MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

TERRITORIA APOQUINDO S.A.

RUT 76203473-5 CVE 1992345
Capital
$119.668.368.920 CLP
Fecha instrumento
10 de junio de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
10 de junio de 2021
Repertorio
2393-2021
Notario
NANCY DE LA FUENTE HERNÁNDEZ
Oficio
37ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$119.668.368.920 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

NANCY DE LA FUENTE HERNÁNDEZ, Abogado, Notario Público Titular de la 37ª Notaría de Santiago, Huérfanos 1117, oficina 1014, comuna Santiago, certifico que con fecha 29.07.2021, Repertorio N° 2393-2021, ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad TERRITORIA APOQUINDO S.A., Rut N° 76.203.473.-5, sociedad inscrita en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 20.103 Nº 14.085 del año 2012, celebrada con fecha 10.06.2021, en que por la unanimidad de las acciones con derecho a voto se acordó lo siguiente: I. Aumentar capital social de $119.668.368.920, dividido en 2.100.000 acciones, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal, a la suma de $129.296.177.970, mediante la emisión de 163.520 nuevas acciones de pago, lo que supone un aumento efectivo de $9.627.809.050; aumento que se suscribe y pagarán en su totalidad por los accionistas de la sociedad de la siguiente manera: 1. FONDO DE INVERSIÓN PRIVADO APOQUINDO, suscribirá 32.704 acciones de pago, nominativas, de una misma serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, por un total de $$1.925.561.810; acciones que deberán ser suscritas y pagadas dentro de un plazo de 3 años contados desde la fecha de la junta, a medida que lo requieran las necesidades sociales; y 2. SCARLET STAR E 2015 SpA, suscribirá 130.816 acciones de pago, nominativas, de una misma serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, por un total de $7.702.247.240; acciones que deberán ser suscritas y pagadas dentro de un plazo de 3 años contados desde la fecha de la junta, a medida que lo requieran las necesidades sociales. Como consecuencia este aumento se acordó modificar el artículo quinto y el artículo primero transitorio de los estatutos de la sociedad; y II. Modificar el objeto de la sociedad, reemplazando el artículo cuarto por el siguiente “Artículo cuarto: El objeto de la sociedad será la adquisición de bienes raíces, muebles, valores mobiliarios, participaciones sociales, y cualquiera otros bienes y la conservación y administración de los mismos, con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles, incluyendo la realización de todas las actividades relacionadas con la operación y comercialización de los bienes raíces, así como la percepción de las remuneraciones y honorarios que se perciban en virtud de las mismas. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas”. Demás estipulaciones no son materias de extracto y constan en la escritura extractada. Santiago, 02 de agosto de 2021.