MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Inmobiliaria Ojos Buenos SpA

RUT 77244404-4 CVE 1994097
Fecha instrumento
25 de junio de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
25 de junio de 2021
Repertorio
6811-2021
Notario
PATRICIO RABY BENAVENTE
Oficio
Quinta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

a) Prestar asesorías en áreas legales, inmobiliarias, estratégicas, administrativas, financieras, bursátiles, mercantiles, y educacionales, a través de sus socios; b) formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y c) cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; y cualquier otro negocio que acordaren los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO RABY BENAVENTE, abogado, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Santiago, Gertrudis Echenique N° 30, oficina 32, Las Condes, certifica que por escritura pública otorgada con Repertorio 6811-2021 de fecha 25 de Junio de 2021, ante mí suplente doña Maria Virginia Wielandt Covarrubias, GUSTAVO ADOLFO RAMÓN PARRAGUEZ GAMBOA, cédula de identidad número 8.457.751-0, domiciliado en Avenida Apoquindo, 3885, oficina 1701, Las Condes; y RAMÓN HORACIO KAHLER GONZÁLEZ, cédula de identidad número 9.381.129-1, domiciliado en calle Los Gladiolos, 2961, Providencia, Región Metropolitana, modificaron la sociedad denominada “Inmobiliaria Ojos Buenos SpA”, en adelante “Sociedad”, constituida con fecha 14 de septiembre del 2020, en la Notaría de Las Condes de don Patricio Raby Benavente, extracto inscrito a fojas 61536, N°29.360, año 2020, del Registro de Comercio de Santiago. Modificaciones que constan en escritura extractada consisten en lo siguiente: a) Los socios acuerdan ampliar y, en consecuencia, modificar el objeto de la sociedad “Inmobiliaria Ojos Buenos Spa”. Por consiguiente, se modificó el artículo tercer del estatuto social por el siguiente precepto: “ARTÍCULO TERCERO: La Sociedad tendrá por objeto: a) Prestar asesorías en áreas legales, inmobiliarias, estratégicas, administrativas, financieras, bursátiles, mercantiles, y educacionales, a través de sus socios; b) formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y c) cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; y cualquier otro negocio que acordaren los socios. Para el cumplimiento de su objeto específico, la sociedad podrá actuar siempre por cuenta propia o ajena, y formar o integrar personas jurídicas de cualquier naturaleza, de las cuales podrá incluso asumir la administración y, la realización de los demás negocios afines y lícitos que los socios de común acuerdo establezcan.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 12 de Julio de 2021, Patricio Raby Benavente.- Notario Público.