MODIFICACIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

Luis Álvarez Mercado Regularizaciones de Títulos de Domino E.I.R.L.

RUT 76630250-5 CVE 1991727
Fecha instrumento
22 de julio de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
22 de julio de 2021
Notario
OLIMPIA SCHNEIDER MOENNE-LOCCOZ
Oficio
31. Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

OLIMPIA SCHNEIDER MOENNE-LOCCOZ, Notario Público Titular 31. Notaría Santiago, Huérfanos 1055, local 328; Certifico: Por escritura pública hoy ante mí, la sucesión de don LUIS EDUARDO ÁLVAREZ MERCADO, compuesta por a) doña CORINA MARGARITA ÁLVAREZ, chilena, soltera, egresada en ingeniería civil en minas, cédula de identidad número doce millones ochenta y ocho mil ciento ochenta y siete guión seis, b) doña RAQUEL CÁRDENAS JARAMILLO, chilena, viuda, ingeniero en ejecución en geomensura, cédula de identidad número cuatro millones doscientos sesenta y tres mil quinientos treinta y seis guión siete, y c) don JORGE LUIS ÁLVAREZ CÁCERES, chileno, soltero, estudiante, cédula de identidad número diecinueve millones seiscientos cuarenta y siete mil ciento sesenta y cuatro guión dos, todos domiciliados en calle Enrique Mac Iver trescientos setenta y seis, Oficina treinta y uno, comuna de Santiago. Vienen en dar cuenta del fallecimiento de don LUIS EDUARDO ÁLVAREZ MERCADO, único socio de la empresa individual de responsabilidad limitada, de nombre: “LUIS ALVAREZ MERCADO REGULARIZACIONES DE TÍTULOS DE DOMINO E.I.R.L.”. La referida empresa se constituyó por escritura pública de fecha veintiséis de Julio de dos mil seis, otorgada ante don Osvaldo Pereira Gonzalez, Notario Público Titular de la Décima Cuarta Notaría de Santiago, inscrita a Fojas treinta mil ochocientos treinta y dos, Número veintiún mil quinientos cuarenta y uno , en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil seis. Que además, vienen en adjudicarse los derechos sociales de éste, en atención a sus porcentajes de participación en su herencia intestada, quedando doña RAQUEL CÁRDENAS JARAMILLO, con la plena propiedad del cincuenta por ciento de los derechos sociales del causante, y doña CORINA MARGARITA ÁLVAREZ, y don JORGE LUIS ÁLVAREZ CÁCERES, con la plena propiedad del veinticinco por ciento cada uno, de los derechos sociales del causante. Que consecuentemente, los comparecientes ya señalados, al monto de su respectivas adjudicaciones, y aportando el ciento por ciento de los derechos que le corresponden en la anterior empresa, vienen en transformar la referida empresa, transformándola en una Sociedad por Acciones (SpA), de carácter mercantil, denominada en adelante: “GEOLAM REGULARIZACIONES DE TÍTULOS DE DOMINIO SpA”. El objeto de la referida Sociedad por Acciones (SpA), será la realización de trabajos topográficos y jurídicos para la aplicación del Decreto Ley dos mil seiscientos noventa y cinco, de mil novecientos setenta y nueve, del Ministerio de Bienes Nacionales, actuar como contratista ante dicho adquisición o enajenación, tasación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización y administración de Bienes Raíces, urbanos o rurales, y en general toda otra actividad relacionada con el objeto de la empresa, que el constituyente requiera realizar en el futuro. El capital de la sociedad es la suma de cuatro millones doscientos mil pesos, los que equivalen a mil acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, dinero que los socios, aportan mediante la entrega de la totalidad del capital de la empresa anterior; que a su vez fue pagado al momento de su constitución o dentro del plazo que en la escritura de constitución de la sociedad fue establecido. quedando el aporte de los socios de la siguiente forma: la socia doña RAQUEL CÁRDENAS JARAMILLO, aportó la cantidad de dos millones cien mil pesos, quedando dueña de la cantidad de cinco mil acciones suscritas y pagadas, equivalentes al cincuenta por ciento del capital social ; la socia doña CORINA MARGARITA ÁLVAREZ CARDENAS, y el socio don JORGE LUIS ÁLVAREZ CÁCERES, aportaron cada uno la cantidad de un millón cincuenta mil pesos, quedando cada uno dueño de la cantidad de dos mil quinientas acciones suscritas y pagadas, equivalentes cada una al veinticinco por ciento del capital social. Que la Sociedad por Acciones (SpA), antes señalada, se regirá el estatuto social que se establece en la escritura. Que además, los comparecientes, de común acuerdo, designaron como Representante Legal de la mentada sociedad por Acciones (SpA), a doña CORINA MARGARITA ÁLVAREZ CÁRDENAS, quien anteponiendo su firma a la razón social, tendrá todas y cada una de las facultades indicadas en la escritura. Santiago, 22 de Julio de 2021.