CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

STRABAG-EDILMAC DESARROLLOS VERTICALES SpA

CVE 1992442
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
5 de agosto de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
5 de agosto de 2021
Repertorio
14175-2021
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Objeto social

El objeto de la sociedad es: realizar todo tipo de actividades y trabajos que sean necesarios para desarrollar las obras requeridas y necesarias para la construcción del Pique de Extracción número dos, del sistema de extracción de aire principal de la mina Chuquicamata Subterránea Contrato CC ciento cuarenta y uno, todo ello de conformidad con el contrato que se celebrará como consecuencia de la licitación VP guion PMCHS guion LIC guion ciento setenta y ocho guion dos mil diecinueve llevada a cabo por la Corporación Nacional del Cobre de Chile

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVAN TORREALBA ACEVEDO, titular de la 33ª Notaría de Santiago, domiciliado en Huérfanos 979, oficina 501, comuna de Santiago, certifica: Que por escritura pública de fecha 5 de agosto de 2021, Repertorio N°14.175-2021, otorgada ante mí, STRABAG SpA y EDILMAC CHILE SpA constituyeron una sociedad por acciones: Nombre: STRABAG-EDILMAC Desarrollos Verticales SpA. Objeto: El objeto de la sociedad es: realizar todo tipo de actividades y trabajos que sean necesarios para desarrollar las obras requeridas y necesarias para la construcción del Pique de Extracción número dos, del sistema de extracción de aire principal de la mina Chuquicamata Subterránea Contrato CC ciento cuarenta y uno, todo ello de conformidad con el contrato que se celebrará como consecuencia de la licitación VP guion PMCHS guion LIC guion ciento setenta y ocho guion dos mil diecinueve llevada a cabo por la Corporación Nacional del Cobre de Chile. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $10.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, iguales y sin valor nominal el cual se suscribió íntegramente en el acto de constitución social y se pagará dentro de un plazo de 3 años contados desde la fecha de constitución de la sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 09 de agosto de 2021.