AGROINDUSTRIA SAN JAVIER LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de julio de 2021
- Notario
- PATRICIO MUÑOZ LEYTON
- Domicilio
- Titular Fernando Coloma Amaro de San Javier
- Comuna
- San Javier
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO MUÑOZ LEYTON, Abogado, Notario Público suplente del Titular Fernando Coloma Amaro de San Javier, domiciliado en Sargento Aldea 2625, San Javier, certifica que por escritura pública otorgada con fecha 02 de julio de 2021; ante mi doña MARÍA FRANCISCA BALDUZZI FIALLOS, Empresaria, C.I N° 17.322.788-4, MARÍA SOLEDAD BALDUZZI FIALLOS, Empresaria, C.I N° 17.326.862-9, JORGE EDUARDO BALDUZZI FIALLOS, Empresario, C.I N° 17.326.860-2 y GUSTAVO ALBANO BALDUZZI FIALLOS, Empresario, C.I N° 17.326.861-0 y para efectos de la cesión de derechos, comparece: “INVERSIONES REWE SpA.”, RUT N° 76.978.776-3, “INVERSIONES HUILQUE SpA.”, RUT N° 76.978.775-5, “INVERSIONES BACO SpA.”¸ RUT N° 76.978.774-7 e “INVERSIONES FULMINE SpA.”, RUT N° 76.978.777-1. Todos los comparecientes tienen su domicilio para estos efectos en Av. Balmaceda N° 1189, comuna de San Javier, Prov. de Linares. MARÍA FRANCISCA BALDUZZI FIALLOS, MARÍA SOLEDAD BALDUZZI FIALLOS, JORGE EDUARDO BALDUZZI FIALLOS y GUSTAVO ALBANO BALDUZZI FIALLOS en su calidad de únicos socios de la sociedad AGROINDUSTRIA SAN JAVIER LIMITADA, y a su vez, representantes legales de las personas jurídicas INVERSIONES BACO SpA., INVERSIONES FULMINE SpA., INVERSIONES HUILQUE SpA. e INVERSIONES REWE SpA. vienen en resciliar modif. de sociedad según lo dispuesto en el art. 1567 inc. 1° del Código Civil y, en especial, por las estipulaciones siguientes: Los comparecientes MARÍA FRANCISCA BALDUZZI FIALLOS, MARÍA SOLEDAD BALDUZZI FIALLOS, JORGE EDUARDO BALDUZZI FIALLOS y GUSTAVO ALBANO BALDUZZI FIALLOS son dueños de la sociedad “AGROINDUSTRIA SAN JAVIER LIMITADA”, RUT N° 77.516.600-2, del giro de su denominación. Uno) La sociedad fue inicialmente constituida como “Viña Balduzzi Limitada” por don Jorge Eduardo López Fiallos; hoy Jorge Eduardo Balduzzi Fiallos y doña María Yolanda López Balduzzi mediante esc. pública de fecha 25.10.2000, otorgada en la Notaría de San Javier de don Gerardo Navarro Escala, cuyo extracto fue inscrito a fs. 52 número 54 del Reg. de Comercio correspondiente al año 2000 del Conservador de Bienes Raíces de San Javier. Dos) Por esc. pública de fecha 14.05.2002, otorgada en la Not. de San Javier de don Gerardo Navarro Escala, se celebró un contrato de cesión de derechos sociales, aceptación y modif. de contrato de sociedad, cuyo extracto se inscribió a fs. 14 vta. número 18 del Reg. de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Javier, correspondiente al año 2002; contrato que fue rectificado por esc. pública de fecha 18.07.2002, otorgada en la misma Notaría, la que se inscribió a fs. 1458 número 928 del Rep. de Instrum. Públicos del cuarto bimestre del año 2002 de la referida Notaría, la que se inscribió a fs. 24 núm. 30 del Registro de Comercio del Conservador de B. Raíces de San Javier del año 2002, en virtud de la cual doña María Yolanda López Balduzzi vendió, cedió y transfirió a don Jorge Eduardo López Fiallos y don Fernando Reimundo, la totalidad de sus derechos sociales, quienes los adquirieron para sí en un 98 y un 2% respectivamente, quedando en consecuencia como únicos socios don Jorge Eduardo López Fiallos, hoy Jorge Eduardo Balduzzi Fiallos y don Fernando Reimundo, con una participación el primero de un 99% en el capital social y de un 1%, el segundo en dicho capital. Tres) Por esc. pública de fecha 13.02.2003, otorgada en la Notaría de San Javier de don Gerardo Navarro Escala, se celebró un contrato de cesión de derechos sociales, aceptación y modif. de contrato de sociedad, cuyo extracto se inscribió a fs. 10 núm. 13 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Javier, correspondiente al año 2003, en virtud del cual don Fernando Reimundo vendió, cedió y transfirió a don Gustavo Albano López Fiallos, hoy Gustavo Albano Balduzzi Fiallos, la totalidad de sus derechos sociales, quien los adquirió para sí; asimismo don Jorge Eduardo López