CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS AUTOMOTRICES ROJAS Y RODRÍGUEZ LIMITADA

CVE 1995813
Capital
$25.000 CLP
Fecha instrumento
13 de agosto de 2021
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
13 de agosto de 2021
Notario
Jorge Reyes Bessone
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Capital
$25.000 CLP
Domicilio
El domicilio social será la ciudad de Santiago
Duración
La duración de la sociedad será de 5 años contados desde la fecha de la presente escritura pública y se entenderá prorrogada automática y sucesivamente por períodos de 2 años, a menos que alguno de los socios manifestare su intención de ponerle término al vencimiento del plazo original o su prórroga, en su caso, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de noventa días a la fecha en que debiere terminar la sociedad

Objeto social

El objeto de la sociedad será la prestación de servicios de mecánica automotriz, desabolladura y pintura, reparación de vehículos, comercialización de repuestos, piezas y partes de automóviles, compra y venta de automóviles, arriendos de los mismos y todo cuanto tenga relación con el giro del negocio automotriz o actividades afines o complementarias

Administración

La administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don Carlos Rodolfo Rojas Pedreros y a don Cristián Rubén Rodríguez López, quienes actúan conjuntamente y de consuno, con facultades señaladas en la escritura

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Jorge Reyes Bessone, Notario Público titular de San Miguel, Gran Av. J.M. Carrera Nº 4.886, San Miguel, certifico: Por escritura de fecha 13 de agosto de 2021, ante mí, don Carlos Rodolfo Rojas Pedreros, domiciliado en Avenida Fermín Vivaceta Nº 3750, departamento 604, comuna de Conchalí, Región Metropolitana; don Carlos Rodolfo Rojas Solis, domiciliado en Teniente Yavar Nº 705 A, comuna de Conchalí, Región Metropolitana; y don Cristián Rubén Rodríguez López, domiciliado en Williams Rebolledo Nº 178, comuna de Colina, Región Metropolitana; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada. RAZON SOCIAL: “SERVICIOS AUTOMOTRICES ROJAS Y RODRÍGUEZ LIMITADA”. DOMICILIO: El domicilio social será la ciudad de Santiago, sin perjuicio que la sociedad pueda establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. DURACION: La duración de la sociedad será de 5 años contados desde la fecha de la presente escritura pública y se entenderá prorrogada automática y sucesivamente por períodos de 2 años, a menos que alguno de los socios manifestare su intención de ponerle término al vencimiento del plazo original o su prórroga, en su caso, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de noventa días a la fecha en que debiere terminar la sociedad. OBJETO: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios de mecánica automotriz, desabolladura y pintura, reparación de vehículos, comercialización de repuestos, piezas y partes de automóviles, compra y venta de automóviles, arriendos de los mismos y todo cuanto tenga relación con el giro del negocio automotriz o actividades afines o complementarias. CAPITAL: $25.000.000 que socios aportan siguiente manera: a) don Carlos Rodolfo Rojas Pedreros aporta $10.500.000, equivalentes al 42% del capital social, los que se obliga a pagar en el plazo de 5 años contados desde la fecha de este instrumento; b) don Carlos Rodolfo Rojas Solis aporta $10.500.000, equivalentes al 42% del capital social, los que se obliga a pagar en el plazo de 5 años contados desde la fecha de este instrumento; y c) don Cristián Rubén Rodríguez López aporta $4.000.000, equivalentes al 16% del capital social, los que paga en este acto al contado y en dinero efectivo, ingresándolos a la caja social. La responsabilidad de los socios por las obligaciones sociales queda limitada al monto de sus respectivos aportes en la sociedad. ADMINISTRACION: La administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don Carlos Rodolfo Rojas Pedreros y a don Cristián Rubén Rodríguez López, quienes actúan conjuntamente y de consuno, con facultades señaladas en la escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Miguel, 17 de Agosto de 2021.