CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SERVICIOS DE DISTRIBUCIÓN Y VENTA YOUR CHOICE SpA

CVE 1995916
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
16 de agosto de 2021

Instrumento

Fecha
16 de agosto de 2021
Notario
PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
Domicilio
Valparaíso

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Ley aplicable
ley 18.046

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, Abogado, Notario Público Titular de Valparaíso, con domicilio en esta ciudad, ubicado en calle Prat número 856, por escritura hoy ante mi doña PAULA VALERIA VILCHES CERRUTTI, chilena, soltera, mayor de edad, empresaria, cedula nacional de identidad número diez millones trescientos setenta y seis mil doscientos veinticuatro guion tres, domiciliada en Avenida Edmundo Eluchans mil setecientos treinta y siete, departamento ciento seis, Reñaca, Viña del Mar, constituyo una sociedad por acciones, la que se regirá por las estipulaciones de sus estatutos, y por las disposiciones de la ley número 20.190 sobre mercado de capitales y la ley 18.046 sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además por el Código de Comercio y el Código Civil, cuyo razón social será “SERVICIOS DE DISTRIBUCIÓN Y VENTA YOUR CHOICE SPA”, la que podrá actuar ante bancos e instituciones financieras y terceros con el nombre de fantasía “YOUR CHOICE SPA”, cuyo domicilio es la ciudad de Viña del Mar, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. El objeto de la sociedad será: Uno) El transporte nacional e internacional de todo tipo de carga, sea por vía aérea, marítima o terrestre, así como la recolección y posterior distribución de la misma. Dos) La representación de empresas chilenas y extranjeras dedicadas a la producción, comercialización y venta, de todo tipo de ropa, zapatos, accesorios y artículos a fines, y/o análogos. Tres) La producción, distribución, comercialización y venta de todo tipo de ropa, zapatos, accesorios y artículos a fines, y/o análogos que tengan relación con los rubros ya señalados sea en chile o en el extranjero. Cuatro) El embalaje, en todas sus variedades y formas, y de todo tipo de carga o mercancías. Cinco) La importación y exportación de todo tipo de ropa, zapatos, accesorios y artículos a fines, y/o análogos; Seis) Representar en Chile Marcas, Patentes, Licencias, pudiendo al efecto usarlas, comercializarlas y generarle rédito; Siete) El desarrollo, producción, distribución, comercialización y venta de sitios web, programas, aplicaciones, y otras de carácter digital que tengan relación con los rubros precedentes. Ocho) La realización de todo tipo de actividad lucrativa que tenga relación directa e indirecta con las actividades mencionadas y que acuerden los accionistas, y que no se oponga al ordenamiento jurídico. El Capital de la sociedad es la suma de $2.000.000.-, dividido en 20 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. La accionista doña PAULA VALERIA VILCHES CERRUTTI, suscribe la totalidad de las acciones, esto es veinte acciones, las que paga con la suma de dos millones pesos de contado y en efectivo y en este acto, el que es ingresado a la caja social. En el acto de constitución acorde al artículo primero transitorio se nombro como administrador de la sociedad en los términos señalados en el artículo sexto de estos estatutos a don HORACIO ERNESTO CERRUTTI VEGA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, empresario, cedula nacional de identidad número siete millones trescientos ochenta mil ciento setenta guion dos, mayor de edad, quien anteponiendo su firma a la razón social en los términos del artículo sexto de la escritura constitutiva, tendrá todas y cada una de las facultades indicadas en dicho artículo, sin que se requiera otra acción o trámite para ello. La sociedad comenzara a regir a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de 5 años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de no perseverar, en los términos que se expresan en los estatutos. Demás estipulaciones escritura extractada. Facultado portador copia escritura y extracto para legalizar. Valparaíso, 16 de agosto de 2021.-