Fiallos, hoy Jorge Eduardo Balduzzi Fiallos, derechos sociales por el equivalente a un 49% de participación en la sociedad, quedando en consecuencia como únicos socios don Jorge Eduardo López Fiallos, hoy Jorge Eduardo Balduzzi Fiallos y don Gustavo Albano López Fiallos, hoy Gustavo Albano Balduzzi Fiallos, con una participación cada uno del 50% del capital social. Cuatro) Por esc. pública de fecha 06.11.2008, otorgada en la Not. de San Javier de don Gerardo Navarro Escala, cuyo extracto se inscribió a fs. 39 número 53 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Javier, correspondiente al año 2008, se modificó la cláusula quinta del contrato de sociedad, estableciendo que la administración, representación y uso de la razón social correspondería en forma exclusiva a don Jorge Eduardo López Fiallos, hoy Jorge Eduardo Balduzzi Fiallos. Cinco) Por esc. pública de fecha 22.01.2010 otorgada en la Not. de San Javier de don Gerardo Navarro Escala, cuyo extracto se inscribió a fs. 9 número 12 del Reg. de Com. del Conservador de Bienes Raíces de San Javier, correspondiente al año 2010, ingresaron como socios don Jorge Eduardo Balduzzi López, doña Lissette María Soledad Fiallos Fabara de López, doña María Soledad Balduzzi Fiallos y doña María Francisca Balduzzi Fiallos. Además los socios modificaron la sociedad aumentando su capital social a la suma de $10.000.000.- modificaron la cláusula tercera del pacto social relativa al objeto social y modificaron la cláusula quinta del pacto social, acordando que la administración, representación y uso de la razón social correspondería a don Jorge Eduardo Balduzzi Fiallos y a don Gustavo Albano Balduzzi Fiallos, en forma conjunta o separada. Seis) Por esc. pública de fecha 14.12.2012, otorgada en la Not. de San Javier de don Gerardo Navarro Escala, cuyo extracto se inscribió a fs. 184 vta. número 146 del Registro de Com. del Conservador de Bienes Raíces de San Javier, correspondiente al año 2012, los socios modificaron la cláusula tercera del pacto social relativa al objeto social y modificaron la razón social de la sociedad por “AGROINDUSTRIA SAN JAVIER LIMITADA”. Siete) Por esc. pública de fecha 27.07.2015, otorgada en la Not. de San Javier de don Fernando Coloma Amaro, cuyo extracto se inscribió a fs. 73 número 74 del Reg. de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Javier del año 2015, los socios realizaron cesión de derechos consistentes en lo siguiente: a.- Don Jorge Eduardo Balduzzi López, dueño del 20% de los derechos sociales, vendió, cedió y transfirió el 50% por ciento de sus derechos, equivalentes a un 10% del capital social a don Jorge Eduardo Balduzzi Fiallos. b.- Don Jorge Eduardo Balduzzi López, dueño del 20% de los derechos sociales, vendió, cedió y transfirió el 50% de sus derechos, equivalentes a un 10% del capital social a don Gustavo Albano Balduzzi Fiallos. c.- Doña Lissette María Soledad Fiallos Fabara de López, dueña del 20% de los derechos sociales, vendió, cedió y transfirió el 50% de sus derechos sociales, equivalentes a un 10% del capital social a doña María Soledad Balduzzi Fiallos. d.- Doña Lissette María Soledad Fiallos Fabara de López, dueña del 20% de los derechos sociales, vendió, cedió y transfirió el 50% de sus derechos sociales, equivalentes a un 10% del capital social a doña María Francisca Balduzzi Fiallos. A consecuencia de ello, quedaron como únicos y actuales socios de la sociedad: don Jorge Eduardo Balduzzi Fiallos, con un 25% de los derechos sociales; don Gustavo Albano Balduzzi Fiallos, con un 25% de los derechos sociales; doña María Soledad Balduzzi Fiallos, con un 25% de los derechos sociales y doña María Francisca Balduzzi Fiallos, con un 25% de los derechos sociales. Adicionalmente, los socios modificaron la cláusula quinta del pacto social, estableciendo que la administración, representación y uso de la razón social corresponderá a los socios Jorge Eduardo Balduzzi Fiallos y Gustavo Albano Balduzzi Fiallos, quienes actuando conjunta o separada e indistintamente obligarán a la sociedad en la forma más amplia posible. En virtud de dicho acto, modifican también el