INVERSIONES MONTEROSSO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de agosto de 2021
- Repertorio
- 15011-2021
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos N° 941, local 302, Pasaje Matte, comuna de Santiago, certifico que mediante escritura pública otorgada ante mí con fecha 5 de agosto de 2021, Repertorio N° 15.011-2021, don Rodrigo Juan Alarcón Jara por sí y en representación de doña María Soledad Vallebona Amunátegui, y de don Rodrigo Andrés, María Fernanda, María Alejandra, María José y María Ignacia, todos los últimos de apellidos Alarcón Alarcón, todos domiciliados para estos efectos en Paseo de Alcalá N° 10.776, comuna de Lo Barnechea, Santiago, acordó modificar los estatutos de la sociedad "INVERSIONES MONTEROSSO LIMITADA", inscrita a fojas 1.726 N° 1.164 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2014, en el sentido de sustituir el numeral cuarenta y dos del artículo Sexto de los estatutos de la sociedad sobre "Administración, uso de la razón social y representación", por el siguiente nuevo texto: "SEXTO. ADMINISTRACIÓN, USO DE LA RAZÓN SOCIAL Y REPRESENTACIÓN: Cuarenta y dos: Representar judicialmente a la sociedad con las facultades señaladas en el artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil, inclusive las de su inciso segundo, las que se dan por expresamente reproducidas. El administrador podrá representar a la sociedad en todos los juicios o gestiones judiciales en que ésta tenga interés ante cualquier tribunal de orden judicial, de compromiso o administrativo de la República y en juicios de cualquier naturaleza, así intervenga la sociedad como demandante o demandada, tercerista, coadyuvante o excluyente, o a cualquier título o en cualquiera otra forma. En caso de fallecimiento, interdicción, impedimento, incapacidad o ausencia temporal o prolongada del socio administrador don RODRIGO JUAN ALARCÓN JARA, lo que no será necesario acreditar frente a terceros, la administración y uso de la razón social le corresponderá a doña MARÍA SOLEDAD VALLEBONA AMUNÁTEGUI conjuntamente con uno cualquiera de los señores FERNANDO OSCAR ALARCÓN JARA o GONZALO ERRÁZURIZ HERRERA, quienes representarán a la sociedad con las facultades señaladas precedentemente." En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de un extracto de la escritura citada para requerir y firmar las inscripciones, subinscripciones, anotaciones y publicaciones que procedan en los Registros correspondientes del Conservador de Bienes Raíces competente, y para efectuar todos los demás trámites relacionados con su legalización. Santiago, 10 de agosto de 2021. Luis Ignacio Manquehual Mery.