CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIALIZADORA E IMPORTADORA GARMURY Y ALVAREZ EXPRESS LIMITADA

CVE 1993105
Capital
$5.000 CLP
Fecha instrumento
2 de agosto de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
2 de agosto de 2021
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000 CLP
Domicilio
La ciudad de Santiago
Duración
2 años a contar de esta fecha, plazo que se entenderá prorrogable tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos

Administración

corresponderá a don CRISTIAN GARMURY MENENDEZ

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, Certifica: Por escritura pública de fecha 2 de agosto de 2021, ante mí: CRISTIAN GARMURY MENENDEZ, cédula de identidad para extranjeros número veintiséis millones doscientos ochenta y dos mil ochocientos setenta y tres guión cinco, domiciliado en Almirante La Torre número doscientos cincuenta y uno, departamento F, comuna Santiago, Región Metropolitana; DOS) SANDY ALVAREZ PARDO, cédula de identidad para extranjeros número veintiséis millones ciento sesenta y dos mil ochocientos sesenta y ocho guión seis, Santo Domingo número mil ochocientos noventa, Departamento quinientos cinco B, comuna de Santiago, Región Metropolitana; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, Razón Social: "COMERCIALIZADORA E IMPORTADORA GARMURY Y ALVAREZ EXPRESS LIMITADA", sin embargo, la compañía podrá funcionar y actuar con el nombre de fantasía de "GARAL EXPRESS LTDA." : El objeto social será: a) a) la compra, venta, exportación, importación y comercialización de todo tipo de bienes, materias primas, productos y mercaderías, el transporte de los mismos por cuenta propia o de terceros, b) El transporte de pasajeros y de carga propia o ajena en vehículos motorizados propios o en vehículos respecto de los cuales tenga el derecho de usarlos y/o gozarlos a cualquier titulo; el arriendo y la compra venta, prestar, por cuenta propia o ajena, c) prestación de servicios de asesorías y representaciones en el área aduanera y comercio internacional, servicios portuarios, nacional e internacional, d) la compra, venta, arrendamiento, y manejo de cualquier tipo de carga; en todo tipo de transportes aéreo, marítimo o terrestre, e) la explotación a cualquier titulo de bodegas portuarias, almacenes de aduana, de depósitos o de cualquier otra naturaleza, relacionada a la actividad marítima y portuaria y en general cualquier negocio que los socios acuerden, relacionados directa o indirectamente con el rubro principal, f) la distribución , logística y el almacenaje de todo tipo productos distribución a nivel nacional o internacional, g) la prestación de servicios profesionales dentro y fuera del territorio nacional , así como la realización de toda clase de actividades o actos conexos derivados de las anteriores, h) la prestación de servicios a terceros y el desarrollo de todas las operaciones comerciales, industriales o financieras que directa o indirectamente se relacionen con el transporte. Administración y Uso de la Razón Social: corresponderá a don CRISTIAN GARMURY MENENDEZ.- Capital: es la suma de $5.000.000 que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) Don Cristian Garmury Menendez aporta la suma de $ 2.500.0000, que equivalen al 50% en el haber social. b) Don Sandy Alvarez Pardo aporta la suma de $2.500.000 pesos, que equivale al 50% de participación en el haber social. Ingresando al haber social $1.000.000 al contado, en este acto cada uno, y el saldo, lo enterarán en un plazo de dos años a medida que las necesidades sociales lo requieran. Duración: 2 años a contar de esta fecha, plazo que se entenderá prorrogable tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos. Domicilio: La ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezcan en el resto del país o del extranjero.- Otras estipulaciones escritura extractada. Santiago, 02 de Agosto de 2021.