Colegio British Royal School S.A.
Instrumento
- Fecha
- 21 de julio de 2021
- Notario
- LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
- Oficio
- Octava Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $450.000.000 CLP
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto impartir enseñanza en los niveles básico, medio y superior, en sus más variadas formas, ya sea a través de institutos, colegios, academias y en general a través de todos los medios que los accionistas acuerden. En general, la Sociedad podrá dedicarse a todas las actividades que acuerden los accionistas dentro del giro educacional señalado
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Notario Público Titular, Octava Notaria de Santiago, Huérfanos 941, Local 302, Santiago, certifica: Por escritura pública, otorgada con fecha 21 de julio de 2021, Rep. N°14000/2021, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de “Colegio British Royal School S.A.” inscrita a fs. 18,327 N°15.038 del año 1994 de Registro de Comercio de Santiago, celebrada el 21 de julio del mismo año, en la que los accionistas Sylvia Fernanda Riquelme Acuña, Cristián Andrés Labra Riquelme y Matías Andrés Labra Jara, únicos y actuales accionistas según Registro de Accionistas tenido a la vista, acordaron transformar Colegio British Royal School S.A. en una sociedad por acciones, cuyos nuevos estatutos se extractan: Nombre: Colegio British Royal School SpA. Objeto social: La Sociedad tendrá por objeto impartir enseñanza en los niveles básico, medio y superior, en sus más variadas formas, ya sea a través de institutos, colegios, academias y en general a través de todos los medios que los accionistas acuerden. En general, la Sociedad podrá dedicarse a todas las actividades que acuerden los accionistas dentro del giro educacional señalado. Capital: $450.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio de sus estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 04 de Agosto de 2021.- Luis Ignacio Manquehual Mery.- Notario Público.