MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Ganadera Kiwi Condor Limitada

RUT 76251061-8 CVE 1995729
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
4 de agosto de 2021
Notaría
Coyhaique
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
4 de agosto de 2021
Notario
JUAN CARLOS SAN MARTIN MOLINA
Oficio
primera Notaría de Coyhaique
Comuna
Coyhaique

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad y comuna de Coyhaique, Región de Aysen del General Carlos Ibañez del Campo
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será la producción, asesoría o consultoría en técnicas de producción regenerativa y actividades sustentables en materia agrícola y ganadera, actividades de investigación y desarrollo experimental tanto en predios propios o arrendados; la prestación de servicios de asesoría o consultoría en técnicas de producción regenerativa y actividades sustentables de servicios agrícolas y ganaderos, actividades de investigación y desarrollo experimental, en predios propios o arrendados; la comercialización y gestión de negocios relacionados con la agricultura, agrícolas, agronomía, agropecuarias, cultivos en general, cultivo de productos de mercado, horticultura, productos relacionados o materias primas, y demás actividades complementarias; la administración, restauración, protección y mantención de zonas, lugares e inmuebles que sean de considerable valor o interés medioambiental, de conservación y de biodiversidad; la educación y gestión ambiental, incluyendo la promoción de actividades favorables tanto al medio ambiente como para el desarrollo social de comunidades rurales; el desarrollo de actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de desecho; la asesoría, el diseño, planificación, ejecución, supervisión en proyectos agrónomos y de medio ambiente, incorporando eficiencia regenerativa de especies en los predios, estudio ambiental y construcción sustentable y otras actividades técnicas; la explotación agrícola, ganadera y forestal, por cuenta propia o ajena y en cualesquiera de sus formas, de predios agrícolas, ganaderos y)o forestales, sean propios o ajenos, con técnicas sustentables y regenerativas; el desarrollo sustentable, la conservación de áreas silvestres y la protección del medioambiente; la inversión, compra, venta y arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, incluyendo loteos; y, en general, el desarrollo de toda clase de actividades relacionadas con la agricultura, la agroindustria y la ganadería que acuerden los accionistas, así como también el desarrollo de actividades ligadas al Turismo sustentable y amigable con el medio ambiente, así como toda otra actividad orientada al ‘Wellbeing’, al crecimiento Personal y profesional de las personas, incluyendo capacitaciones y charlas, y toda otra actividad relacionada y conducente a los fines sociales

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social será ejercida por un directorio constituido por cinco miembros, quienes detentarán las facultades propias que la ley asigna al directorio en este tipo de sociedades, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, representando a la sociedad judicial y extrajudicialmente, sin perjuicio de las facultades conferidas al gerente general y al Presidente de la sociedad cuyas facultades y atribuciones se indican en la escritura extractada. Los Directores durarán dos años en sus funciones y podrán ser reelegidos indefinidamente

