Instrumento
- Fecha
- 5 de agosto de 2021
- Notario
- GONZALO JAVIER HENRIQUEZ ENCAMILLA
- Domicilio
- y Conservador de Minas Interino de esta comuna
Sociedad
- Capital
- $40.349.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: A.- la inversión mediante la adquisición de bienes muebles, corporales o incorporales, incluyendo cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y personas jurídicas de todo tipo y demás bienes incorporales muebles, así como la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones de inversión que las socias acuerden; B.- La adquisición de toda clase de bienes raíces a cualquier título; arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles; y la explotación, administración y realización de toda clase de operaciones sobre este tipo de bienes o negocios inmobiliarios en general, incluyendo asesorías, así como, la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones inmobiliarias que los socios acuerden; C.- La asesoría profesional en aspectos administrativos, inmobiliarios y de inversiones, a personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras y; D.- En general, el desarrollo y la ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relaciones directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas
Administración
La administración, representación y el uso del nombre de la sociedad corresponderá a ARSENIO ALEXIS CAMPUSANO MAMANI, quién la ejercerá de acuerdo al artículo 12º de escritura extractada, con las más amplias facultades y sin limitaciones de ningún tipo. Administrador aceptó tal designación
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGONZALO JAVIER HENRIQUEZ ENCAMILLA, Notario Público y Conservador de Minas Interino de esta comuna, con oficio en Bilbao N° 451, certifico: por escritura pública hoy ante mí, ARSENIO ALEXIS CAMPUSANO MAMANI, domiciliado en Av. Manquehue Sur N° 520 oficina 205, constituyó Sociedad por Acciones: NOMBRE. ACM SpA. OBJETO. El objeto de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: A.- la inversión mediante la adquisición de bienes muebles, corporales o incorporales, incluyendo cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y personas jurídicas de todo tipo y demás bienes incorporales muebles, así como la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones de inversión que las socias acuerden; B.- La adquisición de toda clase de bienes raíces a cualquier título; arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles; y la explotación, administración y realización de toda clase de operaciones sobre este tipo de bienes o negocios inmobiliarios en general, incluyendo asesorías, así como, la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones inmobiliarias que los socios acuerden; C.- La asesoría profesional en aspectos administrativos, inmobiliarios y de inversiones, a personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras y; D.- En general, el desarrollo y la ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relaciones directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas.- ADMINISTRACIÓN. La administración, representación y el uso del nombre de la sociedad corresponderá a ARSENIO ALEXIS CAMPUSANO MAMANI, quién la ejercerá de acuerdo al artículo 12º de escritura extractada, con las más amplias facultades y sin limitaciones de ningún tipo. Administrador aceptó tal designación.- CAPITAL. $40.349.000.-, dividido en 1.000.- acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscribieron y pagaron de la siguiente forma: a. Con $349.000.- que pagó con aporte de 49.- de acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, de sociedad ALGAS CHAÑARAL S.A.; b.- Con la suma de $40.000.000.- que pagó de contado y en dinero efectivo; DURACIÓN. Indefinida.- DOMICILIO. Santiago.- Demás estipulaciones constan en escritura que extracto.- COQUIMBO, 05 DE AGOSTO DE 2021.