CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

CENTRO CLÍNICO E DIAGNÓSTICO ASTORRE SpA

RUT 4483294-1 CVE 1990649
Capital
$20.000.000 CLP
Fecha instrumento
16 de junio de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
16 de junio de 2021
Notario
GIOVANNI ANTONIO PIRAINO AVELLO
Oficio
Titular de la 10ª Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$20.000.000 CLP
Duración
5 años a partir de la fecha del presente instrumento y será automáticamente renovable por periodos iguales, salvo consentimiento propio del socio de no renovar

Objeto social

- A) Prestaciones de salud, consultas médicas en cualquier especialidad y en las distintas ramas de la medicina, hospitalarias y ambulatorias, realizando programas de atención médica integral. B) Prestación de servicios de laboratorio clínico. Toma de muestras, exámenes, diagnóstico, banco de sangre y demás actividades complementarias y)o relacionadas. C) Compra y venta, explotación, fabricación, comercialización, distribución, exportación e importación de todos los insumos, materias primas, productos, maquinarias, equipos y accesorios que se relaciones con la prestación de servicios de salud y la actividad de la salud en general. D) A su vez, podrá invertir, comprar, vender, permutar, arrendar, subarrendar bienes muebles e inmuebles, o derechos sobre ellos, bienes corporales e incorporales y toda otra operación relacionada directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con el desarrollo de la actividad médica. E) La realización de todas aquellas actividades complementarias o relacionadas con las antes mencionadas. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de sus giros, e incluso formar parte de sociedades, ingresar a ellas, crear filiales, fusionarse con otras. Capital y Acciones: $20.000.000.- divididos en mil acciones nominativas de igual valor, todas de una misma serie y sin valor nominal, que el accionista constituyente suscribe y paga de la siguiente forma: El accionista constituyente la pagará y enterará en el plazo de veinte meses, a contar del mes siguiente al de la fecha de la presente escritura. Dicho pago se efectuará mediante cuotas mensuales, vencidas y sucesivas de un millón de pesos, cada una con vencimiento, la primera de ellas, el día diez del mes siguiente al de la fecha del presente instrumento y así sucesivamente. Si aquél no fuera hábil, el día hábil inmediatamente siguiente. Las acciones de la sociedad serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos de acuerdo a lo establecido por el artículo cuatrocientos treinta y cuatro del Código de Comercio

Administración

corresponderá al socio don LEOPOLDO ASTORRE PECORI BRAVO, quien la ejercerá en calidad de gerente pudiendo designar apoderados o delegados por medio de escritura pública, contratos privados y)o cartas poder. Amplias facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GIOVANNI ANTONIO PIRAINO AVELLO, Notario Público Suplente de la Titular de la 10ª Notaria de Santiago, Valeria Ronchera Flores, con oficio en calle Agustinas N° 1235, segundo piso, certifico que por escritura pública de 16 de junio de 2021, ante la Titular Valeria Ronchera Flores: LEOPOLDO ASTORRE PECORI BRAVO, chileno, casado, médico cirujano, C.I.Nº 4.483.294-1, con domicilio en Paseo Ahumada número ciento treinta y uno, oficina setecientos dieciséis, comuna de Santiago, Región Metropolitana, constituyó una sociedad por acciones. Nombre o Razón Social.- El nombre o razón social de la Sociedad será “CENTRO CLÍNICO E DIAGNÓSTICO ASTORRE SpA”. Objeto Social.- A) Prestaciones de salud, consultas médicas en cualquier especialidad y en las distintas ramas de la medicina, hospitalarias y ambulatorias, realizando programas de atención médica integral. B) Prestación de servicios de laboratorio clínico. Toma de muestras, exámenes, diagnóstico, banco de sangre y demás actividades complementarias y/o relacionadas. C) Compra y venta, explotación, fabricación, comercialización, distribución, exportación e importación de todos los insumos, materias primas, productos, maquinarias, equipos y accesorios que se relaciones con la prestación de servicios de salud y la actividad de la salud en general. D) A su vez, podrá invertir, comprar, vender, permutar, arrendar, subarrendar bienes muebles e inmuebles, o derechos sobre ellos, bienes corporales e incorporales y toda otra operación relacionada directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con el desarrollo de la actividad médica. E) La realización de todas aquellas actividades complementarias o relacionadas con las antes mencionadas. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de sus giros, e incluso formar parte de sociedades, ingresar a ellas, crear filiales, fusionarse con otras. Capital y Acciones: $20.000.000.- divididos en mil acciones nominativas de igual valor, todas de una misma serie y sin valor nominal, que el accionista constituyente suscribe y paga de la siguiente forma: El accionista constituyente la pagará y enterará en el plazo de veinte meses, a contar del mes siguiente al de la fecha de la presente escritura. Dicho pago se efectuará mediante cuotas mensuales, vencidas y sucesivas de un millón de pesos, cada una con vencimiento, la primera de ellas, el día diez del mes siguiente al de la fecha del presente instrumento y así sucesivamente. Si aquél no fuera hábil, el día hábil inmediatamente siguiente. Las acciones de la sociedad serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos de acuerdo a lo establecido por el artículo cuatrocientos treinta y cuatro del Código de Comercio. Duración: 5 años a partir de la fecha del presente instrumento y será automáticamente renovable por periodos iguales, salvo consentimiento propio del socio de no renovar. Administración y Uso de la Razón Social: corresponderá al socio don LEOPOLDO ASTORRE PECORI BRAVO, quien la ejercerá en calidad de gerente pudiendo designar apoderados o delegados por medio de escritura pública, contratos privados y/o cartas poder. Amplias facultades. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 03 de agosto de 2021.