MARIA CHAHUAN ISSA, Abogado, Notario Público, de las comunas de La Calera, Nogales e Hijuelas, con domicilio en calle Diego Lillo número trescientos treinta y uno, de esta ciudad, el extracto de la escritura fue publicada en el diario oficial con fecha 05 de agosto de 2021 con el CVE número 1988777 y aún no ha sido inscrita en el Registro de Comercio de La Calera correspondiente. La escritura de rectificación, sanea y complementa la escritura primitiva y su extracto, modificando sus cláusulas primera y cuarta. El acto que se sanea, dice relación con una modificación de la Cláusula Primera y Cuarta Letra a), quedando en definitiva rectificada y complementada de la siguiente forma: “PRIMERO: Antecedentes. Las comparecientes, doña MARIA ISABEL ALICIA VARGAS ARCOS, doña VERÓNICA GRACIELA VARGAS ARCOS, doña VICTORIA ELIZABETH ARCOS OLIVARES y doña LORETO VICTORIA VARGAS ARCOS, son dueñas del total de los derechos sociales que conforman a la sociedad “SERVICIOS GENERALES, INDUSTRIALES Y DE TRANSPORTES ARAMIS LIMITADA”. Adquirieron el noventa y cinco por ciento de los derechos de la sociedad por sucesión por causa de muerte de la herencia intestada quedada al fallecimiento de don JUAN CORNELIO VARGAS RIVERA, según consta en la resolución administrativa de posesión efectiva número de inscripción treinta y seis mil novecientos siete del registro del año dos mil diecinueve del Servicio de Registro Civil e Identificación. La sociedad fue constituida por escritura pública celebrada con fecha diez de agosto del año dos mil, ante Notario de la ciudad de La Calera, don Moisés Corvalán Vera. Además, la sociedad fue modificada por escritura pública celebrada con fecha 12 de agosto del año 2003 ante don Raúl Fuenzalida Barros, Notario público de la ciudad de La Calera, suplente del titular don Moisés Corvalán Vera. Comparecieron a su constitución el causante don JUAN CORNELIO VARGAS RIVERA con el noventa y cinco por ciento de los derechos sociales y doña MARIA ISABEL ALICIA VARGAS ARCOS con el cinco por ciento de los derechos sociales, constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada, cuya razón social es “SERVICIOS GENERALES, INDUSTRIALES Y DE TRANSPORTES ARAMIS LIMITADA” pudiendo funcionar y actuar también con el nombre de fantasía “ARAMIS LTDA”, su objeto es la prestación de servicios generales, industriales y de transporte y sin que la enumeración sea taxativa, especialmente, servicios de envasado y despacho e cemento en todas sus formas, operación de maquinarias en general, mantención y reparación de equipos, instalaciones y otros, y toda otra actividad relacionada con lo anterior que acordaren los socios en el futuro. Comprenderá además a) Explotación turística, centros de recreación, hoteles, moteles, restaurantes, bares y similares, predios propios o ajenos, expendio de bebidas alcohólicas y analcohólicas, helados, cigarrillos y comidas, presentación de espectáculos y otras que acuerden; b) Administración y explotación servicios y transportes, industrias y particulares, transporte carga propia o ajena en camiones, camionetas y otros vehículos, transporte pasajeros terrestre urbano o rural, cuenta propia o ajena, vehículos transporte pasajeros terrestre urbano o rural, cuenta propia o ajena, vehículos propios o de terceros, arrendamiento todo tipo de vehículos motorizados, paseo, pasajeros, turismo y/o carga, y otros servicios. c) Estudio, ejecución, edificación, montaje, explotación y venta de obras y proyectos de ingeniería, construcción, arquitectura, factibilidad, económicos o financieros, habitacionales, comerciales industriales, agrícolas, mineros u obras públicas o privadas; desarrollo proyectos inmobiliarios, compra, venta, enajenación, arriendo bienes raíces o muebles, realización de loteos y obras urbanización, construcción, promoción, venta de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios viviendas, acogidas o no a sistema de franquicias tributarias o subsidios habitacionales; implementación y realización, todo tipo de proyectos y obras de ingeniería y construcción; prestación, asesoría y consultoría; ejecutar actos y concretar convenciones conducentes a objetivos. El uso de la razón social, administración y representación legal, fueron radicados en el socio don JUAN CORNELIO VARGAS RIVERA y en caso de incapacidad física el representante o por cualquier otro motivo, le corresponderá a doña MARIA ISABEL ALICIA VARGAS ARCOS. El capital de la sociedad al momento de su constitución era de tres millones de pesos. Tiene RUT de SII número Setenta y siete millones cuatrocientos setenta y nueve mil novecientos veinte guion seis. El extracto de esta sociedad se inscribió en el Conservador de Bienes Raíces de La Calera, a fojas treinta y ocho número cuarenta y seis del registro de comercio del año dos mil.” Y “CUARTO: Modificación. Por este instrumento, los referidos socios en este acto vienen en modificar la sociedad sólo en cuanto al capital, domicilio y uso de la razón social, administración y representación legal, resolución de conflictos, según se desglosa en la presente cláusula: a) CAPITAL: el capital de la sociedad es de $50.000.000.-, correspondiente al valor asignado a los derechos sociales, incluyendo el valor por los derechos cedidos según se expresa en la cláusula segunda del presente instrumento y los derechos obtenidos por las socias por herencia. Del capital social actual, queda como aporte en partes iguales de las únicas socias doña LORETO VICTORIA VARGAS con el cincuenta por ciento del capital y doña VERÓNICA GRACIELA VARGAS ARCOS con el cincuenta por ciento del capital, todo sin perjuicio del derecho de ambas a las utilidades o ingresos acumulados en proporción a sus aportes.” Otras estipulaciones en escritura que extracto. La Calera, 17 de agosto de 2021.-