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Ante mí, JUAN CARLOS SAN MARTIN MOLINA, Notario Público Titular de la primera Notaría de Coyhaique, con oficio en 21 de mayo 551 Coyhaique, por escritura pública de fecha 04 de agosto de 2021 José Manuel Gortázar Martínez, médico veterinario, C.I. 11.863.084-k, Elizabeth Noeline Barkla, Ingeniero agrónomo, C.I. para extranjeros 23.071.845-8, ambos con domicilio en Fundo Panguilemu, Comuna de Coyhaique; y Juan Pablo Barayón Ramírez, Abogado, C.I. 12.232.456-7, con domicilio en Av. Nueva Los Leones 07, oficina 702, Providencia, Santiago, modificaron el artículo Tercero de los estatutos sociales relativo al objeto social de la sociedad “Ganadera Kiwi Condor Limitada”, Rut: 76.251.061-8 sustituyéndolo íntegramente por el siguiente: “TERCERO: El objeto de la sociedad será la producción, asesoría o consultoría en técnicas de producción regenerativa y actividades sustentables en materia agrícola y ganadera, actividades de investigación y desarrollo experimental tanto en predios propios o arrendados; la prestación de servicios de asesoría o consultoría en técnicas de producción regenerativa y actividades sustentables de servicios agrícolas y ganaderos, actividades de investigación y desarrollo experimental, en predios propios o arrendados; la comercialización y gestión de negocios relacionados con la agricultura, agrícolas, agronomía, agropecuarias, cultivos en general, cultivo de productos de mercado, horticultura, productos relacionados o materias primas, y demás actividades complementarias; la administración, restauración, protección y mantención de zonas, lugares e inmuebles que sean de considerable valor o interés medioambiental, de conservación y de biodiversidad; la educación y gestión ambiental, incluyendo la promoción de actividades favorables tanto al medio ambiente como para el desarrollo social de comunidades rurales; el desarrollo de actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de desecho; la asesoría, el diseño, planificación, ejecución, supervisión en proyectos agrónomos y de medio ambiente, incorporando eficiencia regenerativa de especies en los predios, estudio ambiental y construcción sustentable y otras actividades técnicas; la explotación agrícola, ganadera y forestal, por cuenta propia o ajena y en cualesquiera de sus formas, de predios agrícolas, ganaderos y/o forestales, sean propios o ajenos, con técnicas sustentables y regenerativas; el desarrollo sustentable, la conservación de áreas silvestres y la protección del medioambiente; la inversión, compra, venta y arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, incluyendo loteos; y, en general, el desarrollo de toda clase de actividades relacionadas con la explotación de la agroindustria y la ganadería que acuerden los accionistas, así como también el desarrollo, explotación y fomento de actividades ligadas al Turismo sustentable y amigable con el medio ambiente y servicio hotelero así como toda otra actividad orientada al ‘Wellbeing’, al crecimiento Personal y profesional de las personas, incluyendo capacitaciones y charlas, y toda otra actividad relacionada y conducente a los fines sociales”. Transformación: En la misma escritura transformaron la sociedad de responsabilidad limitada a sociedad por acciones (SpA), cambiando su especie o tipo social con subsistencia de su personalidad jurídica y reformando sus Estatutos, siendo su continuadora legal, y asumiendo el total de su activo y pasivo quedando la nueva sociedad como responsable de los impuestos que correspondieren a la sociedad anterior, produciendo la transformación, todos sus efectos a contar de la fecha de la escritura extractada. Nombre: “GANADERA KIWI CONDOR SpA” pudiendo usar para todos los efectos legales como nombre de fantasía “KIWI CONDOR SpA”, “GKC SpA” y/o “FUNDO PANGUILEMU SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será la producción, asesoría o consultoría en técnicas de producción regenerativa y actividades sustentables en materia agrícola y ganadera, actividades de investigación y desarrollo experimental tanto en predios propios o arrendados; la prestación de servicios de asesoría o consultoría en técnicas de producción regenerativa y actividades sustentables de servicios agrícolas y ganaderos, actividades de investigación y desarrollo experimental, en predios propios o arrendados; la comercialización y gestión de negocios relacionados con la agricultura, agrícolas, agronomía, agropecuarias, cultivos en general, cultivo de productos de mercado, horticultura, productos relacionados o materias primas, y demás actividades complementarias; la administración, restauración, protección y mantención de zonas, lugares e inmuebles que sean de considerable valor o interés medioambiental, de conservación y de biodiversidad; la educación y gestión ambiental, incluyendo la promoción de actividades favorables tanto al medio ambiente como para el desarrollo social de comunidades rurales; el desarrollo de actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de desecho; la asesoría, el diseño, planificación, ejecución, supervisión en proyectos agrónomos y de medio ambiente, incorporando eficiencia regenerativa de especies en los predios, estudio ambiental y construcción sustentable y otras actividades técnicas; la explotación agrícola, ganadera y forestal, por cuenta propia o ajena y en cualesquiera de sus formas, de predios agrícolas, ganaderos y/o forestales, sean propios o ajenos, con técnicas sustentables y regenerativas; el desarrollo sustentable, la conservación de áreas silvestres y la protección del medioambiente; la inversión, compra, venta y arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, incluyendo loteos; y, en general, el desarrollo de toda clase de actividades relacionadas con la agricultura, la agroindustria y la ganadería que acuerden los accionistas, así como también el desarrollo de actividades ligadas al Turismo sustentable y amigable con el medio ambiente, así como toda otra actividad orientada al ‘Wellbeing’, al crecimiento Personal y profesional de las personas, incluyendo capacitaciones y charlas, y toda otra actividad relacionada y conducente a los fines sociales. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad y comuna de Coyhaique, Región de Aysen del General Carlos Ibañez del Campo, sin perjuicio de que podrá abrir sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Duración: El plazo de duración de la sociedad será indefinida. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $10.000.000.- dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social será ejercida por un directorio constituido por cinco miembros, quienes detentarán las facultades propias que la ley asigna al directorio en este tipo de sociedades, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, representando a la sociedad judicial y extrajudicialmente, sin perjuicio de las facultades conferidas al gerente general y al Presidente de la sociedad cuyas facultades y atribuciones se indican en la escritura extractada. Los Directores durarán dos años en sus funciones y podrán ser reelegidos indefinidamente. Demás estipulaciones en escritura extractada. Coyhaique, 17 de Agosto de 2021.