Comercializadora Estelar Limitada
Instrumento
- Fecha
- 14 de julio de 2021
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- Agustinas número mil cuatrocientos cuarenta y dos, oficina número cuatrocientos dos b, comuna y ciudad de Santiago, región Metropolitana
- Duración
- a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de tres años, Prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de tres años
Objeto social
A) La compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, importación, exportación, leasing, producción y distribución de partes, piezas y accesorios para vehículos automotores; B) la compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, importación, exportación, leasing, producción y distribución de partes, piezas, mantenimiento y reparación de motocicletas y sus partes, piezas y accesorios; C) fabricación de partes, piezas y accesorios para vehículos automotores d)mantenimiento y reparación de vehículos automotores; E) mantenimiento y reparación de vehículos automotores; F) transporte de carga por carretera; G) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y)o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y)o administración; H) el ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y)o particulares sean estos nacionales o extranjeros; I) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal, y J) cualquier otra actividad que acuerden los
Administración
será ejercida por don GERARDO ENRIQUE PLAZA MEZA, quien podrá actuar por la sociedad según facultades que se señalan en escritura
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPAULINA CONSTANZA ESTAY CALZADILLA, Notario Suplente de la Titular 7ª Notaría de Santiago, Agustinas 1161, Entrepiso, Certifica: Por escritura pública suscrita ante la Titular María Soledad Santos Muñoz con fecha 14/07/2021. RUBEN ANTONIO LUGO BLANCO, de nacionalidad venezolana, quien declara ser soltero, asesor comercial, cedula de identidad de extranjeros número veintiséis millones ochenta y siete mil cuatro cientos cuarenta y cuatro guión seis, ambos domiciliados en Argomedo número trescientos veintiuno, departamento número setecientos trece, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana; a su vez, GERARDO ENRIQUE PLAZA MEZA, de nacionalidad venezolana, quien declara ser soltero, asistente de finanzas, cedula de identidad de extranjeros número veinticinco millones ochocientos treinta y dos mil trescientos treinta y seis guión k, y, ANDREINA ROSARIO FARIAS RAMIREZ, de nacionalidad venezolana, quien declara ser soltera, asesora comercial, cedula de identidad de extranjeros número veintiséis millones doscientos veinte mil ciento siete guión cuatro, ambos domiciliados en Vargas Buston número mil cincuenta y uno, departamento número mil ocho, comuna de San Miguel, ciudad de Santiago, región Metropolitana, y de paso en ésta, constituyeron una sociedad por acciones: Nombre: COMERCIALIZADORA ESTELAR LIMITADA que, de igual forma, podrá actuar ante los Bancos y cualquier institución publica o privada bajo el nombre de fantasía EUROPARTES ESTELAR LTDA. Domicilio: Agustinas número mil cuatrocientos cuarenta y dos, oficina número cuatrocientos dos b, comuna y ciudad de Santiago, región Metropolitana. Objeto: A) La compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, importación, exportación, leasing, producción y distribución de partes, piezas y accesorios para vehículos automotores; B) la compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, importación, exportación, leasing, producción y distribución de partes, piezas, mantenimiento y reparación de motocicletas y sus partes, piezas y accesorios; C) fabricación de partes, piezas y accesorios para vehículos automotores d)mantenimiento y reparación de vehículos automotores; E) mantenimiento y reparación de vehículos automotores; F) transporte de carga por carretera; G) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; H) el ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares sean estos nacionales o extranjeros; I) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal, y J) cualquier otra actividad que acuerden los socios.Capital: El capital de la Sociedad será la cantidad de $5.000.000.-, que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones y de la forma siguiente: A) RUBEN LUGO BLANCO, se obliga a enterar el equivalente al 50% del capital social, mediante el aporte de $2.500.000.-, que enterará y pagará a la caja social en dinero en efectivo, a más tardar dentro del plazo de tres años contado desde la fecha de esta escritura y en la medida que lo requieran las necesidades sociales; B) GERARDO PLAZA MEZA, ya individualizado, se obliga a enterar el equivalente al 25% del capital social, mediante el aporte de $1.250.000.-, que enterará y pagará a la caja social en dinero en efectivo, a más tardar dentro del plazo de tres años contado desde la fecha de esta escritura y en la medida que lo requieran las necesidades sociales y C) ANDREINA FARIAS RAMIREZ enterar el equivalente al 25% del capital social, mediante el aporte de $1.250.000.-, que enterará y pagará a la caja social en dinero en efectivo, a más tardar dentro del plazo de tres años contado desde la fecha de esta escritura y en la medida que lo requieran las necesidades sociales. Duración: a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de tres años, Prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de tres años, Administración: será ejercida por don GERARDO ENRIQUE PLAZA MEZA, quien podrá actuar por la sociedad según facultades que se señalan en escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 16 de Agosto de 2021.