CONSTITUCIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

ENVASADORA MARIA GAJEWSKI E.I.R.L.

RUT 17264833-9 CVE 1995954
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
6 de agosto de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
6 de agosto de 2021
Notario
CLAUDIA MARCELA GOMEZ LUCARES
Oficio
Quincuagésima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

N. fantasía
“ENVASADORA LAS TRES MARIAS E.I.R.L.”
Capital
$1.000 CLP
Domicilio
Pinot N° 3142, de la comuna de Peñalolén, Santiago
Duración
3 años, prorrogables conforme pacto social
Ley aplicable
Ley 19.857

Objeto social

El envasado de productos que no requieran refrigeración, pudiendo realizarse esta actividad tanto por encargo de terceros como para producción propia

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CLAUDIA MARCELA GOMEZ LUCARES, Abogado, Notario Público de la Quincuagésima Notaría de Santiago, con oficio en Teatinos N° 371, oficina 113, Santiago, certifico: Por escritura pública, de fecha 06/08/2021, ante la Notario Suplente doña Zarella Camerotto Moraga, doña MARIA SOFIA GAJEWSKI VIAL, chilena, casada en régimen de separación de bienes, 31 años de edad, Ingeniera Agrónoma, RUT: 17.264.833-9, domiciliada en esta ciudad, calle Pinot N° 3142, de la comuna de Peñalolén, constituyó empresa individual de responsabilidad limitada, conforme Ley 19.857; NOMBRE: “ENVASADORA MARIA GAJEWSKI E.I.R.L.”. pudiendo actuar ante Bancos, Servicio de Impuestos Internos e Instituciones financieras con el nombre de fantasía: “ENVASADORA LAS TRES MARIAS E.I.R.L.”. CAPITAL: $1.000.000 en dinero efectivo, que el Empresario se obliga a aportar y pagar a la caja de la Empresa en dinero efectivo, a más tardar dentro del plazo de tres años contado desde la fecha de esta escritura. OBJETO: El envasado de productos que no requieran refrigeración, pudiendo realizarse esta actividad tanto por encargo de terceros como para producción propia. DOMICILIO: Pinot N° 3142, de la comuna de Peñalolén, Santiago, sin perjuicio sucursales dentro del país. PLAZO: 3 años, prorrogables conforme pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 17/08/2021.