Instrumento
- Fecha
- 9 de agosto de 2021
- Notario
- WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ. Abogado
- Oficio
- 49° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Duración
- Indefinida
Administración
será de don ISMAEL ALEJANDRO VENEGAS ALCAINO, quien anteponiendo su firma al nombre de la mandante, podrá representar a la Sociedad con todas y cada una d la facultades indicadas en los artículos décimo tercero y décimo cuarto de los estatutos sociales, esto es, el Gerente General tendrá la representación legal, judicial y extrajudicial de la Sociedad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalWLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ. Abogado, Notario Público de la 49° Notaria de Santiago, Amunategui N° 391 Local 1, CERTFICA: Por escritura publica hoy ante mí, Don ISMAEL ALEJANDRO VENEGAS ALCAINO, chileno, casado, comerciante, cedula de identidad número 16.376.474-1, con domicilio en calle las Faldas número 01063 , comuna de Recoleta, Región Metropolitana, quien constituye una sociedad por acciones ¨IDEAS MUEBLES SpA.¨ La que podrá también actuar válidamente y para todos los efectos, incluso ante Bancos e instituciones financieras, bajo el nombre de fantasía ¨IDEAS MUEBLES¨ Objeto el objeto de la presente sociedad será: A) Fabricación y comercialización de muebles, B) Importación y exportación de insumos para muebles. C) Diseño y publicidad de muebles. Capital Inicial y Acciones. El capital inicial de la sociedad que de acuerdo a lo expresado en el artículo quinto permanente asciende a la cantidad de tres millones de pesos divididos en 300 acciones, el cual se suscribe y paga de la siguiente manera, don ISMAEL ALEJANDRO VENEGAS ALCAINO, ya individualizado, suscribe 300 acciones por el monto de tres millones de pesos y en donde paga en este acto y en dinero en efectivo. El o los accionistas solo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad. Duración: La sociedad comenzará sus operaciones con esta fecha y el plazo de duración será indefinido. Administración: será de don ISMAEL ALEJANDRO VENEGAS ALCAINO, quien anteponiendo su firma al nombre de la mandante, podrá representar a la Sociedad con todas y cada una d la facultades indicadas en los artículos décimo tercero y décimo cuarto de los estatutos sociales, esto es, el Gerente General tendrá la representación legal, judicial y extrajudicial de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 09 Agosto 2021.