Instrumento
- Fecha
- 9 de agosto de 2021
- Notario
- Alejandro Américo Alvarez Barrera
- Oficio
- 41 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
Objeto social
Desarrollar el negocio inmobiliario, y de inversión pudiendo al efecto: a) Comprar, vender, arrendar y en general explorar y explotar en cualquier forma toda clase de bienes muebles e inmuebles rústicos o urbanos; b) La administración de éstos la construcción, enajenación, adquisición, y explotación por si o por cuenta de terceros de los mismos, y todo ello, por cuenta propia o ajena; c) Servicios de construcción en su más amplio sentido; d) Actividades inmobiliarias y de inversión, y de gestión inmobiliaria, como de inversión con bienes propios, arrendados o de terceros; d) Prestar todo tipo o clase de consultorías, asesorías, evaluación de proyectos, y en general, la prestación de toda clase de servicios técnicos, y profesionales en su más amplio sentido y toda clase de negocios relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado; e) Corretaje de propiedades, f) La prestación de toda clase de consultorías, asesorías, evaluación de proyecto y, en general, la prestación de toda clase de servicios técnicos y profesionales en su más amplio sentido; g) La ejecución de toda clase de actos de comercio, contratos de promesas sobre bienes muebles e inmuebles, y la ejecución de toda clase de negocios orientados a los fines precedentes, ya sea con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras; h) Financiamiento, factoring, leasing, leasing financiero, y actividades de crédito hipotecario y prendario; i) Actividades agrícolas en su más amplio sentido; j) En general, el desarrollo de toda clase de actos, contratos, convenciones, negocios o actividades directa o indirectamente relacionados con las actividades del objeto social y todas aquellas que resulten necesarias o convenientes para el desarrollo y cumplimiento del objeto señalado precedentemente, todo ello sin perjuicio de los demás negocios que acuerden los socios por unanimidad. La Sociedad podrá desarrollar su objeto directamente o a través de cualquiera otra Sociedad o entidad de que forme parte o en que participe
Administración
La administración, representación y uso de la razón social le corresponderá a don PATRICIO ALEJANDRO GUERRA MATUS, don SEBASTIAN ARTURO BOSAANS CARVAJAL y don NICOLAS ALFONSO IGLESIAS BASCUÑÁN, quienes actuando dos cualquiera de ellos conjuntamente, la ejercerán directamente o mediante uno o más mandatarios especialmente designados al efecto por escritura pública
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalAlejandro Américo Alvarez Barrera, Notario Público 41 Notaría Santiago, Suplente titular Félix Jara Cadot, Huérfanos 1160, subsuelo, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí,, don PATRICIO ALEJANDRO GUERRA MATUS, chileno, soltero, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número trece millones ochocientos cuarenta y un mil seiscientos cuarenta y cinco guion tres; don SEBASTIAN ARTURO BOSAANS CARVAJAL, chileno, divorciado, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número nueve millones ochocientos noventa y siete mil doscientos noventa guion cero; don NICOLAS ALFONSO IGLESIAS BASCUÑÁN, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número nueve millones novecientos nueve mil ochocientos sesenta guion cero, constituyeron Sociedad por Acciones. Nombre. “SOCIEDAD BEST INVEST SPA” que podrá usar también como nombre de fantasía la denominación abreviada “BEST INVEST SPA” Objeto. Desarrollar el negocio inmobiliario, y de inversión pudiendo al efecto: a) Comprar, vender, arrendar y en general explorar y explotar en cualquier forma toda clase de bienes muebles e inmuebles rústicos o urbanos; b) La administración de éstos la construcción, enajenación, adquisición, y explotación por si o por cuenta de terceros de los mismos, y todo ello, por cuenta propia o ajena; c) Servicios de construcción en su más amplio sentido; d) Actividades inmobiliarias y de inversión, y de gestión inmobiliaria, como de inversión con bienes propios, arrendados o de terceros; d) Prestar todo tipo o clase de consultorías, asesorías, evaluación de proyectos, y en general, la prestación de toda clase de servicios técnicos, y profesionales en su más amplio sentido y toda clase de negocios relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado; e) Corretaje de propiedades, f) La prestación de toda clase de consultorías, asesorías, evaluación de proyecto y, en general, la prestación de toda clase de servicios técnicos y profesionales en su más amplio sentido; g) La ejecución de toda clase de actos de comercio, contratos de promesas sobre bienes muebles e inmuebles, y la ejecución de toda clase de negocios orientados a los fines precedentes, ya sea con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras; h) Financiamiento, factoring, leasing, leasing financiero, y actividades de crédito hipotecario y prendario; i) Actividades agrícolas en su más amplio sentido; j) En general, el desarrollo de toda clase de actos, contratos, convenciones, negocios o actividades directa o indirectamente relacionados con las actividades del objeto social y todas aquellas que resulten necesarias o convenientes para el desarrollo y cumplimiento del objeto señalado precedentemente, todo ello sin perjuicio de los demás negocios que acuerden los socios por unanimidad. La Sociedad podrá desarrollar su objeto directamente o a través de cualquiera otra Sociedad o entidad de que forme parte o en que participe. Capital. El capital es la suma de $3.000.000, dividido en 300 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. Capital íntegramente suscrito y pagado en la forma indicada en las disposiciones transitorias. Administración. La administración, representación y uso de la razón social le corresponderá a don PATRICIO ALEJANDRO GUERRA MATUS, don SEBASTIAN ARTURO BOSAANS CARVAJAL y don NICOLAS ALFONSO IGLESIAS BASCUÑÁN, quienes actuando dos cualquiera de ellos conjuntamente, la ejercerán directamente o mediante uno o más mandatarios especialmente designados al efecto por escritura pública. Domicilio: Santiago. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 09 agosto de 2021.