objeto social y aumentan el capital social. Por esc. pública de fecha 01.02.2019 otorgada ante Not. de San Javier, don Fernando Coloma Amaro, los socios de AGROINDUSTRIA SAN JAVIER LIMITADA, modificaron la sociedad cediendo sus derechos a las sociedades INVERSIONES BACO SpA., INVERSIONES FULMINE SpA., INVERSIONES HUILQUE SpA. e INVERSIONES REWE SpA. Por este acto, las partes ya individualizadas proceden a resciliar la escritura de modif. social consistente en cesión de derechos otorgada ante Notario de San Javier, don Fernando Coloma Amaro, con fecha 01.02.2019, la que fue inscrita en el Reg. de Comercio a fs. 13 número 11 del Reg. de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Javier correspondiente al año 2019. La causa de dicha resciliación deviene en que el compareciente GUSTAVO ALBANO BALDUZZI FIALLOS es el representante legal de la sociedad INVERSIONES FULMINE SpA. y en dicho instrumento, compareció en calidad de tal, don JORGE EDUARDO BALDUZZI LÓPEZ, no teniendo facultades para representar a dicha compañía. En virtud de lo anterior, dicha cesión de derechos contiene vicio de nulidad. Como consecuencia de lo anterior, se entiende por las partes, que la sociedad AGROINDUSTRIA SAN JAVIER LIMITADA jamás ha sufrido modificación alguna relacionada con la compraventa y cesión de derechos celebrada por esc. pública de fecha 01.02.2019, ya individualizada, por lo tanto, se deja sin efecto. Modificación de la Sociedad. Cesiones.- Por el presente acto e instrumento, MARÍA FRANCISCA BALDUZZI FIALLOS, MARÍA SOLEDAD BALDUZZI FIALLOS, JORGE EDUARDO BALDUZZI FIALLOS y GUSTAVO ALBANO BALDUZZI FIALLOS, actuales socios de la sociedad “AGROINDUSTRIA SAN JAVIER LIMITADA” dan su aprobación a la siguiente cesión de derechos sociales consistente en: a) Doña MARÍA FRANCISCA BALDUZZI FIALLOS, en su calidad de dueña del 25% del total de los derechos sociales, de la sociedad "AGROINDUSTRIA SAN JAVIER LIMITADA", vende, cede y transfiere el 25% del total de los derechos sociales que posee en la sociedad "AGROINDUSTRIA SAN JAVIER LIMITADA", a INVERSIONES REWE SpA.”, quien compra, acepta y adquiere para sí los derechos indicados, en el precio de $167.966.691.- b) Doña MARÍA SOLEDAD BALDUZZI FIALLOS, en su calidad de dueña del 25% del total de los derechos sociales, de la sociedad "AGROINDUSTRIA SAN JAVIER LIMITADA", vende, cede y transfiere el 25% del total de los derechos sociales que posee en la sociedad “AGROINDUSTRIA SAN JAVIER LIMITADA” a INVERSIONES HUILQUE SpA., quien compra, acepta y adquiere para sí los derechos indicados, en el precio de $167.966.691.- c) Don JORGE EDUARDO BALDUZZI FIALLOS, en su calidad de dueño del 25% del total de los derechos sociales, de la sociedad "AGROINDUSTRIA SAN JAVIER LIMITADA", vende, cede y transfiere el 25% del total de los derechos sociales que posee en la sociedad “AGROINDUSTRIA SAN JAVIER LIMITADA” a INVERSIONES BACO SpA., quien compra, acepta y adquiere para sí los derechos indicados, en el precio de $167.966.691.- d) Don GUSTAVO ALBANO BALDUZZI FIALLOS, en su calidad de dueño del 25% del total de los derechos sociales, de la sociedad "AGROINDUSTRIA SAN JAVIER LIMITADA", vende, cede y transfiere el 25% por ciento del total de los derechos sociales que posee en la sociedad “AGROINDUSTRIA SAN JAVIER LIMITADA” a INVERSIONES FULMINE SpA., quien compra, acepta y adquiere para sí los derechos indicados, en el precio de $167.966.691. En virtud de las cesiones de derechos antes mencionados, quedan como únicos socios de la sociedad "AGROINDUSTRIA SAN JAVIER LIMITADA", la sociedad INVERSIONES REWE SpA., con un 25% de la totalidad de los derechos sociales; la sociedad INVERSIONES HUILQUE SpA., con un 25% de la totalidad de los derechos sociales; la sociedad INVERSIONES BACO SpA., con un 25% de la totalidad de los derechos sociales, y la sociedad INVERSIONES FULMINE SpA., con un 25% de la totalidad de los derechos sociales. En todo lo no modificado por la presente escritura, permanece plenamente vigente el pacto social primitivo, incluyendo la administración social. Demás antecedentes en escritura extractada.- San Javier, 19 de julio de 2021.