MODIFICACIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

Clínica Veterinaria Doctor Rodrigo Vásquez Rojas Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

RUT 76281131-6 CVE 1990481
Fecha instrumento
5 de agosto de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
5 de agosto de 2021
Notario
María Patricia Donoso Gomien
Oficio
27º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
Santiago
Duración
La sociedad empezará a regir a partir de esta fecha y tendrá una duración de cinco años renovable, tácita y sucesivamente, por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos, seis meses antes del fin del respectivo período

Objeto social

El objeto de la sociedad será la prestación de servicios veterinarios, actividad que se desarrollará en el ejercicio de la actividad veterinaria comercial en sus formas más amplias, venta de mascotas, accesorios, medicamentos, peluquería canina y en general con la compra y venta, distribución y colocación de toda clases de productos y mercaderías, al por mayor o al detalle, para las mascotas, así como productos veterinarios y de mascotas, compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de alimentos, insumos, productos, instrumentos, artefactos, aparatos y máquinas relacionadas con el cuidado y mantención de las mascotas y la medicina veterinaria, control de plagas y vectores, fumigaciones, por cuenta propia o ajena, o a través de convenios; en la representación y administración de empresas nacionales y extranjeras; en la dirección económica, técnica y profesional de establecimientos relacionados; cremaciones y crematorio para mascotas, así como el desarrollo de cualquier otro negocio o actividad relacionado en la actualidad o en el futuro con el objeto empresarial, todo lo anterior podrá ser ejercido por cuenta propia o ajena. ADMINISTRACION Y USO

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

María Patricia Donoso Gomien, Notario Público, Titular de la 27º Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco 0153, Comuna de Providencia, Santiago, certifico: Que con fecha 03 de agosto del año 2021, ante mí, don Uno) Don LUIS RODRIGO VÁSQUEZ ROJAS, chileno, casado bajo régimen de sociedad conyugal, médico veterinario, cédula nacional de identidad número 11.631.132-1, domiciliado para estos efectos en Ruiz Tagle número cero ochenta y nueve, comuna de Colina; Dos) doña NICOLE ANDREA LAGOS VALDÉS, chilena, casada en sociedad conyugal, profesora educación física, cédula nacional de identidad número 16.458.943-9, domiciliada para estos efectos en Ruiz Tagle número cero ochenta y nueve, comuna de Colina; quienes vienen en transformar la Clínica Veterinaria Doctor Rodrigo Vásquez Rojas Empresa Individual de Responsabilidad Limitada y en constituir la Sociedad Veterinaria Pet&Pet Limitada. TRANSFORMACIÓN. Por el presente acto, don LUIS RODRIGO VÁSQUEZ ROJAS, en su calidad de único socio acuerda transformar esta sociedad a una sociedad de responsabilidad limitada. Esta sociedad se regirá en su estructura y funcionamiento por las normas contenidas en este mismo contrato, por las disposiciones de la Ley número tres mil novecientos dieciocho de fecha catorce de marzo de mil novecientos veintitrés y por todas las demás normas aplicables en la especie que se establecen en los Códigos Civil y de Comercio de la República de Chile. La sociedad de responsabilidad limitada tendrá dos socios, por un lado, don LUIS RODRIGO VÁSQUEZ ROJAS, quien contará con el cincuenta por ciento de los derechos sociales, de acuerdo al capital ya aportado; y por otro, doña NICOLE ANDREA LAGOS VALDÉS, quien realiza un aporte equivalente al otro cincuenta por ciento del capital social. FIJACIÓN DE NUEVOS ESTATUTOS DE “Sociedad Veterinaria Pet&Pet Limitada”. De acuerdo a la transformación convenida, los comparecientes vienen en fijar los nuevos estatutos de Sociedad Veterinaria Pet&Pet Limitada. OBJETO: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios veterinarios, actividad que se desarrollará en el ejercicio de la actividad veterinaria comercial en sus formas más amplias, venta de mascotas, accesorios, medicamentos, peluquería canina y en general con la compra y venta, distribución y colocación de toda clases de productos y mercaderías, al por mayor o al detalle, para las mascotas, así como productos veterinarios y de mascotas, compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de alimentos, insumos, productos, instrumentos, artefactos, aparatos y máquinas relacionadas con el cuidado y mantención de las mascotas y la medicina veterinaria, control de plagas y vectores, fumigaciones, por cuenta propia o ajena, o a través de convenios; en la representación y administración de empresas nacionales y extranjeras; en la dirección económica, técnica y profesional de establecimientos relacionados; cremaciones y crematorio para mascotas, así como el desarrollo de cualquier otro negocio o actividad relacionado en la actualidad o en el futuro con el objeto empresarial, todo lo anterior podrá ser ejercido por cuenta propia o ajena. ADMINISTRACION Y USO RAZON SOCIAL: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a don LUIS RODRIGO VÁSQUEZ ROJAS, ya individualizado. EL CAPITAL social es la suma de dos millones de pesos, que los socios enteran de la siguiente manera: a) La socia doña NICOLE ANDREA LAGOS VALDÉS la suma un millón de pesos equivalentes al cincuenta por ciento del capital social, ingresados con anterioridad a este acto en la caja social. b) El socio don LUIS RODRIGO VÁSQUEZ ROJAS ya aportó originalmente la suma de un millón de pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social, ya ingresados con anterioridad a este acto en la caja social. DURACIÓN: La sociedad empezará a regir a partir de esta fecha y tendrá una duración de cinco años renovable, tácita y sucesivamente, por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos, seis meses antes del fin del respectivo período. DOMICILIO: Santiago. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 05 de agosto de 2021.