MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÍCOLA EL ARENAL LIMITADA

RUT 79768900-9 CVE 1995312
Fecha instrumento
12 de agosto de 2021

Instrumento

Fecha
12 de agosto de 2021
Notario
EDWIN A. FERREIRA SANHUEZA
Domicilio
Osorno

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDWIN A. FERREIRA SANHUEZA, Abogado, Notario Publico Interino de Osorno, con oficio Eleuterio Ramírez 910, certifica: Por escritura publica hoy, ante mí, doña INÉS DEL CARMEN ROJAS BAEZA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, agricultora, cédula de identidad número ocho millones setecientos cincuenta y nueve mil quinientos ochenta y uno guion uno, domiciliada en Fundo El Arenal, kilómetro doce, Las Quemas, comuna y provincia de Osorno; don ADALBERTO IDE YAEGER, chileno, casado y separado totalmente de bienes, agricultor, cédula de identidad número cinco millones ochocientos cuarenta y cinco mil doscientos ochenta y cinco guion ocho, domiciliado en Fundo El Arenal, kilómetro doce, Las Quemas, comuna y provincia de Osorno; DANIEL ADALBERTO IDE ROJAS, chileno, soltero, ingeniero agrícola, cédula de identidad número dieciséis millones ochocientos treinta mil novecientos ochenta y dos guion uno, domiciliado en Fundo El Arenal, kilómetro doce, Las Quemas, comuna y provincia de Osorno; CHRISTIAN ALEJANDRO IDE ROJAS, chileno, vendedor, soltero, cédula de identidad número dieciséis millones trescientos treinta y ocho mil doscientos noventa y ocho guion nueve, domiciliado en Fundo El Arenal, kilómetro doce, Las Quemas, comuna y provincia de Osorno; y JUAN PABLO IDE ROJAS, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero comercial, cédula de identidad número trece millones ochocientos cuarenta y ocho mil seiscientos tres guion seis, domiciliado en Fundo El Arenal, kilómetro doce, Las Quemas, comuna y provincia de Osorno, modificaron Sociedad de Responsabilidad Limitada, denominada actualmente “AGRÍCOLA EL ARENAL LIMITADA”, que se constituyó por escritura pública de fecha once de noviembre de mil novecientos ochenta y siete, otorgada en la notaría Martín de Osorno, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón social primitiva era TRANSPORTES LAS QUEMAS LIMITADA, inscrita a fojas doscientos noventa vuelta número doscientos doce del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Osorno del año mil novecientos ochenta y siete. Modificada por escritura pública de fecha doce de abril de mil novecientos ochenta y ocho, otorgada en la notaría Martín de Osorno, inscrita a fojas ciento uno vuelta número setenta y dos del Registro de Comercio del del Conservador de Bienes Raíces de Osorno del año mil novecientos ochenta y ocho. Modificada por escritura pública de fecha veinticuatro de abril de mil novecientos noventa, otorgada en la notaría Martín de Osorno, inscrita a fojas ciento diez número setenta del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Osorno del año mil novecientos noventa. Modificada por escritura pública de fecha quince de enero del año dos mil tres, otorgada en la notaría Muñoz de Osorno, inscrita a fojas cincuenta y dos número treinta y dos del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Osorno del año dos mil tres. Modificada por escritura de fecha veintiuno de marzo del año dos mil cinco, otorgada en la notaría Muñoz de Osorno, inscrita a fojas ciento doce vuelta número ochenta y tres del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Osorno del año dos mil cinco. Modificada por escritura pública de fecha dos de noviembre del año dos mil seis, otorgada en la notaría Muñoz de Osorno, inscrita a fojas cuatrocientos ochenta y dos número trescientos sesenta y siete del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Osorno del año dos mil seis y modificada por escritura pública de fecha treinta y uno de agosto del año dos mil dieciséis, otorgada en la notaría Dolmestch de Osorno, inscrita a fojas quinientos cuarenta y nueve número doscientos ochenta y ocho del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Osorno del año dos mil dieciséis, en los siguientes términos: 1) doña INÉS DEL CARMEN ROJAS BAEZA, viene en vender, ceder y transferir a DANIEL ADALBERTO IDE ROJAS, CHRISTIAN ALEJANDRO IDE ROJAS, y a JUAN PABLO IDE ROJAS, quienes aceptan y adquieren para si, un cuatro por ciento para cada uno de ellos de los derechos de la sociedad referida en la cláusula primera precedente y que pertenecen a doña INÉS DEL CARMEN ROJAS BAEZA. El precio de esta compraventa es la suma total de cuatro millones quinientos mil pesos, suma que es pagada, en este acto en dinero efectivo y al contado por DANIEL ADALBERTO IDE ROJAS, CHRISTIAN ALEJANDRO IDE ROJAS, y JUAN PABLO IDE ROJAS, en partes iguales, correspondiendo a cada uno de ellos un millón quinientos mil pesos. Manifiesta doña INÉS DEL CARMEN ROJAS BAEZA haber recibido el precio a su entera conformidad otorgando la cancelación y el correspondiente finiquito. 2) ADALBERTO IDE YAEGER, viene en vender, ceder y transferir a DANIEL ADALBERTO IDE ROJAS, CHRISTIAN ALEJANDRO IDE ROJAS, y a JUAN PABLO IDE ROJAS, quienes aceptan y adquieren para si, un cuatro por ciento para cada uno de ellos de los derechos de la sociedad referida en la cláusula primera precedente y que pertenecen a don ADALBERTO IDE YAEGER. El precio de esta compraventa es la suma total de cuatro millones quinientos mil pesos, suma que es pagada, en este acto en dinero efectivo y al contado por DANIEL ADALBERTO IDE ROJAS, CHRISTIAN ALEJANDRO IDE ROJAS, y JUAN PABLO IDE ROJAS, en partes iguales, correspondiendo a cada uno de ellos un millón quinientos mil pesos. Manifiesta don ADALBERTO IDE YAEGER haber recibido el precio a su entera conformidad otorgando la cancelación y el correspondiente finiquito. 3) En consecuencia, desde la fecha de suscripción de la presente escritura quedan como socios, INÉS DEL CARMEN ROJAS BAEZA, con un treinta y cinco por ciento de los derechos sociales, ADALBERTO IDE YAEGER, con un treinta y cinco por ciento de los derechos sociales, DANIEL ADALBERTO IDE ROJAS, con un diez por ciento de los derechos sociales, CHRISTIAN ALEJANDRO IDE ROJAS, con un diez por ciento de los derechos sociales y JUAN PABLO IDE ROJAS con un diez por ciento de los derechos sociales. El capital de la sociedad se mantiene en la suma de tres millones cincuenta y cinco mil ochocientos cincuenta y un pesos. En todo lo que no ha sido modificado por este acto se mantiene plenamente vigente el pacto social constitutivo y sus modificaciones señaladas en la cláusula primera precedente de la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Se facultó para inscribir. Osorno, 12 Agosto 2021.