MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD SÁEZ Y TORRES LIMITADA

RUT 76965628-6 CVE 1994370
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
23 de julio de 2021
Notaría
Temuco

Instrumento

Fecha
23 de julio de 2021
Notario
ELENA LEYTON CARVAJAL
Oficio
Cuarta Notaría de Temuco
Comuna
Temuco

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ELENA LEYTON CARVAJAL, abogado, Notario Público, titular de la Cuarta Notaría de Temuco, con asiento en esta comuna, calle Claro Solar N° 831, Temuco, certifico: Por escritura pública de 23 de Julio de 2021, ante mí, don JOSÉ HERALDO SÁEZ SALAZAR, comerciante, domiciliado Rinconada Donguil 0600, comuna de Gorbea;; doña MIRIAM LORENA TORRES ÁLVAREZ, empresaria, domiciliada Manuel Rodríguez 0855, comuna de Gorbea; y don ELÍAS EZEQUIEL SÁEZ TORRES, estudiante, domiciliado en Manuel Rodríguez 855, comuna de Gorbea, modificaron: SOCIEDAD SÁEZ Y TORRES LIMITADA, constituida por escritura otorgada en la notaría de Temuco de don Jorge Elías Tadres Hales, EL 29 de julio del 2015, extracto se inscribió a fojas 20 V N°19 EN Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Pitrufquén, DEL 2015 y se publicó en D. Of. de 07 de Agosto de 2015. Por instrumento, don JOSÉ HERALDO SÁEZ SALAZAR vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos en la Sociedad, equivalentes al 50% del interés social a don ELÍAS EZEQUIEL SAÉZ TORRES, ya individualizado, quien los compra, acepta y adquiere para sí. Precio indicado instrumento extractado. Consecuencia cesión quedan como únicos socios de la sociedad doña MIRIAM LORENA TORRES ALVAREZ con un 50% de los derechos sociales y; don ELÍAS EZEQUIEL SAÉZ TORRES con un 50% de los derechos sociales. Conforme la nueva participación, socios modifican la sociedad y reemplazan el artículo sexto del pacto social, por el siguiente artículo sexto: “SEXTO: Del capital social: El capital de la sociedad es la cantidad de $3.000.000.-, que los socios o sus antecesores aportaron de la siguiente forma: a) El socio don ELÍAS EZEQUIEL SAÉZ TORRES, aporta la suma de $1.500.000.-, pagado con anterioridad a este acto; y, b) la socia doña MIRIAM LORENA TORRES ALVAREZ, aporta la suma de $1.500.000.-, pagado con anterioridad a este acto. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- Temuco, Julio 23, 2021.