CONSTRUCTORA UMBRALES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de julio de 2021
- Repertorio
- 14390
- Notario
- LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $55.382.940 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, abogado, Notario Público titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 941, oficina 302, comuna y ciudad de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 27/07/2021, Repertorio 14.390, ante mí, don José Francisco Hurtado Ruiz-Tagle, C.I. 7.034.996-5 por sí y en representación de Inversiones Panguipulli SpA, rut 77.345.970-3; Inversiones D`Anoia Limitada, rut 77.160.710-1; Juan Luis Hurtado Ruiz-Tagle, C.I. 7.034.992-2 por sí y en representación de Inversiones Cordillera Blanca Limitada, rut 76.256.774-1; y Felipe David Hojman Herrera, C.I. 12.143.923-9 por sí y en representación de Inversiones y Asesorías Everest Limitada, rut 76.023.348-K; todos domiciliados Av. La Dehesa No.1.822, of. 202, Comuna de Lo Barnechea, Ciudad Santiago como únicos y actuales socios de CONSTRUCTORA UMBRALES LIMITADA, inscrita a fojas 50.766 No. 35.463 Registro Comercio Santiago año 2010, modifican sociedad siguiente sentido: 1) Se retira de la sociedad la socia Inversiones D`Anoia Limitada, la que vende cede y transfiere totalidad de sus derechos sociales equivalentes al 25% del total de los derechos sociales de la siguiente forma: a Inversiones Panguipulli SpA, un 12,5% del total de los derechos sociales; y a la sociedad Inversiones y Asesorías Everest Limitada, un 12,5% del total de los derechos sociales. Precio y forma de pago indicados en escritura. Como consecuencia de la cesión quedan como actuales y únicos socios: i./ José Francisco Hurtado Ruiz-Tagle, con un 1,4445% total del capital y derechos sociales; ii./ Inversiones Panguipulli SpA, con un 36,0555% total del capital y derechos sociales; iii./ Juan Luis Hurtado Ruiz-Tagle, con un 1,4445 % total del capital y derechos sociales; iv./ Inversiones Cordillera Blanca Limitada, con un 23,5555% total del capital y derechos sociales; v./ Felipe David Hojman Herrera, con un 1,4445 % total del capital y derechos sociales; vi./ Inversiones y Asesorías Everest Limitada, con un 36,0555% total del capital y derechos sociales. 2) Modifican la cláusula Tercera de los estatutos sociales, relativa al capital social, en el sentido que el capital de la sociedad es $55.382.940.- íntegramente suscrito y pagado en dinero de la siguiente manera: i./ José Francisco Hurtado Ruiz-Tagle, un 1,4445% total del capital y derechos sociales con $800.000.-; ii./ Inversiones Panguipulli SpA, un 36,0555% total del capital y derechos sociales con $19.968.602.-iii./ Juan Luis Hurtado Ruiz-Tagle, un 1,4445% total del capital y derechos sociales con $800.000.-iv./ Inversiones Cordillera Blanca Limitada, un 23,5555% total del capital y derechos sociales con $13.045.736.-; v./ Felipe David Hojman Herrera, un 1,4445% total del capital y derechos sociales con $800.000.-; e vi./ Inversiones Asesorías Everest Limitada un 36,0555%total del capital y derechos sociales con $19.968.602.-3) Modifican la cláusula Cuarta de los estatutos sociales, relativa a la administración de la sociedad y el uso de la razón social, en el sentido que corresponderá a los socios quienes la ejercerán a través de mandatarios que formarán un Directorio compuesto por 3 directores titulares y 3 directores suplentes, designados en la forma indicada en la escritura, con amplias facultades. Este nombramiento y la revocación se efectuará por escritura pública que se anotará al margen de la inscripción de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio. Responsabilidad personal por los negocios y obligaciones sociales se encuentra limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en la escritura extractada.