Amatista SpA
Instrumento
- Fecha
- 8 de julio de 2021
- Notario
- LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
- Oficio
- Octava Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Notario Público Titular, Octava Notaria de Santiago, Huérfanos 941, Local 302, Santiago, certifica: Por escritura pública, otorgada con fecha 08 de julio de 2021, Rep. N°13100/2021, ante mí, KARIN SOLEDAD SOTO MELGAREJO, chilena, casada, factor de comercio, cedula de identidad número quince millones quinientos noventa mil quinientos treinta y ocho guión siete; y ANDREA PATRICIA HERMOSILLA VILLEGAS, chilena, soltera, factor de comercio, cédula de identidad número quince millones ciento setenta y ocho mil setecientos cuarenta y ocho guión siete, ambas Ingeniero Ernesto Pinto Lagarrigue número mil quinientos veintidós, sector Cumbres de Río, comuna de San Pedro de la Paz, Región Bio-Bío; en su calidad de únicas accionistas, según el Libro de Registros de Accionistas, que he tenido a la visa, reformaron sociedad por acciones AMATISTA SpA, constituida el 23-02-2021, notario de Santiago don Luis Ignacio Manquehual Mery, extracto inscrito fojas 15.947 Nº 7.583 Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 2021, siguiente sentido: i) Se reforma nombre o denominación, quedando como “KAPITAL GESTIÓN INMOBILIARIA SpA”; y ii) Objeto social, ampliándolo y quedando como sigue: a) La consultoría y asesoría integral en la gestión y administración de la empresa, sea financiera, contable, tributaria, legal, de inversión, de recursos humanos y contratación de personal, sea directamente o a través de terceros, y todo otro servicio relacionado con los anteriores; b) La consultoría y asesoría en la compra, venta, arrendamiento, subarrendamiento, administración, corretaje e intermediación inmobiliaria, loteo, subdivisión, construcción, urbanización u otra forma de explotación o comercialización de bienes raíces, urbanos o rurales, y de sus frutos, ya sea por cuenta propia o ajena; c) La consultoría y asesoría en el área de gestión de negocios propios o de terceros a personas naturales y jurídicas en forma permanente u ocasional, así como la asistencia y asesoría en materias administrativas, de finanzas, negocios, comercio y cualquier otra materia relacionada; d) La consultoría y asesoría en la inversión en bienes muebles e inmuebles, sean corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, cuotas o derechos y valores, cualquiera sea su naturaleza, en todo tipo de sociedades o comunidades; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la importación, exportación, distribución u otra forma de comercialización de bienes y servicios; la formación y la participación en sociedades, y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza o giro; e) La realización de todas aquellas actividades que fueren complementarias o anexas al giro principal, y en general, efectuar toda clase de actos y celebrar todos los acuerdos o contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social; f) La compra, venta, arrendamiento, subarrendamiento, administración, corretaje e intermediación inmobiliaria, loteo, subdivisión, estudios de títulos, construcción, urbanización u otra forma de explotación o comercialización de bienes raíces, urbanos o rurales, y de sus frutos, ya sea por cuenta propia o ajena; la administración de sus rentas y frutos; y g) La construcción y realización de toda clase de obras civiles, reparación y remodelación inmobiliaria; la compraventa, comercialización y distribución de materiales, herramientas, equipos de construcción; y el transporte carga y de pasajeros, en cualquiera de sus formas, sea en vehículos propios o ajenos; la compraventa y arrendamiento de vehículos, partes, piezas, lubricantes e insumos automotrices”.- Demás estipulaciones, escritura.- Santiago, 02 de Agosto de 2021.- Luis Ignacio Manquehual Mery.- Notario Público.