MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

TRANSPORTES KRUSE LIMITADA

RUT 76114253-4 CVE 1993892
Capital
$872.827.320 CLP
Fecha instrumento
3 de agosto de 2021
Notaría
Los Ángeles
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
3 de agosto de 2021
Notario
Juan Mauricio Araneda Medina
Oficio
Cuarta Notaría de Los Ángeles
Comuna
Los Ángeles

Sociedad

Capital
$872.827.320 CLP
Domicilio
Los Ángeles
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto o giro de la sociedad será la explotación del rubro transportes terrestre de carga ajena de cualquier naturaleza, como insumos y materias primas, maderas de todas las especies, en trozos, en bruto o elaboradas y mercaderías y bienes en general, tanto para rutas y mercados nacionales como internacionales.;

Administración

La administración, representación y el uso de la razón social de la compañía corresponderá a don AVELINO ERNESTO KRUSE ARRIAGADA, y a don ERNESTO ANDRES KRUSE BAEZA, quiénes actuarán en calidad de administradores estatutarios, de forma separada e indistinta, con las más amplias facultades, debiendo anteponer su firma a la

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
TRANSPORTES KRUSE LIMITADA socio 76114253-4

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Juan Mauricio Araneda Medina, Notario Público de la Cuarta Notaría de Los Ángeles, domiciliado en calle Caupolicán número 355, Los Ángeles, certifica: Por escritura pública, Rep. 3942-2021, hoy ante mí: AVELINO ERNESTO KRUSE ARRIAGADA C.I. N°5.641.319-7; MARÍA ANGÉLICA BAEZA ROSA, C.I. N°7.225.064-8; ERNESTO ANDRÉS KRUSE BAEZA, C.I. N°18.412.631-1, por sí y por CAROLINA ANDREA KRUSE BAEZA, C.I. N°15.208.550-8; todos domiciliados en Avenida Las Industrias 13.060, KM 513, Los Ángeles, quienes transformaron TRANSPORTES KRUSE LIMITADA, RUT 76.114.253-4, inscrita en el registro de Comercio de Los Ángeles de 2010, a fojas 640 número 433, capital $872.827.320, en el siguiente sentido: TRANSFORMACIÓN, REPACTO Y TEXTO REFUNDIDO: Los únicos y actuales socios de la compañía, modificaron los estatutos de la sociedad transformándola en una sociedad por acciones, repactandola y otorgando un nuevo texto refundido del cual extracto lo siguiente: NOMBRE: “TRANSPORTES KRUSE SpA”; OBJETO: El objeto o giro de la sociedad será la explotación del rubro transportes terrestre de carga ajena de cualquier naturaleza, como insumos y materias primas, maderas de todas las especies, en trozos, en bruto o elaboradas y mercaderías y bienes en general, tanto para rutas y mercados nacionales como internacionales.; DOMICILIO: Los Ángeles; DURACIÓN: Indefinida; CAPITAL: El capital será la suma de $872.827.320, dividido en 100.000 acciones ordinarias, nominativas de igual valor de una misma serie, y sin valor nominal, el cual se encuentra pagado y suscrito de la siguiente forma: Uno) AVELINO ERNESTO KRUSE ARRIAGADA, suscribe 40.000 acciones, las que se encuentran pagadas con anterioridad a este acto; Dos) MARÍA ÁNGELICA BAEZA ROSE, suscribe 20.000 acciones, de las cuales 230 acciones se encuentran pagadas con anterioridad a este acto, quedando pendientes de pago 19.770 acciones, las que se pagarán en un plazo de 10 años, desde la presente escritura; Tres) CAROLINA ANDREA KRUSE BAEZA, suscribe 20.000 acciones, de las cuales de las cuales 230 acciones se encuentran pagadas con anterioridad a este acto, quedando pendientes de pago 19.770 acciones, las que se pagarán en un plazo de 10 años, desde la presente escritura; Cuatro) ERNESTO ANDRÉS KRUSE BAEZA, suscribe 20.000 acciones, de las cuales de las cuales 230 acciones se encuentran pagadas con anterioridad a este acto, quedando pendientes de pago 19.770 acciones, las que se pagarán en un plazo de 10 años, desde la presente escritura. En consecuencia, 40.690 acciones quedan ´íntegramente suscritas y pagadas, quedando pendientes de pago 59.310 acciones; ADMINISTRACIÓN: La administración, representación y el uso de la razón social de la compañía corresponderá a don AVELINO ERNESTO KRUSE ARRIAGADA, y a don ERNESTO ANDRES KRUSE BAEZA, quiénes actuarán en calidad de administradores estatutarios, de forma separada e indistinta, con las más amplias facultades, debiendo anteponer su firma a la razón social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Los Angeles, 03 de Agosto de 2021.-