SERVICIOS INTEGRALES RH LIMITADA
Instrumento
- Notario
- ALVARO GONZALO MERA CORREA
- Domicilio
- para las comunas de Constitución y Empedrado
Sociedad
- Capital
- $75.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALO MERA CORREA, abogado y Notario Público para las comunas de Constitución y Empedrado, con oficio en calle O’Higgins 499 –A de esta ciudad, mediante escritura pública de fecha tres de agosto del presente, ante mí; don HENRY DAMIAN GONZALEZ PEREZ, domiciliado en kilómetro siete camino a San Javier, Constitución y don ROBERTO PATRICIO GONZALEZ PEREZ, domiciliado en Villa Santa María pasaje diez casa numero cuarenta y cinco, modifican la sociedad “SERVICIOS INTEGRALES RH LIMITADA” Rol Único Tributario número 76.792.766-5, capital inicial $75.000.000.- ( setenta y cinco millones de pesos), constituida mediante escritura pública de fecha 28 de marzo del 2016, celebrada ante mí como Notario Público e inscrita Registro de Comercio a fojas noventa y ocho numero setenta y uno del registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces de Constitución, del año dos mil dieciséis, en el siguiente tenor: 1.- a).- Don HENRY DAMIAN GONZALEZ PEREZ viene en rebajar el capital que aportó en constitución de sociedad descrita en su cláusula SEXTA de $65.000.000.- ( sesenta y cinco millones de pesos) mediante aporte en dominio de Camión usado marca MERCEDES BENZ, año 2009, modelo 3341, Nº de motor 54194400622478, número de chasis WDB9301631L362266, color BLANCO, inscrito en el Registro de Vehículos Motorizados del Registro Civil bajo el Nª BKGZ.26-9, placa única número BKGZ.26-9, que las partes avaluaron en la suma de $40.000.000.- (cuarenta millones de pesos), el cual según consta en contrato de compraventa de fecha quince de julio del año 2021 celebrado ante notario público de la Ciudad de constitución don Álvaro Mera Correa repertorio numero dos mil cuatrocientos once, fue vendido en la suma de $18.500.500.- (dieciocho millones quinientos mil pesos), de los cuales se pagaron $2.000.000.- (dos millones de pesos) en el acto del contrato de compraventa y que ingresaron a la caja social y el resto se pagaría en cuarenta y ocho cuotas iguales y sucesivas de $343.750.- (trescientos cuarenta y tres mil setecientos cincuenta pesos) y además aportó en dominio en ese mismo acto Grúa Forestal marca Epilson Palfinger Modelo E160L80, con estabilizador hidráulico garra madera con rotor fg56(0,55 M2), kit contenedor grúa rotador E30003, estanque de aceite 300 litros, enfriador de aceite de 200 litros, 24 volt, kit montaje lo que en su oportunidad fue avaluado por las partes en la suma de $25.000.000.- (veinticinco millones de pesos), grúa que fue siniestrada por lo que este aporte se rebaja a $0.- ( cero pesos) ; por tanto el aporte actual de capital de don HERNY DAMIAN GONZALEZ PEREZ se modifica en la suma de $2.000.000.- (dos millones de pesos); b).- En el caso del socio don ROBERTO PATRICIO GONZALEZ PEREZ, este aportó la suma de $10.000.000.- (diez millones de pesos) de la siguiente manera a).- En al acto de constitución aportó la suma de $500.000.- (quinientos mil pesos) que ingresaron a caja social; b).- El saldo de $9.500.000.000.- (nueve millones quinientos mil pesos) se enteraría en el plazo de tres años desde la constitución de la sociedad, lo que nunca se materializó por lo que su aporte de capital inicial queda solo en la suma de $500.000.- (quinientos mil pesos), por lo que los socios vienen en rebajar el capital social descrito en clausula sexta de la escritura social en la suma de $2.500.000.- (dos millones quinientos mil pesos), quedando los aportes y la participación accionaria de los socios de la siguiente forma: a).- Don HENRY DAMIAN GONZALEZ PEREZ, con un aporte de $2.000.000.- (dos millones de pesos) y una participación accionaria de 99.24 % (noventa y nueve coma veinticuatro por ciento) y b).- Don ROBERTO PATRICIO GONZALEZ PEREZ, con un aporte de $500.000.- (quinientos mil pesos) y una participación accionaria de 0,76% (cero como a setenta y seis por ciento) obligándose los socios, una vez pagadas las cuarenta y ocho cuotas del camión vendido, a ingresar ese dinero a la caja social y modificar nuevamente el capital social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Constitución. 10 de agosto del 2021.