Agrícola Positano Limitada
Instrumento
- Fecha
- 2 de agosto de 2021
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico: por escritura pública otorgada ante mí el 2 de agosto de 2021, Rafael Valdivieso Ruiz-Tagle, Mónica Ruiz-Tagle Portales, Ana María Correa Tagle, Benjamín Vidal Prieto y Hernán Vidal Guzmán, todos domiciliados en calle El Golf Nº 99, of. 701, Las Condes, modificaron sociedad Agrícola Positano Limitada, inscrita a fojas 19701 número 13516 del Registro de Comercio de Santiago del año 2006, en el siguiente sentido: i) Ana María Correa Tagle vendió y transfirió a Benjamín Vidal Prieto parte de sus derechos en la sociedad, ascendentes al 16,66% de los derechos sociales, ingresando este última a la sociedad; ii) Mónica Ruiz-Tagle Portales vendió y transfirió la totalidad de sus derechos en la sociedad, ascendentes al 40,5% de los derechos sociales, y como consecuencia de ello se retiró de la sociedad, a las siguientes personas: (a) a Benjamín Vidal Prieto parte de sus derechos en la sociedad, ascendentes al 7,17% de los derechos sociales; y (b) a Hernán Vidal Guzmán la parte restante de sus derechos en la sociedad, ascendentes al 33,33% de los derechos sociales, ingresando este última a la sociedad; y iii) Rafael Valdivieso Ruiz-Tagle vendió y transfirió a Benjamín Vidal Prieto la totalidad de sus derechos en la sociedad, ascendentes al 9,5% de los derechos sociales, y como consecuencia de ello se retiró de la sociedad; iv) Como consecuencia de las cesiones de derechos, quedaron como únicos socios Ana María Correa Tagle, Benjamín Vidal Prieto y Hernán Vidal Guzmán, quienes acordaron reemplazar el artículo sexto de los estatutos sociales referido al capital por el siguiente: “Artículo Sexto: El capital de la sociedad es la cantidad de veinte millones de pesos, íntegramente pagado y aportado por los socios, en la siguiente proporción: i) Ana María Correa Tagle, con la cantidad de seis millones seiscientos sesenta y ocho mil pesos, equivalentes al treinta y tres coma treinta y cuatro por ciento del capital e interés social; ii) Benjamín Vidal Prieto, con la cantidad de seis millones seiscientos sesenta y seis mil pesos, equivalentes al treinta y tres coma treinta y tres por ciento del capital e interés social; y iii) Hernán Vidal Guzmán, con la cantidad de seis millones seiscientos sesenta y seis mil pesos, equivalentes al treinta y tres coma treinta y tres por ciento del capital e interés social”; y v) Asimismo, acordaron reemplazar el artículo octavo de los estatutos sociales referido a la administración de la sociedad, en el sentido de que esta corresponderá a don Mario Correa Vigneaux y a don Hernán Vidal Guzmán, actuando conjuntamente. En todo lo no modificado, rigen íntegramente los estatutos sociales de la Sociedad, en especial en cuanto a la limitación de la responsabilidad de los socios a sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Santiago, 5 de agosto de 2021.