BIOEKIPOS SpA
Instrumento
- Fecha
- 9 de agosto de 2021
- Notario
- MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- Trigésima Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $4.430.000 CLP
Administración
La administración, la representación y el uso de la razón social de la Sociedad, conforme lo autoriza el artículo cuatrocientos veinticuatro del Código de Comercio, corresponderá separada e indistintamente a don José Manuel Gacitúa Carafi, y don Carlos Alberto Prado Castillo, quienes, anteponiendo a sus nombres y firmas la razón social, representarán a la Sociedad con las más amplias facultades y poderes de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social. Por vía ilustrativa y enunciativa y sin que la enumeración sea limitativa o restrictiva, podrán actuar en nombre y representación de la Sociedad especialmente con todas las facultades señaladas en el Artículo Décimo Cuatro siguiente de estos estatutos”. Se dejó constancia, que en todo lo no modificado, se mantiene vigente el estatuto social de la Sociedad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogada, Notario Público Titular de la Trigésima Octava Notaría de Santiago, con Oficio en calle Miraflores 178, piso 5, Santiago, certifico que, por escritura pública de fecha 9 de agosto de 2021, ante mí: Inversiones PCG SpA, debidamente representada, don Félix Osvaldo Hidalgo Reyes, don David Alfredo Ilabaca Soto, y don José Manuel Gacitúa Carafi, en sus calidades de únicos y actuales accionistas de la sociedad por acciones BIOEKIPOS SpA, R.U.T Nº 77.342.394-6, inscrita a Fojas 22.361, Número 10.581 del año 2021 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, cuyo capital asciende a la suma de $4.430.000.- dividido en 200 acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal; aprobaron en sus calidades de tal, modificar la administración de la sociedad, y por ende, modificar y reemplazar el artículo décimo tercero de los actuales estatutos sociales, por el siguiente: “Artículo Décimo Tercero: Administración. La administración, la representación y el uso de la razón social de la Sociedad, conforme lo autoriza el artículo cuatrocientos veinticuatro del Código de Comercio, corresponderá separada e indistintamente a don José Manuel Gacitúa Carafi, y don Carlos Alberto Prado Castillo, quienes, anteponiendo a sus nombres y firmas la razón social, representarán a la Sociedad con las más amplias facultades y poderes de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social. Por vía ilustrativa y enunciativa y sin que la enumeración sea limitativa o restrictiva, podrán actuar en nombre y representación de la Sociedad especialmente con todas las facultades señaladas en el Artículo Décimo Cuatro siguiente de estos estatutos”. Se dejó constancia, que en todo lo no modificado, se mantiene vigente el estatuto social de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 10 de agosto de 2021.