Instrumento
- Fecha
- 9 de agosto de 2021
- Notario
- ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS
- Oficio
- 42° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $100.000.000 CLP
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto, la adquisición a cualquier título de bienes raíces, su explotación bajo la forma de compraventas, subdivisiones, enajenaciones de cualquier especie, arrendamientos y otros, el desarrollo de toda clase de proyectos inmobiliarios, la administración de los mismo y la percepción de sus frutos. Como también explotación de toda clase de títulos o valores mobiliarios, fondos mutuos, depósitos a plazo o a la vista, y títulos de crédito
Administración
La Sociedad será administrada por el señor JUAN RICARDO SALEH ALAM
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Notario Público Titular de la 42° Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N°1.070, segundo piso, comuna y ciudad Santiago, certifica que: Por escritura pública de fecha 09 Agosto de 2021, ante mí: JUAN RICARDO SALEH ALAM y LEYLA ALEJANDRA ABUMOHOR MISLE, ambos domiciliados en calle Fischer N°233, comuna de Recoleta, Región Metropolitana; constituye una sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Nombre: El nombre de la Sociedad es “TRIPLE S INMOBILIARIA SpA” pudiendo usar como nombre de fantasía, incluso frente a los bancos, el de “TRIPLE S SpA”.- Objeto: La Sociedad tendrá por objeto, la adquisición a cualquier título de bienes raíces, su explotación bajo la forma de compraventas, subdivisiones, enajenaciones de cualquier especie, arrendamientos y otros, el desarrollo de toda clase de proyectos inmobiliarios, la administración de los mismo y la percepción de sus frutos. Como también explotación de toda clase de títulos o valores mobiliarios, fondos mutuos, depósitos a plazo o a la vista, y títulos de crédito.- Administración: La Sociedad será administrada por el señor JUAN RICARDO SALEH ALAM. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $100.000.000, dividido en 1.000.000 acciones nominativas, sin valor nominal, de una misma y única serie, y de igual valor cada una, que se suscribe y paga en la siguiente forma: JUAN RICARDO SALEH ALAM, suscribe ochocientas mil acciones (800.000), equivalentes al ochenta por ciento (80%) de las acciones, las cuales se enteran y pagaran mediante el aporte de bienes inmuebles que se indican en la escritura extractada, en el plazo de un año; LEYLA ALEJANDRA ABUMOHOR MISLE, suscribe doscientas mil de acciones (200.000), equivalentes al veinte por ciento (20%) de las acciones las cuales se enteran y pagaran en el plazo de un año, en dinero efectivo.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 10 de agosto de 2021.