MODIFICACIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

CONSTRUCTORA MANUEL OCTAVIO CEBALLOS SORIANO EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

RUT 77053948-K CVE 1995991
Capital
$20.000 CLP
Fecha instrumento
29 de julio de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
29 de julio de 2021
Notario
Álvaro González Salinas
Oficio
42º Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$20.000 CLP
Domicilio
San Bernardo

Referencias (1)

  • do publicacion
    DO N° 42020 del 3 de agosto de 2019

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Álvaro González Salinas, Notario Público Titular de la 42º Notaria de Santiago, Agustinas N°1.070, 2° piso, certifico que por escritura pública de fecha 29 de julio de 2021 ante mí, don MANUEL OCTAVIO CEBALLOS SORIANO, chileno, casado, Constructor Civil, cedula de identidad número doce millones seiscientos cincuenta mil cuatrocientos guión cuatro, de cuarenta y cuatro años de edad, domiciliado en calle Baquedano numero cuatro mil cuarenta, Comuna de Renca, transforma “CONSTRUCTORA MANUEL OCTAVIO CEBALLOS SORIANO EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, rol único tributario número setenta y siete millones cincuenta y tres mil novecientos cuarenta y ocho guión K, constituida por escritura pública de veintinueve de julio de dos mil diecinueve, otorgada ante el Notario Público de Santiago don Alvaro Gonzalez Salinas, cuyo extracto se inscribió a Fojas sesenta y un mil ochenta y nueve, Número veintinueve mil novecientos seis del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año dos mil diecinueve; y publicado en el Diario Oficial número cuarenta y dos mil cuatrocientos veinte de fecha tres de agosto de dos mil diecinueve. Don MANUEL OCTAVIO CEBALLOS SORIANO, en su calidad de único socio de sociedad “CONSTRUCTORA MANUEL OCTAVIO CEBALLOS SORIANO EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, modifica la señalada sociedad en el sentido que la transforma en una Sociedad por Acciones, que se regirá por los estatutos y por las disposiciones prescritas en el artículo cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio, la que se regirá por los estatutos que se establecen a continuación y en subsidio por las disposiciones del título séptimo del libro segundo del Código de Comercio, en todo lo que no se consigna en los estatutos de la sociedad.- El nombre o razón social será “COMERCIALIZADORA, TRANSPORTES Y DISTRIBUCION MCS SpA.” pudiendo usar como nombre de fantasía “COMERCIAL MCS SpA”. El objeto de la sociedad será: todo tipo de trabajos de ingeniería civil, montaje, arquitectura, construcción de toda clase de obras y edificios, transportes de materiales de construcción, áridos, y otros, movimiento de tierra, por cuenta propia o ajena, a personas naturales o jurídicas, naturales o extranjeras, sea por administración, suma alzada, mediante contratos, subcontratar o propuesta publicas o privadas, pudiendo prestar cualquier clase de servicios de mantención, realizar tasaciones, evaluar proyectos; efectuar toda clase de actividades comerciales e industriales relacionadas con negocios inmobiliarios o con la actividad de la construcción, administrar dichas construcciones; actuar como intermediario en la compra, venta, arrendamiento de toda clase de bienes inmuebles, compra y venta de material minero y de construcción, como administrarlos cualquiera sea titulo que hayan dados. En general, cualquier otra actividad que los socios de común acuerdo determinen.- La administración y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don MANUEL OCTAVIO CEBALLOS SORIANO, quien anteponiendo a su firma la razón social, la representará con las más amplias facultades, sin limitación alguna.- El capital social El capital de la sociedad es la suma de $20.000.000 de pesos, dividido en 20 acciones nominativas, de igual valor, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. El capital social se encuentra íntegramente suscrito y pagado por los accionistas en este acto, según se detalla en el Artículo Segundo Transitorio.- La duración de la sociedad será indefinida.- Domicilio: La Sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de San Bernardo. Santiago, 04 DE agosto DE 2021.