CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA HOM SpA

RUT 12232672-1 CVE 1994302
Fecha instrumento
12 de agosto de 2021
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
12 de agosto de 2021
Repertorio
40935

Sociedad

Domicilio
Santiago, Región Metropolitana
Duración
Indefinida

Objeto social

a) La adquisición a cualquier título de bienes raíces con o sin edificaciones, su explotación bajo la forma de compraventas, subdivisiones, administraciones, arrendamientos, concesiones y otros similares, la construcción, remodelación, mejoramiento y urbanización de los mismos, así como por cuenta propia o ajena, y su comercialización; b) La inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, la percepción de los frutos y rentas de los negocios antes descritos, y su reinversión; c) La asesoría en toda clase de proyectos inmobiliarios, financieros o de cualquiera otra naturaleza; y d) La ejecución de todos los actos y contratos que sean complementarios y necesarios para el cumplimiento del

Administración

Se estableció que la sociedad carecerá de Directorio y la administración corresponderá a un Gerente General, el que se designó en el Artículo Tercero Transitorio de la escritura extractada, nombramiento del que se tomará razón y se subinscribirá al margen de la inscripción de la presente compañía en el Registro de Comercio respectivo. Dicho Gerente General podrá ser revocado y nombrado su reemplazante, por la Junta de Accionistas por mayoría del 75 por ciento de las acciones emitidas. El Acta que contenga dicha nominación, deberá reducirse a escritura pública y subinscribirse al margen de la inscripción de la presente compañía en el Registro de Comercio respectivo. El Gerente General, anteponiendo la razón social a su nombre y firma, representará a la Sociedad con las facultades señaladas en la escritura que se extracta. En la misma escritura se designó como Gerente General a doña Ana María Correa Eyzaguirre

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JAVIER IGNACIO HORMAZABAL COLLAO, Notario de Santiago, Suplente del Titular Pedro Ricardo Reveco Hormazábal, Bandera 341, Of. 352, certifica que con fecha 27 de Julio 2021, repertorio 40.935, ante mí,ANA MARÍA CORREA EYZAGUIRRE, chilena, casada y separada de bienes, pedagoga, cédula de identidad y rol único tributario número 12.232.672-1, MAGDALENA OLEA URREJOLA, chilena, casada y separada de bienes, periodista, cédula de identidad y rol único tributario número dieciocho millones cuatrocientos sesenta y dos mil quinientos noventa y nueve guión siete, MARIA AMELIA OLEA URREJOLA, chilena, casada y separada de bienes, abogada, cédula de identidad y rol único tributario número dieciocho millones seiscientos cuarenta y un mil trescientos cincuenta y siete guión uno, MARIA DEL PILAR OLEA URREJOLA, chilena, soltera, egresada de Derecho, cédula de identidad y rol único tributario número diecinueve millones seiscientos ochenta y nueve mil quinientos treinta y dos guión dos y DOMINGO OLEA URREJOLA, chileno, soltero, estudiante, cédula nacional de identidad y rol único tributario número veinte millones seiscientos sesenta y cinco mil trescientos sesenta y nueve guión ocho, todos con domicilio en Avda. Luis Pasteur 7419, depto. 2 B, de la Comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyeron sociedad por acciones, con siguientes especificaciones: Nombre: " INMOBILIARIA HOM SpA”. Domicilio: Santiago, Región Metropolitana. Duración: Indefinida. Objeto: a) La adquisición a cualquier título de bienes raíces con o sin edificaciones, su explotación bajo la forma de compraventas, subdivisiones, administraciones, arrendamientos, concesiones y otros similares, la construcción, remodelación, mejoramiento y urbanización de los mismos, así como por cuenta propia o ajena, y su comercialización; b) La inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, la percepción de los frutos y rentas de los negocios antes descritos, y su reinversión; c) La asesoría en toda clase de proyectos inmobiliarios, financieros o de cualquiera otra naturaleza; y d) La ejecución de todos los actos y contratos que sean complementarios y necesarios para el cumplimiento del objeto social. La sociedad podrá desarrollar su giro en forma directa o participando con otras compañías en los negocios, sea bajo la forma de sociedades, consorcios u otras formas jurídicas en que tenga propiedad de dichas entidades.Capital: cincuenta millones de pesos, dividido en mil de acciones ordinarias, nominativas, de una única serie, sin valor nominal, que se suscribe, entera; paga y/o compromete su pago en la forma establecida en las disposiciones transitorias de los Estatutos Sociales de la Sociedad. En el artículo primero transitorio se estableció que Ana María Correa Eyzaguirre, suscribió la cantidad de doscientas acciones, de las que paga en el acto sólo la cantidad de veinte acciones a un valor de suscripción y pago de un millón de pesos en dinero efectivo, el que queda ingresado a la caja social, el saldo de las 180 acciones suscritas las pagará dentro del plazo de diez años a contar de la fecha de la escritura extractada, de acuerdo a las necesidades de la caja social; b) Magdalena Olea Urrejola, suscribió la cantidad de doscientas acciones, de las que paga en el acto sólo la cantidad de veinte acciones a un valor de suscripción y pago de un millón de pesos en dinero efectivo, el que queda ingresado a la caja social, el saldo de las 180 acciones suscritas las pagará dentro del plazo de diez años a contar de la fecha de la escritura extractada, de acuerdo a las necesidades de la caja social; c) María Amelia Olea Urrejola, suscribe la cantidad de doscientas acciones, de las que paga en este acto sólo la cantidad de veinte acciones a un valor de suscripción y pago de un millón de pesos en dinero efectivo, el que queda ingresado a la caja social, el saldo de las 180 acciones suscritas las pagará dentro del plazo de diez años a contar de la fecha de la escritura que se extracta, de acuerdo a las necesidades de la caja social; d) María del Pilar Olea Urrejola, suscribe la cantidad de doscientas acciones, de las que paga en este acto sólo la cantidad de veinte acciones a un valor de suscripción y pago de un millón de pesos en dinero efectivo, el que queda ingresado a la caja social, el saldo de las 180 acciones suscritas las pagará dentro del plazo de diez años a contar de la fecha de la escritura extractada, de acuerdo a las necesidades de la caja social; y e) Domingo Olea Urrejola, suscribe la cantidad de las doscientas acciones restantes, de las que paga en este acto sólo la cantidad de veinte acciones a un valor de suscripción y pago de un millón de pesos en dinero efectivo, el que queda ingresado a la caja social, el saldo de las 180 acciones suscritas las pagará dentro del plazo de diez años a contar de la fecha de la escritura extractada, de acuerdo a las necesidades de la caja social. Administración: Se estableció que la sociedad carecerá de Directorio y la administración corresponderá a un Gerente General, el que se designó en el Artículo Tercero Transitorio de la escritura extractada, nombramiento del que se tomará razón y se subinscribirá al margen de la inscripción de la presente compañía en el Registro de Comercio respectivo. Dicho Gerente General podrá ser revocado y nombrado su reemplazante, por la Junta de Accionistas por mayoría del 75 por ciento de las acciones emitidas. El Acta que contenga dicha nominación, deberá reducirse a escritura pública y subinscribirse al margen de la inscripción de la presente compañía en el Registro de Comercio respectivo. El Gerente General, anteponiendo la razón social a su nombre y firma, representará a la Sociedad con las facultades señaladas en la escritura que se extracta. En la misma escritura se designó como Gerente General a doña Ana María Correa Eyzaguirre. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 12 de Agosto de 2021, Notario Suplente.