MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

SEA GARDEN S.A.

RUT 76628460-4 CVE 1994743
Fecha instrumento
12 de julio de 2021

Instrumento

Fecha
12 de julio de 2021
Repertorio
37199

Sociedad

Ley aplicable
Ley 19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JAVIER IGNACIO HORMAZABAL COLLAO, Notario de Santiago, Suplente del Titular Pedro Ricardo Reveco Hormazábal, Bandera 341, oficina 352, certifico: Que por escritura pública de fecha 12 de Julio de 2021, ante mí, Repertorio 37.199, señores JUAN MANUEL VERDIER TARIGO, ingeniero comercial, Rut No. 14.756.264-0, Av. El Retiro No. 1332, Parque Los Maitenes, comuna de Pudahuel, Santiago, Región Metropolitana; y SINTESIS S.A., sociedad del giro de inversiones, Rut No. 59.036.830-K, con domicilio para estos efectos en Parcela No. 26 del Sector La Laja, comuna de Puerto Varas, Décima Región de Los Lagos, en su calidad de únicos y actuales accionistas de la sociedad SEA GARDEN S.A., Rut No. 76.628.460-4, sanearon de común acuerdo, de conformidad a lo dispuesto en la Ley 19.499, la escritura pública de fecha 26 de Febrero de 2021, otorgada en esta misma Notaría, en la cual se modificó y dividió la sociedad anterior, naciendo una nueva sociedad cuyo nombre y razón social es INVERSIONES SUR S.A., cuyos estatutos se pactaron en la citada escritura, y modificándose, asimismo, los Estatutos Sociales de la sociedad dividida, en lo referente a su capital social y acciones. Saneamiento obedece a que el extracto de esta escritura no fue publicado dentro del plazo legal, la cual se materializó con fecha 25 de Junio de 2021, y tampoco fue inscrito en los Registros de Comercio tanto del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt como de Puerto Varas. Lo señalado anteriormente configuró la causal de nulidad a que se refiere el artículo primero de la Ley 19499, publicada en el Diario Oficial de fecha 11 de Abril de 1997, que establece normas sobre Saneamiento de Vicios de Nulidad de Sociedades, al tratar el incumplimiento de alguna solemnidad legal en la constitución o modificación de una sociedad, conteniendo la misma un vicio formal, por cuanto el extracto a que se refiere el párrafo anterior no fue inscrito ni publicado dentro del plazo que la Ley establece para ello. 2) Asimismo, accionistas ratificaron en todas sus partes los mencionados acuerdos de modificación y división de sociedad, adoptados en la Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha 19 de Febrero del año 2021 y reducida a escritura pública con fecha 26 de Febrero del 2021, otorgada en esta misma Notaria, materia de este saneamiento, dejándose constancia que de conformidad a lo establecido en el artículo segundo de la Ley 19499, la escritura pública de saneamiento producirá sus efectos una vez inscrito su extracto en los Registros de Comercio respectivos y publicado en el Diario Oficial. Sociedad dividida se encuentra inscrita originalmente a fojas 638 No. 449 Registro Comercio Puerto Montt y a fojas 204 No. 152 Registro Comercio Puerto Varas, ambas 2006. Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. Santiago, 13 de Agosto de 2021. JAVIER IGNACIO HORMAZABAL COLLAO, Notario Suplente.