Instrumento
- Fecha
- 5 de agosto de 2021
- Notario
- EDUARDO DIEZ MORELLO
- Oficio
- Trigésima Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO DIEZ MORELLO, abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda número 359, Providencia, con fecha 30 de julio de dos mil 2021, bajo el repertorio número 12.030- 2021, ante mí, comparece: doña PAULINA ANDREA HENRIQUEZ RUBIO, cédula de identidad número diecisiete millones doscientos setenta mil novecientos veintisiete guion tres, en representación según se acreditará de don ALFONSO NAVARRO REATEGUI, peruano, soltero, ingeniero en telecomunicaciones, Rut de Inversionista Extranjero número cuarenta y ocho millones doscientos diecisiete mil cuatrocientos cinco guion uno, y de don CESAR ALFONSO ZAVALLOS HEUDEBERT, peruano, casado y separado de bienes, economista, Rut de Inversionista Extranjero número cuarenta y ocho millones doscientos diecisiete mil cuatrocientos cuatro guion tres, todos con domicilio para estos efectos en calle Del Inca número cuatro mil cuatrocientos cuarenta y seis, oficina quinientos uno, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago y exponen: Que viene en constituir una Sociedad por Acciones, la que se regirá por el estatuto social que se dicta. En el silencio del estatuto social y de las disposiciones de los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio, la sociedad se regirá supletoriamente y sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas. El nombre o razón social será TUXPAS SpA.- ARTÍCULO SEGUNDO: Su domicilio será la ciudad de Santiago de Chile, sin perjuicio de que pueda constituir agencias, oficinas y representaciones en otros lugares del país o del extranjero, y de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. La duración de la sociedad será indefinida. El giro u objeto social será: A) Desarrollar actividades de análisis, diseño, desarrollo, implementación, mantenimiento, ajustes, pruebas, suministros y documentación, fases necesarias en la elaboración de programas de informática, sean o no personalizados; B) Diseño de página web y consultoría en programas de informática; C) y cualquier otra actividad o negocio lícito que derive de los anteriores, sea similar, conexo o complementario, que permitan desarrollar y facilitar el comercio o la industria de la sociedad en la actualidad o en el futuro. El capital de la sociedad será de dos millones de pesos, dividido en veinte acciones, todas de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, que se entera y paga de la siguiente forma: don ALFONSO NAVARRO REATEGUI, suscribe y paga en este acto diez acciones, correspondiente a la cantidad de un millón de pesos, por la totalidad de dichas acciones, equivalentes al cincuenta por ciento del capital social, y don CESAR ALFONSO ZEVALLOS HEUDEBERT suscribe y paga en este acto diez acciones, correspondientes a la cantidad de un millón de pesos, por la totalidad de dichas acciones, equivalentes al cincuenta por ciento del capital social. Personería: La personería de doña Paulina Andrea Henriquez Rubio para representar a don Alfonso Navarro Reategui consta de escritura Protocolizada con fecha ocho de julio de dos mil veintiuno, otorgada ante el Notario Público Titular de la trigésima cuarta Notaria de don Eduardo Diez Morello, bajo el repertorio número diez mil setecientos ochenta y uno. La cual no se inserta por ser conocida por las partes y por el Notario que autoriza. La Personería de doña Paulina Andrea Henriquez Rubio, para representar a don Cesar Alfonso Zevallos Heudebert consta de escritura protocolizada con fecha ocho de julio de dos mil veintiuno, otorgada ante el Notario Público Titular de la trigésima cuarta Notaria de don Eduardo Diez Morello, bajo el repertorio número diez mil setecientos ochenta. La personería de doña Paulina Andrea Henriquez Rubio, para representar a don Alfonso Navarro Reategui, consta de escritura protocolizada con fecha ocho de julio de dos mil veintiuno, otorgada ante el Notario Público Titular de la trigésima cuarta Notaria de don Eduardo Diez Morello, bajo el repertorio número diez mil setecientos ochenta y uno. Los cuales no se insertan por ser conocidos por las partes y por el Notario que autoriza. Minuta redactada por la abogada Paulina Henriquez Rubio. Santiago, 05 de agosto de 2021.-