Comercializadora Botech Limitada
Instrumento
- Fecha
- 5 de agosto de 2021
- Repertorio
- 15042-2021
- Notario
- Juan Cristian Berrios Castro
- Oficio
- Titular de la Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery
Sociedad
- Capital
- $200.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Andrés Parga Kuhlmann | representante | 16142633-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Cristian Berrios Castro, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, ambos con domicilio en calle Huérfanos N°941, local 302, comuna de Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 5 de agosto de 2021, repertorio 15042-2021, otorgada ante el Titular, “Trémolo SpA”, RUT N°76.957.427-1 representada por don Andrés Parga Kuhlmann, CI N°16.142.633-4 e “Inversiones Solutito Limitada”, , RUT 76.081.038-K, representada por don Tomás Böttiger Müller, CI N° 6.370.271-4 , quienes modificaron “COMERCIALIZADORA BOTECH LIMITADA”, RUT 76.622.212-9 (“Sociedad”),inscrita a fojas: 99861 Número 48823, en el Registro de Comercio del año 2019 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en los siguientes términos: A) Se reemplaza íntegramente la cláusula QUINTA del pacto social por la siguiente: “QUINTO: El capital social es la cantidad de $200.000.000 de pesos que los socios han aportado e ingresado a caja social de la siguiente forma: Uno) Inversiones Solutito Limitada ha aportado y pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de $160.000.000 de pesos, esto es, un 80% del capital social y propiedad de la presente compañía. Dos) Trémolo SpA ha aportado y pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de $40.000.000 de pesos, esto es, un 20% del capital social y propiedad de la presente compañía”, y demás modificaciones no extractables constan en escritura.” En no lo modificado, se mantiene estatutos de la Sociedad en especial estipulación que las partes limitan su responsabilidad desde el momento de su incorporación y al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 12 de agosto de 2021.