COOPERATIVA AGRICOLA CAMPO LINDO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 26 de junio de 2021
- Notario
- JUAN ANTONIO RETAMAL CONCHA
- Domicilio
- Arica
Sociedad
- Domicilio
- La Cooperativa está domiciliada en la Comuna de Arica, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Cooperativa tiene como objetos específicos dedicarse a la compraventa, distribución, producción y transformación de bienes, productos y servicios relacionados con la actividad agroindustrial, con el fin de procurar un mayor rendimiento de ella y que actúan preferentemente en un medio rural y propenden al desarrollo social, económico y cultural de sus
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ANTONIO RETAMAL CONCHA, Notario Público Arica, Baquedano 65, certifico: Por escritura pública, hoy ante mí, don LUIS ALBERTO HERNANDEZ CABRERA, chileno, casado, pensionado, C.I. 7.067.590-0, domicilio Arica, Pasaje Teniente Vidal No. 2282 y don HABIB SAID KAMIL KABALAN ACUÑA, chileno, soltero, ingeniero comercial, C.I. 16.225.616-5, domicilio Arica, Valle de Azapa, Km. 1 No. 610, redujeron a Escritura Pública el ACTA DE LA JUNTA GENERAL CONSTITUTIVA Y ESTATUTOS DE LA “COOPERATIVA AGRÍCOLA CAMPO LINDO LIMITADA”, de fecha 26 de junio de 2021, en los términos que se contienen en la Ley General de Cooperativas, su Reglamento y demás disposiciones legales aplicables, se constituyó la COOPERATIVA AGRICOLA CAMPO LINDO LIMITADA. OBJETO SOCIAL: La Cooperativa tiene como objetos específicos dedicarse a la compraventa, distribución, producción y transformación de bienes, productos y servicios relacionados con la actividad agroindustrial, con el fin de procurar un mayor rendimiento de ella y que actúan preferentemente en un medio rural y propenden al desarrollo social, económico y cultural de sus socios. La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios igual neutralidad en sus actividades internas. DOMICILIO: La Cooperativa está domiciliada en la Comuna de Arica, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero DURACION: La Cooperativa tendrá una duración indefinida, sin perjuicio de las causales generales de disolución contempladas en la Ley General de Cooperativas. CAPITAL: El Capital inicial suscrito y pagado es de tres millones trescientos mil pesos, dividido en treinta y tres Cuotas de Participación, de un valor inicial de cien mil pesos cada una. Quienes ingresen con posterioridad a la constitución de esta cooperativa deberán suscribir y pagar el número mínimo de Cuotas de Participación, cuyo valor será el resultado de la materialización de los acuerdos de la Junta General Obligatoria que se pronunció sobre el balance al treinta y uno de diciembre del año inmediatamente anterior. Sin perjuicio de lo anterior, el valor de las Cuotas de Participación se actualizará anualmente en las oportunidades que indique la Ley o lo establezca el Departamento de Cooperativas. El Capital de la Cooperativa será variable e ilimitado y tendrá como mínimo inicial el que se fija en éste Estatuto. RESPONSABILIDAD: La persona que ingrese a la Cooperativa responderá con sus aportes de las obligaciones contraídas por la entidad antes de su ingreso. La responsabilidad de los socios de la Cooperativa estará limitada al monto de sus Cuotas de Participación. Toda estipulación en contrario es nula. ESTRUCTURA ÓRGANICA: La dirección, administración, operación y vigilancia de la Cooperativa estará a cargo de: a) La Junta General de Socios; b) El Consejo de Administración; c) El Gerente; d) La Junta de Vigilancia. Ninguna persona que desempeñe en la Cooperativa un cargo remunerado, por concepto de contrato laboral o en calidad de honorarios vía prestación de servicios, podrá desempeñar al mismo tiempo cargos directivos en ninguna de sus formas. Serán incompatibles, los cargos en el Consejo de Administración con los de la Junta de Vigilancia. CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN PROVISORIO: Nómbrase a las siguientes personas para que constituyan el Consejo de Administración Provisional a contar de esta fecha y hasta la primera Junta General que se celebre. Miembros Titulares: PRESIDENTE: JUAN ELIAS CAMPOS CORTES. SECRETARIO: LIZETH VIVIANA CHOQUE CHOQUE. TESORERO: LUIS ALBERTO HERNANDEZ CABRERA. PRIMER DIRECTOR: HABIB SAID KAMIL KABALAN ACUÑA. SEGUNDO DIRECTOR: LUIS JAVIER GARCIA SEPULVEDA.- ARTICULO SEGUNDO: JUNTA DE VIGILANCIA PROVISORIA: Nómbrese a las siguientes personas para que constituyan la Junta de Vigilancia Provisional a contar de esta fecha y hasta la primera Junta General que se celebre. Miembros Titulares: Miembro suplente: JAIME EDUARDO CONTRERAS CARRASCO. HECTOR ALEJANDRO MILLA BRAVO. MARCELO ISAIAS SEPULVEDA SANTA MARIA.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Arica, de julio de 2021.-