Inversiones Millahue Limitada
Instrumento
- Fecha
- 9 de julio de 2021
- Notario
- IVÁN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- Trigésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, domiciliado en Huérfanos número 979, oficina 501, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública otorgada hoy, ante mí, MARÍA PAZ SILVA SAINTE-MARIE, diseñadora, cédula nacional de identidad número 8.776.146-6; don FELIPE EUGENIO SILVA SAINTE-MARIE, ingeniero agrónomo, cédula nacional de identidad número 12.038.466-k; don VICENTE ALFONSO SILVA SAINTE-MARIE, ingeniero civil, cédula nacional de identidad número 12.038.467-8; doña MARIA CECILIA SAINTE-MARIE CASTRO, dueña de casa, cédula nacional de identidad número 6.066.636-9; doña MARIA CECILIA SILVA SAINTE-MARIE, administradora de empresas, cédula nacional de identidad número 12.038.468-8; doña MARIA MAGDALENA SILVA SAINTE-MARIE, periodista, cédula nacional de identidad 15.377.540-0; don FRANCISCO JAVIER SILVA SAINTE-MARIE, relacionador público, cédula nacional de identidad número 16.707.686-6 y; don EUGENIO ENRIQUE SILVA ROZAS, ingeniero agrónomo, cédula nacional de identidad número 5.298.050-8, todos domiciliados en Avenida del Valle Sur número 662 piso 100, Comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, modificaron INVERSIONES MILLAHUE LIMITADA, en los siguientes términos: en los siguientes términos: A) Modificando y reemplazando el numeral TERCERO del pacto social relativo a su razón social, por el siguiente: “TERCERO: La razón social será "INVERSIONES SISAMAR LIMITADA”, pudiendo usar para fines, publicitarios, bancarios comerciales y cualquier otro el nombre de fantasía “ SISAMAR LTDA.” y, B) Modificando y reemplazando el numeral DECIMO de los estatutos sociales, relativo a su duración, por el siguiente: “DECIMO: La sociedad tendrá una duración hasta el día 31 de diciembre del año 2030 y se renovará tácita y sucesivamente por periodos iguales y sucesivos de 50 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su intención de ponerle término, en los términos indicados en escritura extractada. Demás estipulaciones de orden interno, constan en escritura extractada. Santiago, 9 de julio de 2021.