MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD AGRÍCOLA, VITIVINÍCOLA, GANADERA, FORESTAL Y TRANSPORTES FAÚNDES Y ANDAUR LIMITADA

RUT 77419316-2 CVE 1994953
Capital
$60.000.000 CLP

Instrumento

Notario
FERNANDO COLOMA AMARO
Domicilio
para las Comunas de San Javier y Villa Alegre

Sociedad

Capital
$60.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FERNANDO COLOMA AMARO, Abogado, Notario Público Titular para las Comunas de San Javier y Villa Alegre, domiciliado en su Oficio de calle Sargento Aldea, número dos mil seiscientos veinticinco, San Javier, certifica que con fecha doce de agosto de dos mil veintiuno, CARLOS HUMBERTO FAÚNDES ANDAUR, chileno, soltero, agricultor, cédula nacional de Identidad número doce millones seiscientos seis mil seiscientos dieciséis guion tres (12.606.616-3), domiciliado en orilla de Maule kilómetro dos coma cinco, casa numero mil seiscientos cincuenta y uno, de la comuna de San Javier, y ELVIRA DEL CARMEN ANDAUR SEPÚLVEDA, chilena, rentista, viuda, cédula nacional de identidad número 7.556.665-4, domiciliada en orilla de Maule, kilómetro dos coma cinco, comuna de San Javier, sanearon la escritura de constitución de contrato de sociedad, de fecha diecinueve de julio de dos mil veintiuno, ante el Notario Público Suplente de esta Notaría, don Patricio Muñoz Leyton, repertorio número mil doscientos uno, cuyo extracto obra inscrito a fojas treinta y siete vuelta, bajo el número treinta y tres, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Javier, correspondiente al año dos mil veintiuno, los comparecientes efectuaron una Constitución de sociedad de responsabilidad limitada, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial número 43.007, con fecha veintiuno de julio de dos mil veintiuno, cuya razón social es "SOCIEDAD AGRÍCOLA, VITIVINÍCOLA, GANADERA, FORESTAL Y TRANSPORTES FAÚNDES Y ANDAUR LIMITADA", pudiendo actuar con el nombre de "AGROTRANS DEL MAULE LTDA.".- El domicilio de la sociedad es la ciudad de San Javier, Orilla de Maule sin número, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieran abrirse tanto en el país como en el extranjero; persona jurídica de derecho privado del giro de su denominación, rol único tributario número 77.419.316-2, y cuyo objeto es la explotación agrícola, vitivinícola, frutícola, ganadera o forestal de predios agrícolas y silvícolas; especialmente la explotación del rubro ganadero y de gramíneas, frutales y viñedos, la producción, elaboración, embasado, y corretaje de vinos, así como la comercialización integral y distribución, tanto a nivel interno como externo de los productos obtenidos con estas actividades; La prestación de servicios y arrendamiento de todo tipo de maquinaria agrícola; la explotación del giro del transporte terrestre de carga propia o ajena, de todo tipo de materiales, mercaderías o sustancias, se encuentren éstas como líquidos, sólidos o gaseosos, tanto en el país como en el extranjero, ya sea en vehículos propios, de la sociedad, de los socios o de terceros, por intermedio de contratos de comodato, arrendamientos u otros; así también la comercialización de dichos productos sea que éstos fueren producidos por la sociedad, por los socios o por terceros y en tales actividades pueda la sociedad actuar como comisionista, como comprador y/o vendedor, o de cualquier otra forma de intermediación. El desarrollo de estas actividades podrá ser realizado en bienes de la sociedad, de los socios o de terceros a través de contratos de arrendamiento, comodatos u otros. Sin perjuicio de lo anterior, la sociedad podrá incursionar en otros negocios relacionados con el giro social, tales como importación o exportación de insumos, compra y venta de bienes raíces, arriendo de los mismos, servicio de bodegaje, maquila, cosecha, producción y elaboración o secado de granos, y en general todo otro negocio que los socios de consuno acuerden realizar, sin que sea necesario acreditar este hecho ante terceros. El capital de la sociedad es la suma de sesenta millones de pesos, ($60.000.000.-); rectificando en parte la cláusula tercera de la citada escritura en la frase que dice: “b) con el aporte en dominio en la suma de nueve millones de pesos ($9.000.000.-), mediante la transferencia a la sociedad del dominio del resto de un predio rural, consistente en el resto o parte no transferida de una propiedad ubicada en el sector Orilla de Maule de la comuna de San Javier, provincia de Linares, con una superficie aproximada, sin deducir lo transferido, de siete cuadras y los siguientes deslindes de acuerdo a su título: Norte: Fundo Loncoche; Sur: camino público: Oriente: Solano Vergara y otros; y Poniente: camino público, Macario López y otros. Rol de avalúo 209-164 de la comuna de San Javier. Dicho inmueble se encuentra inscrito a su nombre a fojas ochocientos noventa y siete vuelta, bajo el número setecientos treinta y seis, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Javier, del año dos mil seis. Dicho bien raíz se aporta en dominio a la sociedad, en el valor de nueve millones de pesos ($9.000.000.-)”; rectificándola por la siguiente: “b) con el aporte en dominio en la suma de nueve millones de pesos ($9.000.000.-), mediante la transferencia a la sociedad del dominio del resto de un predio rural, consistente en el resto o parte no transferida de un lote de terreno ubicado en la comuna de San Javier, y que corresponde al Lote Tres, resultante de la subdivisión del resto de una propiedad de mayor extensión y que conforme al plano debidamente autorizado por el Servicio Agrícola y Ganadero del cual se archivó una copia al final del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Javier, con el número seis, del año dos mil seis, dicho Lote Tres, tiene una superficie de seis coma doscientos setenta y siete hectáreas y deslinda como sigue: Nororiente: con Fundo Loncoche; Sur: en dos tramos con otro propietario y en ochenta y ocho coma cincuenta metros, doce coma ochenta y siete metros y veintiséis coma noventa y cuatro metros con Lote Dos del plano; Oriente: en dos tramos con Solano Vergara y otros; y Poniente: con Macario López y otros. Rol de avalúo 209-164 de la comuna de San Javier. Dicho inmueble se encuentra inscrito a su nombre a fojas ochocientos noventa y siete vuelta, bajo el número setecientos treinta y seis, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Javier, del año dos mil seis. Dicho bien raíz se aporta en dominio a la sociedad, en el valor de nueve millones de pesos ($9.000.000.-)”.- En lo no saneado, se mantiene inalterable la escritura antes aludida.- Demás antecedentes en escritura extractada.- San Javier, trece de agosto de dos mil veintiuno.-