ASESORÍAS Y SERVICIOS EN GESTIÓN BANCARIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de agosto de 2021
- Repertorio
- 14754/2021
- Notario
- LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Abogado, Notario Público, Titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número novecientos cuarenta y uno, Local trescientos dos, de la comuna y ciudad de Santiago, certifica: Por escritura publica de 2 de agosto de 2021, bajo el repertorio Nº14.754/2021, EVELYN EDITH ANTOINE MALTEZ, cédula de identidad número 13.254.846-3, por si y en representación de la sociedad INVERSIONES LOS LAURELES LIMITADA rol único tributario número 99.559.340-8, ambos con domicilio en calle Fanor Velasco número 85, piso 12, Santiago, únicos socios de la sociedad ASESORÍAS Y SERVICIOS EN GESTIÓN BANCARIA LIMITADA acordaron: Rectificar la escritura de constitución de la sociedad y su respectivo extracto, en el siguiente sentido: UNO.- En cuanto a la escritura de constitución: A) En la cláusula Cuarta, donde dice “La administración y representación de la sociedad, así como el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a la socia Inversiones Los Laureles por intermedio de su representante legal, quien anteponiendo la razón social a su firma podrá actuar por la sociedad, y representarla con las más amplias atribuciones y facultades y sin que la enumeración que sigue sea taxativa o limitativa y sólo por vía ejemplar o enunciativa podrá” debe decir, “La administración y representación de la sociedad, así como el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a la socia Inversiones Los Laureles S.A. por intermedio de su representante legal, quien anteponiendo la razón social a su firma podrá actuar por la sociedad, y representarla con las más amplias atribuciones y facultades y sin que la enumeración que sigue sea taxativa o limitativa y sólo por vía ejemplar o enunciativa podrá”. B) En la cláusula Quinta, donde dice “El capital social será la suma de dos millones de pesos, que los socios enteran y aportan de la siguiente manera: a).- Inversiones Los Laureles Limitada la suma de un millón novecientos ochenta mil pesos, equivalentes al noventa y nueve por ciento de los derechos sociales, aporte que se hace en este acto, al contado y en dinero efectivo, que se ingresa a la caja social” debe decir, “El capital social será la suma de dos millones de pesos, que los socios enteran y aportan de la siguiente manera: a).- Inversiones Los Laureles S.A. la suma de un millón novecientos ochenta mil pesos, equivalentes al noventa y nueve por ciento de los derechos sociales, aporte que se hace en este acto, al contado y en dinero efectivo, que se ingresa a la caja social”. C) En la cláusula Décimo Cuarta, donde dice “La personería de Evelyn Edith Antoine Maltez para comparecer por Inversiones Los Laureles Limitada, consta del Acta de Sesión de Directorio de fecha catorce de diciembre de dos mil siete, reducida a escritura pública con fecha veinte de diciembre de dos mil siete, otorgada en la notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, la que no se inserta por petición de las partes y por haberla tenido a la vista el Notario que autoriza” debe decir, “La personería de Evelyn Edith Antoine Maltez para comparecer por Inversiones Los Laureles S.A., consta del Acta de Sesión de Directorio de fecha catorce de diciembre de dos mil siete, reducida a escritura pública con fecha veinte de diciembre de dos mil siete, otorgada en la notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, la que no se inserta por petición de las partes y por haberla tenido a la vista el Notario que autoriza”. DOS.- En cuanto al extracto de la escritura de constitución: A) En aquella parte del extracto donde dice “Administración y representación sociedad, así como uso razón social corresponderá exclusivamente a Inversiones Los Laureles, por intermedio de su representante legal”, debe decir, “Administración y representación de la sociedad, así como el uso de la razón social, corresponderá exclusivamente a la sociedad Inversiones Los Laureles S.A., por intermedio de su representante legal”. B) En aquella parte del extracto donde dice “Capital: dos millones de pesos que socios enteran y aportan: a) Inversiones Los Laureles Limitada, un millón novecientos ochenta mil pesos equivalentes a noventa y nueve por ciento derechos sociales, aporte que hace en este acto, al contado en dinero efectivo, que ingresa a caja social;” debe decir, “Capital: dos millones de pesos que los socios enteran y aportan: a) Inversiones Los Laureles S.A., un millón novecientos ochenta mil pesos equivalentes al noventa y nueve por ciento de los derechos sociales, aporte que hace en este acto, al contado en dinero efectivo, que ingresa a la caja social;”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 06 de agosto de 2021.