MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

RENTA E INVERSIONES SANTA FE LIMITADA

RUT 76133909-5 CVE 1990319
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
23 de julio de 2021

Instrumento

Fecha
23 de julio de 2021
Notario
JUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO
Domicilio
Temuco

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO, Notario Público Titular de Temuco, con oficio en calle Arturo Prat 770, certifica: Que por escritura pública de fecha 23 de julio de 2021, Rep. Nº 2687, otorgada ante mí, doña JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL y don JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO, este último quien actúa por sí y por : i) ESTEBAN ANDRES SEPÚLVEDA RIVAS, ii) VICTORIA ANDREA SEPÚLVEDA RIVAS, y iii) ISABEL ALEJANDRA SEPÚLVEDA RIVAS, todos domiciliados Temuco, calle Antonio Varas 687 oficina 808, los comparecientes chilenos y mayores de edad, expusieron: Por escritura pública 26 enero 2011 ante Notario Público Temuco don Rodrigo Sanhueza Ríos, Suplente de Juan Antonio Loyola Opazo, doña JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL y don JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO constituyeron sociedad responsabilidad limitada cuyo nombre o razón social es “RENTA E INVERSIONES SANTA FE LIMITADA”, nombre de fantasía es "SANTA FE LTDA.".- Extracto se publicó Diario Oficial 39.877 del 4 febrero 2011 inscrito registro Comercio Conservador Temuco fojas 156 N° 167 año 2011. Capital inicial $2.000.000.- Por escritura pública de 1 marzo 2013 ante Notario Público Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL, JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO, ESTEBAN ANDRES SEPÚLVEDA RIVAS, y VICTORIA ANDREA SEPÚLVEDA RIVAS, suscribieron escritura cesión derechos sociales y modificación pacto social. Extracto se publicó fojas 577 vuelta N° 463 año 2013. Por escritura pública 24 diciembre 2019 ante Notario Público Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL, JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO, ESTEBAN ANDRES SEPÚLVEDA RIVAS, VICTORIA ANDREA SEPÚLVEDA RIVAS, y ISABEL ALEJANDRA SEPÚLVEDA RIVAS suscribieron escritura cesión derechos sociales y modificación pacto social. Extracto se publicó Diario Oficial 42.542 del 2 enero 2020 y se inscribió registro Comercio Conservador Temuco fojas 49 N° 16 del 2020. Por este acto e instrumento, JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL, JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO, por sí y en representación de ISABEL ALEJANDRA SEPULVEDA RIVAS, de ESTEBAN ANDRES SEPÚLVEDA RIVAS, y de VICTORIA ANDREA SEPÚLVEDA RIVAS señalan que el precio de las cesiones referidas en la escritura señalada en la cláusula precedente se encuentra íntegramente pagado. Por este acto e instrumento, los comparecientes declaran que conforme al pacto social y modificaciones citadas los socios y el interés social de cada uno de ellos en la sociedad son: JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO, 70%, ESTEBAN ANDRES SEPÚLVEDA RIVAS, 15% y doña ISABEL ALEJANDRA SEPÚLVEDA RIVAS 15%..- Por este acto JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO en representación de don ESTEBAN ANDRES SEPÚLVEDA RIVAS, vende, cede y transfiere a JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL, quien compra y adquiere para sí el total del interés de su representado, equivalente a 15% del total del capital social, en $200.000.-, suma que es pagada en este acto al contado y en dinero efectivo. Por este acto JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO en representación de ISABEL ALEJANDRA SEPÚLVEDA RIVAS, vende, cede y transfiere a JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL, quien compra y adquiere para sí el total del interés de su representado, equivalente a 15% del total del capital social, en $200.000.-, suma que es pagada en este acto al contado y en dinero efectivo. Dadas cesiones referidas en las cláusulas precedentes el interés social de cada socio es el siguiente: JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL, 30% y JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO, 70%.- Por este acto los socios JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL, y JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO, transforman sociedad antes dicha en una sociedad por acciones y en los términos que se indican seguidamente: Nombre o razón social será RENTA E INVERSIONES SANTA FE LIMITADA SpA”, pudiendo actuar ante los Bancos y demás entidades públicas y/o privadas con el nombre de fantasía de SANTA FE SpA. Domicilio Temuco, sin perjuicio de las agencias, oficinas, sucursales o establecimiento que instale en otros puntos del país o el extranjero.- Objeto de la sociedad será realizar por cuenta ´propia o de terceros, los siguientes objetos: a) efectuar toda clase de inversiones en área mobiliaria e inmobiliaria, así podrá invertir en acciones, bonos, debentures, y en todo otro tipo de valores mobiliarios, efectuar inversiones en mercado de capitales, invertir y participar en todo tipo de sociedades, incorporándose o asociándose con las mismas; b) podrá adquirir bienes inmuebles urbanos o rurales, urbanizarlos, lotearlos, construir en ellos, enajenar las construcciones o explotarlas bajo la forma de arrendamiento o cualquiera otra, plantarlos, sembrarlos, enajenarlos a cualquier título y percibir sus frutos; c) la compra, venta, fabricación, elaboración, abastecimiento, distribución, representación, comercialización, importación y exportación de toda clase de productos de consumo masivo y de bienes muebles en general; y d) toda otra actividad relacionada directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con las anteriores y cualquier otro objeto que los socios acuerden. Capital $2.000.000.- dividido en cien acciones nominativas, de una misma serie sin valor nominal suscritas y pagadas con anterioridad por JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL, y don JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO en partes iguales. La administración y representación legal será ejercida por un Administrador General de la sociedad, designado para tal efecto por la Junta de Accionistas. Mientras la Junta de Accionistas no designe a otros administradores, y dicha designación no sea anotada al margen de la inscripción del extracto de la presente sociedad en el Registro de Comercio, ejercerá la administración de la sociedad, doña JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL y don JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO, quienes actuando conjunta o separadamente la administrarán, con las más amplias facultades, que se indican en la escritura extractada. La vigencia de la sociedad comenzará a partir de la fecha de la presente escritura, y será indefinida. Demás estipulaciones en escritura que extracto. TEMUCO, 05 de agosto de 2021.